Sexenio Democrático: El callejón Trafalgar y la lealtad de un zapatero

Historia de Algeciras

En 1872 el constitucionalismo había entrado en el Congreso pero no en todas las casas de los españoles

El Sexenio Democrático (1868-1874): La Madrileña, un hijo natural y la garganta de Marchenilla

El callejón de Trafalgar se encontraba cercano al Murillo
Manuel Tapia Ledesma

07 de enero 2024 - 02:00

Al mismo tiempo que se clarificaba la judicial competencia en el caso de las comunales aguas de la garganta de Marchenilla -como fue comentado en el anterior capítulo-, y con el objeto de ayudar a sus correligionarios republicanos José Benítez Moreno, vecino de Algeciras, aportaba: "La humilde cantidad de 4 reales en la suscripción abierta a nivel nacional en las oficinas del periódico La Discusión -diario democrático- á favor de los republicanos presos y emigrados á consecuencia de los últimos sucesos". Denunciando en su lema de portada: "El programa económico, político y administrativo de la democracia con que encabezamos nuestro periódico, fué denunciado el 28 de Enero de 1859 y absuelto el 7 de Marzo del mismo año. Nuevamente denunciado el 16 de Julio de 1861, fué otra vez absuelto el 8 de Agosto del mismo año". Recogiendo posteriormente en sus páginas: "En las manos del Gobierno está derramar la libertad y en su voluntad asegurarla".

Por aquellos días de persecuciones y encarcelamientos se pusieron de moda las letras de “un cante”, donde adquiere cierto protagonismo nuestra comarca y provincia, y que llevaba por título: Cantares de un prisionero. Expresando: "En mi oscuro calabozo/ voy mis penas á cantar/ al compás de las cadenas/ de los grillos al compás. La sangre de los patriotas/ no es infecunda jamás/ algún día triunfaremos/ desde Irún á Gibraltar. Los valientes andaluces/ lucharon con fé marcial/ en el llano y en el monte/ en Ubrique y en Algar". Y mientras revolucionarias coplas hacían más llevaderos los días en las cárceles a los federalistas, los también al margen de la ley contrabandistas de la zona, seguían siendo perseguidos: "La escampavía Gaditana de la sección de guarda-costas de Algeciras, aprehendió en la noche del 2 del actual en aguas de Torre Nueva un falucho con 27 bultos de tabaco. La lancha del pontón Algeciras lo verificó igualmente en la noche del 8 en los arrecifes del fuerte de Santiago de un bote con cinco bultos del propio artículo. La barquilla auxiliar del mismo pontón en unión de la mencionada escampavía capturaron en la noche del 10 sobre los arrecifes de Torre Nueva un falucho con 55 bultos también de tabaco".

Y así, al mismo tiempo que la sección de guardacostas destinadas en nuestra ciudad intenta cumplir con su obligación, los hombres fuertes del regente Estado también procuran cumplir con su compromiso de buscar una cabeza que desee ceñirse la corona de España. El duque de Montpensier, Don Antonio de Orleans, al que se le considera uno de los importantes patrocinadores del septembrino pronunciamiento, se auto postula. Prim, en su relación con tan controvertido personaje usaba soga larga o soga corta, según conviniera a sus planes de Estado. El duque, conocedor de la postura de Prim contra el apellido Borbón, se desmarcaba del citado presentándose como representante de la Casa de Orleans. No pocos autores defienden que el cuñadísimo de la expulsada doña Isabel se jugó en el célebre duelo -con resultado de muerte- que sostuvo con el duque de Sevilla (12 de marzo de 1870), su opción a ceñirse la corona de España. El violento fallecimiento de tan sevillano duque y de también apellido Borbón -todo quedaba en casa-, fue muy comentado en las diferentes cancillerías europeas y ampliamente recogido por la prensa continental. Difícilmente el hispánico trono podía acoger las posaderas de tan pendenciero personaje. Viéndose defenestrado en su real objetivo, decidió apoyar la candidatura del general Espartero. El Montpensier fue detenido y juzgado: "Condenándosele -recordemos- á 30 días de destierro á diez leguas de Madrid y á indemnizar á la familia de Don Enrique de Borbón en la cantidad de 30.000 pesetas". El garrote vil no estaba hecho para tan noble cuello. No obstante se mantuvo en la lucha hasta la definitiva sesión de las Cortes de 16 de noviembre de 1870 y presidida por Manuel Ruiz Zorrilla, donde obtuvo 27 votos, quedando por delante de Espartero (8 votos), Alfonso de Borbón (2 votos), la República (1 voto); siendo vencido por la posible República federal (60 votos) y el gran vencedor Amadeo de Saboya (191 votos).

