El Ayuntamiento reclamará al Banco Santander 333.000 euros del 'swap'

El equipo de gobierno anuncia que iniciará acciones legales para recuperar las cantidades que el Consistorio abonó a cuenta de un producto financiero que rescindió en el año 2011

Imagen de la junta de gobierno local celebrada ayer.
Imagen de la junta de gobierno local celebrada ayer.
Redacción Algeciras

20 de febrero 2016 - 01:00

La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Algeciras, reunida ayer bajo la presidencia del alcalde, José Ignacio Landaluce, acordó iniciar acciones legales para reclamar al Banco Santander la devolución de las cantidades que, según entiende el Consistorio, fueron abonadas indebidamente a cuenta del "ilegal" contrato swap que firmó en su día el exalcalde socialista Tomás Herrera.

Según remarcó el teniente de alcalde delegado de Hacienda, Luis Ángel Fernández, esta operación financiera fue declarada ilegal por el Consejo Consultivo de Andalucía y por el pleno del Ayuntamiento, al tratarse de un contrato firmado unilateralmente por Herrera en el año 2008 sin que existiesen informes técnicos "y sin la preceptiva aprobación por el pleno municipal, haciéndolo de una manera casi clandestina a pesar de que se comprometía al Ayuntamiento para varios años", según incidió.

"No estamos hablando de un crédito, ya que lo que hizo el Ayuntamiento, absurdamente, era cubrirse en los tipos de interés por si subía el IPC por encima del cuatro y medio por ciento, pero al quedarse en el cero por ciento la broma le podría haber costado al Consistorio más de diez millones de euros. Por ello, nada más tener constancia de ese contrato decretamos su nulidad en pleno, a lo que se unió el dictamen del Consejo Consultivo", indicó ayer Fernández.

El teniente de alcalde explicó que "no obstante, el señor Herrera pagó indebidamente al Banco Santander 333.000 euros, y que venimos reclamando a la entidad financiera, que como represalia contra este Ayuntamiento decidió no renovar las operaciones de tesorería que por importe de seis millones de euros manteníamos en aquel momento con la entidad, cantidades que ya están pagadas y liquidadas gracias al Fondo de Ordenación, actuando de una manera muy injusta contra una institución municipal que heredó una situación económica catastrófica".

El pleno del Ayuntamiento de Algeciras aprobó el 22 de julio de 2011 por unanimidad el "ejercicio de acciones" que anularan el mencionado seguro de riesgo vinculado a la inflación, firmado con el Banco Santander el 11 de abril de 2008. Según lo que se precisó entonces, este producto financiero ligó su rendimiento a una tasa del 3,47%. Los precios crecieron en márgenes inferiores, por lo que la operación obligó a pagar al Ayuntamiento hasta el primer semestre de 2011 537.879 euros, se expuso. [Meses después se concretó que en realidad se llegaron a pagar 333.543 euros y se quedaron pendientes de abono los otros 204.336 euros].

El Consistorio estimó lesivo este contrato. Es decir, la administración local entendió dañino para los intereses públicos un acto ejercido por ella misma. El otro aspecto en el que la corporación basó la nulidad fue la consideración de que la operación se tramitó sin ajustarse a la legalidad porque no se acompañó de informe de Intervención y no se aprobó en pleno. Lo que se aprobó en aquella sesión plenaria de aquel 22 de julio fue la revisión de oficio de la adjudicación del contrato con el objetivo de declarar la nulidad de la operación.

El equipo de gobierno también comunicó que el Santander exigía una indemnización de 9.644.634 euros por la rescisión del contrato, vigente hasta 2018, al tiempo que daba por hecho que la entidad bancaria recurriría la decisión.

El Santander presentó alegaciones contra este acuerdo plenario y fueron rechazadas en septiembre de 2011. De tal modo, el expediente fue remitido al Consejo Consultivo de Andalucía para que se pronunciara sobre la operación.

El gobierno local informó en noviembre de ese 2011 que el Consultivo había apoyado la nulidad del contrato swap. En su pronunciamiento este organismo manifestó que procedía estimar la posición municipal "al haberse suscrito (la operación) por el alcalde y no por el pleno del Ayuntamiento, al que correspondería la competencia como órgano de contratación por tratarse de un contrato de cuantía superior a 6.000.000 de euros y duración superior a cuatro años".

La declaración de la nulidad del decreto de alcaldía que propició el contrato swap y, en consecuencia, la nulidad del propio contrato, fue aprobada por el pleno municipal el 7 de diciembre aún del año 2011.

El banco impugnó dicho acto administrativo por la vía de lo contencioso. En octubre de 2012 Luis Ángel Fernández realizó unas declaraciones en las que dijo que el Consistorio confiaba en recuperar lo abonado hasta la fecha si el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo daba la razón al Ayuntamiento y confirmaba la nulidad del contrato swap.

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