El TSJA ordena la demolición total del aparcamiento Escalinata
El tribunal rechaza los argumentos que presentó el Ayuntamiento para ejecutar de otra forma la sentencia de ilegalidad de 2004
El Consistorio anuncia que recurrirá el auto
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado demoler el parking Escalinata. Así lo decreta en un auto de fecha del pasado 3 de noviembre, en el que además insta al Ayuntamiento a que le traslade en el plazo de un mes el calendario que seguirá para ejecutar este fallo y a que identifique a la autoridad o funcionario responsable de que la sentencia se lleve a efecto. El Consistorio anunció ayer que recurrirá.
El propio TSJA declaró ilegal el aparcamiento en 2004 y el Tribunal Supremo ratificó este dictamen en 2006. La sentencia no obstante quedó en suspenso porque el Ayuntamiento presentó en 2007 un Plan Especial de Movilidad con el que pretendió legalizar el parking. Ese Plan Especial de Movilidad fue anulado definitivamente por el Supremo en 2014.
A la vista de este desarrollo de los acontecimientos, las comunidades de propietarios del edificio Escalinata -que tuvo que ser desalojado en su día por los daños que sufrió tras la construcción del parking- y del edificio Atlántida solicitaron al TSJA la ejecución de la sentencia de instancia y la demolición del aparcamiento. El Ayuntamiento planteó un incidente de imposibilidad de ejecución de aquel fallo judicial de 2004. El auto es la respuesta a ese incidente de imposibilidad de ejecución de sentencia. Establece que no ha lugar y que hay que derribar la totalidad del parking.
El Consistorio argumentó ante el TSJA para no tener que proceder con la demolición que podrían verse afectadas las edificaciones colindantes, motivos económicos y razones de servicio público. Asimismo aseveró que la sentencia de ilegalidad no aludía expresamente a que hubiera que emprender un derribo, sino que "se limitó a estimar el recurso contra la resolución del pleno mediante la que se aprobó el proyecto de construcción del aparcamiento".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha rechazado los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento.
La entidad municipal reconoció en su defensa que, una vez que el Tribunal Supremo tumbó los artículos del Plan Especial de Movilidad Urbana con los que se pretendía legalizar el parking ya no cabía que existiera una suspensión en la ejecución de la sentencia que emitió el TSJA hace 12 años. Pero, una vez asumido esto, el Ayuntamiento sostuvo que lo que no puede hacer es cumplir el fallo judicial demoliendo el parking y ofreció indemnizar.
El Consistorio se basó en la posible afección de las edificaciones colindantes y también remarcó el posible quebranto económico que supondría para las arcas municipales echar abajo el aparcamiento. El menoscabo vendría de la presumible indemnización que reclamaría la concesionaria -Nautagest- en concepto de lucro cesante.
El Ayuntamiento presentó un informe pericial para apoyar su tesis de que un derribo podría dañar las edificaciones colindantes, el cual proponía una demolición parcial.
El auto señala al respecto que "no ha quedado demostrada imposibilidad material o física de ejecución para la demolición total de lo construido". Además añade que el autor del informe, en su declaración ante el juez, admitió "la posibilidad de demolición total del aparcamiento manteniendo los sistemas de contención de pantallas y anclajes, es decir, la posibilidad de demolición con las debidas garantías técnicas, como no puede ser de otra manera".
Sobre las consecuencias económicas que planteó el Consistorio para evitar el derribo, el auto indica: "No es atendible el alegato pues la demolición se impone jurídicamente como consecuencia inmediata de la sentencia ante la ilegalidad urbanística de la construcción, para la restauración del orden jurídico perturbado, en tanto que las supuestas responsabilidades económicas atienden a la resolución del contrato para la gestión del servicio público, que en todo caso serán consecuencia mediata de la actuación urbanística ilegal, y que por muy costosas que sean no pueden enervar la indicada restauración del orden jurídico urbanístico".
Por todo lo expuesto el TSJA desestima el incidente de imposibilidad de ejecución de la sentencia, declara la responsabilidad del Ayuntamiento de Algeciras y le condena a la imposición de las costas.
El equipo de gobierno municipal anunció ayer que presentará recurso de casación contra el auto ante el Tribunal Supremo, previa interposición de recurso de reposición ante el propio TSJA.
"Estamos en total disconformidad con este auto porque lesiona gravemente los intereses de los algecireños. Vamos a proceder a recurrir", expresó el concejal de Urbanismo, Diego González de la Torre.
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