La reorganización de los ayuntamientos queda a cargo de la autoridad civil.

Coincidente con el cumplimiento de tan considerada, desde diferentes focos de opinión de la época, como “muy leve sentencia” para tan oscuro personaje, en nuestra ciudad acontecen otros hechos muy alejado de los sangrientos enfrentamientos de la alta alcurnia, como por ejemplo: "Los conocidos hermanos Palacios Cerqueros, de nombre: Mercedes, Juan y Joaquín, viuda la primera, casado el segundo y soltero el tercero, dueños de una casa situada en el distrito de San Isidro, calle Alta, esquina á Montereros, y que pasó a propiedad de estos al fallecimiento de su finado padre José Palacios Góngora, vendieron al que era su vecino José Ruíz Jiménez, la citada casa que había sido morada de la familia, por la cantidad de 250 escudos". Con la adquisición de la mencionada vivienda, Ruíz Jiménez estaba en condiciones de ampliar la propia al rodear esta la enajenada. También y dentro de la actualidad local: "La viuda y propietaria, Vicenta Aguilar Vives, abuela y tutora de los menores: Emilia y Vicente Polo Garzón, de 7 y 5 años respectivamente, domiciliados en nuestra ciudad. La Sra. Aguilar, viuda de José Garzón, según procedimiento judicial abierto en Algeciras por el juzgado de Guerra de esta plaza en 9 de junio de 1853, a la que fuera su hija y madre de los citados menores, de nombre: Teresa Garzón Aguilar, viuda que fué de Venancio Polo, le correspondió una participación de 1.750 reales, de una casa situada en la calle Munición Vieja de esta ciudad, número 43 y junto al callejón nombrado de Trafalgar, antes de Cuadrado ó Barranco, teniendo al levante la playa. Al fallecer la madre de los menores el 3 de Diciembre de 1868, según la documentación judicial, en la villa de Cáceres, promovió el oportuno expediente para que se le nombrase tutora de sus menores nietos [...] se le autorizaba judicialmente para la venta de la participación de la casa que en el día era de muy insignificante valor, alegando: utilidad y necesidad [...] Antonio José de Reina y Martín, Juez de Paz é interino de primera instancia de este Partido, y su asesor el Dr. D. Juan Morillo y Morilla, habiendo visto este expediente [...] Debo discernir y discernio á Dña. Vicenta Aguilar Vives el cargo de tutora de sus menores nietos [...] concediéndole á dicha tutora el poder y facultades necesarias para representar á dichos menores. El Juez Accidental Antonio J. de Reina.= Dr. Morillo". Aquella participación que la ya tutora de sus menores nietos Vicenta Aguilar, quién por utilidad y necesidad, pondría en pública subasta, sería adquirida por la vecina de Gibraltar María Mensaya Pino y en la cantidad de 50 escudos.

En ese tiempo en el que la vecina de la colonia británica hacía entrega a la tutora abuela de los 50 escudos a beneficio de sus nietos, y en otro orden de asuntos dirigidos a intentar “controlar” conflictivos consistorios, se decide por la autoridad competente: "A informe de la Comisión respectiva se acordó pase una comunicación del Sr. Gobernador de la provª. trasladando la que le ha dirigido el Excmo. Sr. Capitán General de Andalucía en la que manifiesta que ha resuelto desentenderse de la parte que ha venido tomando en la reorganización de los Ayuntamientos, quedando al cargo de la autoridad civil para que en cumplimiento de las órdenes del Gobierno proceda á destituir, separar, nombrar, confirmar ó reponer á los Ayuntamientos ó individuos de los mismos, que se consideren conveniente al bien de los pueblos".

