La Audiencia Nacional cierra el sumario contra Yassine Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia, último paso para el juicio

Tribunales

El juez concluye que la muerte del sacristán de La Palma y el ataque al sacerdote Antonio Rodríguez fueron delitos terroristas de carácter yihadista

Yassine Kanjaa se opone a su procesamiento por parte de la Audiencia Nacional

El juez acuerda procesar a Yassine Kanjaa por los delitos de asesinato y lesiones terroristas

Concentración en repulsa por el asesinato de Diego Valencia, en enero de 2023. / Erasmo Fenoy
F. E.

11 de enero 2024 - 18:27

El magistrado Joaquín Elías Gadea Francés, juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 de la Audiencia Nacional, ha acordado este jueves la conclusión del sumario abierto contra Yassine Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia, sacristán de La Palma de Algeciras, y las lesiones provocadas al sacerdote Antonio Rodríguez, párroco de la iglesia de San Isidro, el 25 de enero de 2023. Gadea considera que ambas acciones tuvieron carácter terrorista, por lo que el juicio correría a cargo, salvo sorpresa, en la Audiencia Nacional.

En el auto firmado por Gadea, al que ha tenido acceso Europa Sur y que es recurrible en reforma en el plazo de tres días, el magistrado recuerda que el 8 de noviembre se dictó auto de procesamiento contra Kanjaa por la presunta comisión de un delito de asesinato terrorista, castigado con pena de prisión permanente revisable, y un delito de lesiones de carácter igualmente terrorista por el que el acusado podría ser castigado con una pena de hasta 15 años de reclusión. El magistrado acordó entonces mantenerle en prisión provisional e imponerle una fianza de 100.000 euros para afrontar sus responsabilidades.

El pasado miércoles, día 10, Kanjaa -autor confeso de la muerte de Valencia y de las lesiones a Rodríguez, rechazó su oposición al auto de procesamiento de la Audiencia Nacional en una comparecencia telemática ante el magistrado, que le tomó declaración. El presunto yihadista, sin embargo, se negó a responder a sus preguntas y tan solo señaló que no está conforme con su procesamiento y que está tomando la medicación que le fue prescrita.

Gadea llega a la conclusión de que los hechos fueron constitutivos de delitos de terrorismo a la vista de los atestados e informes policiales, la declaración realizada por el propio investigado y de los testigos y los perjudicados, así como los informes periciales y la documentación recabada durante estos meses de investigación.

En torno a la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, el juez subrayaba que ese hecho, de probarse, afectaría "al alcance de la culpabilidad", pero no a la calificación de los hechos como terroristas.

Este hecho es clave en el procedimiento, ya que el carácter terrorista de las acciones de Kanjaa conllevan la citada calificación de prisión permanente revisable, cosa que no ocurriría si la muerte de Valencia fuese tipificada como asesinato. En el primero de los casos, además, las familias del sacristán fallecido y del sacerdote (muerto por cáncer en octubre de 2023) podrían reclamar indemnizaciones del Estado como víctimas del terrorismo.

A este respecto mencionaba el informe pericial forense elaborado en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y recordaba que éste sostiene que Kanjaa "presenta un cuadro psicótico que cursa con delirios de probable filiación esquizofrénica" y que "en el momento de tener lugar los hechos presentaba una descompensación psicótica aguda con un importante grado de implicación afectiva y conductual que afectaría muy severamente a sus capacidades volitivas e intelectivas".

El juez incluía un informe de inteligencia de Europol en el que se contextualiza el ataque realizado por Yassine Kanjaa, relacionándolo con otras acciones terroristas perpetradas en Europa y que tenían como objetivos concretos templos o personas de religión cristiana.

Estado Islámico y Al Qaeda

Según el citado informe, las organizaciones terroristas como el Estado Islámico o Al Qaeda en cualquiera de sus filiales ha incluido sistemáticamente referencias a las comunidad y símbolos cristianos como objetivo, incitando a sus seguidores a atacar lugares de culto.

El auto judicial repasa los hechos acontecidos el 25 de enero de 2023 en Algeciras y considera que el investigado había premeditado el ataque mortal, tal y como ponen de manifiesto las conversaciones que mantuvo con su madre en la aplicación de mensajería Whatsapp, que indicaban también el nivel de radicalidad religiosa que adquirió en las semanas previas a la comisión del ataque.

Yassine Kanjaa permanece en prisión provisional sin fianza desde el pasado 30 de enero. Ya en ese momento, el juez indicaba que la actividad desarrollada por Kanjaa se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.

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