Yassine Kanjaa se opone a su procesamiento por parte de la Audiencia Nacional

Justicia

Dos mujeres ante ramos de flores y velas por Diego Valencia, al día siguiente del atentado.
Dos mujeres ante ramos de flores y velas por Diego Valencia, al día siguiente del atentado. / Andrés Carrasco
E. Press

10 de enero 2024 - 16:29

Yassine Kanjaa, autor confeso de la muerte del sacristán Diego Valencia en Algeciras, ha mostrado este miércoles su oposición al auto de procesamiento de la Audiencia Nacional.

Fuentes jurídicas han explicado que Kanjaa ha comparecido de forma telemática ante el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Joaquín Gadea, que le ha tomado declaración indagatoria. El presunto yihadista, sin embargo, se ha negado a responder a sus preguntas y únicamente ha señalado que no está conforme con su procesamiento y que está tomando la medicación que le fue prescrita.

Fue el pasado mes de noviembre cuando el magistrado acordó procesarle por un delito de asesinato terrorista y otro de lesiones terroristas, explicando que el primero podía acarrear la prisión permanente revisable. El magistrado acordó entonces mantenerle en prisión provisional e imponerle una fianza de 100.000 euros.

En septiembre, el juez Gadea puso fin a la instrucción aclarando que después de la extensa actividad instructora procedía la transformación de las diligencias previas en sumario ordinario al considerar que los hechos encajaban en delitos de terrorismo.

Para llegar a esa conclusión, Gadea se basó en los atestados e informes policiales, las declaraciones de testigos y perjudicados, la declaración realizada por el propio investigado, así como los informes periciales y la documentación recabada durante estos meses de investigación.

Y abordaba la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, y subrayaba que esto afectaría "al alcance de la culpabilidad" pero no a la calificación de los hechos como terroristas.

Al hilo, mencionaba el informe pericial forense elaborado en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y recordaba que éste afirmaba que Kanjaa "presenta un cuadro psicótico que cursa con delirios de probable filiación esquizofrénica" y que "en el momento de tener lugar los hechos presentaba una descompensación psicótica aguda con un importante grado de implicación afectiva y conductual que afectaría muy severamente a sus capacidades volitivas e intelectivas".

Calificación

El juez Joaquín Gadea dio por concluida la instrucción de la causa el pasado 5 de septiembre y acordó la transformación del procedimiento en un sumario ordinario. Ya entonces, el magistrado calificó los hechos de delito de asesinato terrorista y lesiones terroristas.

Para llegar a dicha conclusión, Gadea se basó en los atestados e informes policiales, las declaraciones de testigos y perjudicados, la declaración realizada por el propio investigado, así como los informes periciales y la documentación recabada durante estos meses de investigación. El juez incluía en su repaso un informe de inteligencia de Europol en el que se contextualiza el ataque realizado por Yassine Kanjaa relacionándolo con otras acciones terroristas perpetradas en Europa y que tenían como objetivos concretos templos o personas de religión cristiana.

Según el citado informe, las organizaciones terroristas como el Estado Islámico o Al Qaeda en cualquiera de sus filiales ha incluido sistemáticamente referencias a las comunidad y símbolos cristianos como objetivo, incitando a sus seguidores a atacar lugares de culto.

Al igual que en septiembre, el auto de esta semana repasa los hechos acontecidos el 25 de enero en Algeciras y considera que el investigado había premeditado el ataque mortal, tal y como ponen de manifiesto las conversaciones que mantuvo con su madre en la aplicación de mensajería Whatsapp que indicaban también el nivel de religiosidad que estaba adquiriendo en las semanas previas a la comisión del ataque.

Yassine Kanjaa permanece en prisión provisional sin fianza desde el pasado 30 de enero. Ya en ese momento, el juez indicaba que la actividad desarrollada por Kanjaa se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.

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