Y mientras se otorga a la civil autoridad para considerar -con la aquiescencia del Gobierno-, lo conveniente al citado “bien de los pueblos”. Ese mismo Gobierno aquiescente, sigue en la pugna por encontrar un candidato “no Borbón” para el vacío trono español. Y fue entonces cuando Prim mira hacia la derecha del mapa europeo y se fija en el prusiano imperio. Bien se puede situar aquella mirada -y gestiones diplomáticas posteriores- tres meses después de la aprobación de la monárquica Carta Magna sin rey a quién reglar. Por mucho cuidado que el gabinete español pusiera en el asunto la opción de los hermanos Leopoldo y Federico Hohenzollern Sigmaringen, (traducido castizamente como Ole Ole si me eligen), previa a la crisis internacional que desembocaría en el siguiente año en la Guerra Franco-Prusiana, fue de lo más inoportuna en el contexto geopolítico europeo del momento. El calendario de las negociaciones fue el siguiente: primeros y discretos contactos en el otoño del 69; segundo, formal ofrecimiento en el frío febrero del 70; y tercero, ilusionante aceptación coincidente con los días de la Real Feria algecireña del mismo año. El peso de la negociación fue llevado por un viejo zorro de la diplomacia española Eusebio Salazar Mazarredo (diputado por Briviesca, con una amplia carrera desarrollada en Europa e Iberoamérica). Tras la negativa de Federico se produjo la también negativa de su hermano, que reconsiderada la situación se desdijo; paradójicamente, como acontecen los hechos en España, el republicano Ruiz Zorrilla fue el primero en conocer la afirmativa noticia, según le fue informado mediante telegrama por Salazar: El príncipe heredero acepta, quedan algunas dificultades. Y de aquellas “dificultades” surgió la nueva y final negativa. Unos señalaron a Napoléon III como el gran obstáculo, otros a las intrigas políticas provenientes del carlismo, sea como fuere, España volvía a tener un trono vacío y una monárquica y parlamentaria constitución sin rey.

El callejón de Trafalgar lindaba con la calle Munición.

En ese tiempo en el que los diplomáticos españoles, y ante la atónita Europa se dejaban estórdigas (tiras de piel) de dignidad patria, un humilde hijo de zapatero algecireño, heredero tal vez de una simple banqueta en vez de un trono y sin obligación legal para ello, por respeto y afecto a su progenitor, procede de acuerdo con la legalidad y costumbre de su época del siguiente modo: "José Cortés Sánchez, de 29 años, natural de Algeciras y vecino de Ceuta, de estado soltero; y deseando contraer matrimonio con Librada Simón Lozano, solicita á su legítimo padre Juan Pascual Cortés Giménez, viudo de María del Carmen Sánchez, vecino de Algeciras y de profesión maestro zapatero, el llamado Consejo Paterno, el cual su padre: de espontánea voluntad da y concede a su referido hijo el consejo paterno y consentimiento más favorable para que pueda efectuar su enlace con la citada -y futura nuera- Librada Simón". Aquella era una práctica social muy común que se mantuvo hasta bien entrado el siglo siguiente: "Francisco Linares Seguet, casado con María Castaños, marinero, vecino de Algeciras -expresó documentalmente- que su hija Ana Linares Castaños, soltera y de 34 años de edad, desea contraer matrimonio con Juan Vidal, también soltero y de profesión carabinero de infantería [...] otorga y declara, dá y concede a su hija el Consejo y consentimiento más favorable".

El ancestral respeto hacia las antiguas costumbres parece incompatible con la progresista época, un galdosiano personaje de la novela El Audaz (1872), comenta: "Aquí han hablado de constituciones y cosas como las que hay en esos pueblos de allá, pero eso no cuaja en esta tierra de la lealtad. Somos demasiado buenos para eso". Desgraciadamente el constitucionalismo había entrado en el Congreso pero no en todas las casas de los españoles.

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