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Coronavirus
Algeciras ha pasado en 24 horas de estar estabilizada dentro del grupo de ciudades con cierre perimetral a verse obligada a cerrar bares y comercios no esenciales por la expansión de la pandemia. La estadística oficial de la Junta de Andalucía muestra un salto abismal de un día a otro: notifica 946 nuevos contagios de Covid, que provocan que la tasa de incidencia casi se duplique entre el miércoles y el jueves, pasando de 726 casos por cada 100.000 habitantes a 1.335,7. Con la tasa por encima de 1.000, la ciudad pasa al grado 2 del nivel 4 de alerta, que obliga a ese cierre de establecimientos, entre otras medidas. Igual ha ocurrido en Los Barrios.
Pero, ¿cómo es posible ese cambio en un solo día? Según explican fuentes de la Junta de Andalucía, los datos de contagios que se van notificando diariamente no corresponden a los casos efectivamente diagnosticados en ese día, sino que incluyen reajustes, con casos de días anteriores. El diagnóstico va por un lado y la notificación por otro, esta se produce en muchos casos más tarde. Así, aunque la estadística de hoy da 946 nuevos contagios en Algeciras, estos no responderían solo al día de ayer. No obstante, el salto es de una magnitud que no se había visto en semanas anteriores.
El resultado es el mismo: cierre de bares y comercio no esencial a partir de las 00:00 horas del sábado (noche del viernes al sábado). Podrán abrir los establecimientos minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos y productos higiénicos. También pueden abrir los servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos.
Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial profesional o no profesional. También la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
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