Una nueva ordenanza agiliza la puesta en marcha de actividades económicas

El pleno de hoy debate el nuevo texto, resultado de la adaptación a la directiva comunitaria, en el que la licencia previa o autorización municipal da paso a la presentación de una declaración responsable

Imagen de un local vacío, en la céntrica calle Teniente Serra.
Imagen de un local vacío, en la céntrica calle Teniente Serra.
Carmen González / Algeciras

08 de septiembre 2010 - 01:00

La nueva ordenanza municipal reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas, que hoy se debate en el pleno municipal ordinario, pretende eliminar trabas jurídicas, controles y barreras administrativas según impone a los estados miembros la directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006. Esta norma comunitaria establece un principio por el que el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio no estarán sujetos a un régimen de autorización. Se trata de eliminar aspectos burocráticos que suponen demoras y complicaciones.

Con el objetivo de agilizar los trámites administrativos, este nuevo texto permitiría poner en marcha actividades económicas sin previa licencia municipal desde el mismo día de la presentación de la denominada declaración responsable sin necesidad de tener que esperar a la finalización del control municipal. Dicha declaración no supone una autorización administrativa para ejercer una actividad, sino que es un medio para que la Administración conozca la existencia de dicha actividad y activar las comprobaciones pertinentes.

La declaración responsable es un documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Para ello se entregará un modelo normalizado de declaración debidamente cumplimentado. Dicha declaración deberá fomalizarse una vez acabadas las obras y obtenidos los demás requisitos necesarios para dicha actividad. Esta faculta al interesado al inicio de la actividad desde el mismo día de la presentación. El Ayuntamiento procederá a inspeccionar con el objeto de ver si cumple o no los requisitos comprometidos. En caso negativo, se requerirá al interesado para que en 10 días subsane la falta.

Las actividades económicas objeto de dicha actuación se incluyen en el ámbito de aplicación de la ley nacional 17/2009, de 23 de noviembre, que contempla ya una transposición parcial de la citada directiva. La ordenanza también contempla otras actividades no incluidas en dicha ley de menor impacto medioambiental.

La finalidad de esta ordenanza es garantizar que los establecimientos cumplen con las condiciones técnicas de seguridad, higiene, sanitarias, accesibilidad y confortabilidad de vibraciones y de nivel de ruidos que reglamentariamente se determinen en las normas específicas de cada actividad.

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