Los psiquiatras de la defensa de Yassine Kanjaa le diagnostican esquizofrenia
Ataque en Algeciras
Los expertos determinan en un otro informe que "no tenía capacidad para controlar y dirigir su pensamiento ni su voluntad"
Añaden que Kanjaa no reúne los criterios de trastorno delirante
Los abogados del atacante buscan que el caso sea derivado de la Audiencia Nacional a Algeciras
Yassine Kanjaa padece "un cuadro psicótico de probable filiación esquizofrénica", según los forenses
La Audiencia Nacional mantiene la investigación del ataque de Kanjaa como acto terrorista
Un nuevo informe psiquiátrico sobre Yassine Kanjaa, autor de la muerte del sacristán Diego Valencia en Algeciras el pasado mes de enero, elaborado a instancias de su defensa considera que el joven presenta un diagnóstico de "esquizofrenia en primer episodio actualmente sintomático".
Así consta en el estudio elaborado por dos psiquiatras encargado por la defensa de Kanjaa, al que ha tenido acceso Europa Sur. El informe, fechado el pasado 29 de mayo, se basa en el estudio de la documentación aportada por su letrada a la causa y en una entrevista clínica que se realizó por espacio de tres horas, mediante intérprete, en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla en el que Kanjaa permanece desde el pasado mes de abril.
Además del citado diagnóstico, el apartado de conclusiones del informe considera en segundo lugar que Yassine Kanjaa "presentaba en el momento de ocurrir los hechos que se le imputan (el 25 de enero de 2023) un pensamiento delirante místico-mesiánico, delirante referencia, vivencias de influencia y fenómenos de difusión y control del pensamiento que le impedían percibir, comprender, decidir y ejercer control sobre sus actos".
La tercera conclusión de los psiquiatras seleccionados por la defensa es que "Kanjaa no presentaba en el momento en el que tuvieron lugar los hechos su capacidad de juicio conservada, así como tampoco sus facultades intelectivas y volitivas".
Este informe difiere del elaborado el 5 de mayo por dos psiquiatras del Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla que, bajo su criterio, determinaron entonces que Kanjaa padecía un "cuadro psicótico, de probable filiación esquizofrénica". El probable suponía, en comparación con este otro informe, un matiz determinante al no dar por cerrada en su totalidad la existencia de esquizofrenia.
Con el nuevo estudio psiquiátrico, la defensa de Kanjaa busca que el caso sea derivado a un juzgado ordinario de Algeciras para ser juzgado por delitos como asesinato o lesiones y no por terrorismo. Tal y como ha solicitado en ocasiones anteriores sin conseguirlo, en el caso de que Kanjaa padeciera algún tipo de trastorno psiquiátrico los hechos tendrían difícil encaje en delitos de terrorismo, en los que tiene competencia la Audiencia Nacional.
Por el momento, la Audiencia Nacional mantiene la instrucción de las diligencias por un delito de asesinato terrorista de inspiración yihadista; algo que por lo que la Justicia podría determinar una condena de prisión permanente revisable.
Además de ello, de considerarse una acción terrorista, la familia de Diego Valencia y Antonio Rodríguez, el cura de San Isidro que resultó herido gravemente en el ataque, serían indemnizados por el Estado como víctimas de terrorismo.
El informe de la defensa
El informe de los dos psiquiatras encargado por la defensa de Yassine Kanjaa se basa en un estudio de la documentación que obra en la causa, así como una entrevista con el autor confeso de la muerte de Diego Valencia.
El estudio apunta al cambio de comportamiento y estilo de vida que sufrió Kanjaa en los meses previos basándose en la testimonial del procedimiento. Sobre la descripción del estado mental en las jornadas inmediatamente anteriores al ataque, los psiquiatras sostienen que "el cambio psicopatológico que nos indica el inicio del proceso psicótico viene dado dos meses antes con el cambio de estilo de vida y el inicio del aumento de la religiosidad anteriormente no existente".
Para encuadrar la situación mental de Kanjaa como esquizofrenia, este informe se ciñe a siete aspectos, entre los que citan el "cambio de personalidad y estilo de vida dos meses antes del 25 de enero de 2023" con el abandono del consumo de sustancias y una hiperrreligiosidad antes inexistente o los "delirios con percepciones y ocurrencias delirantes; vivencias de influencia y fenómenos de difusión del pensamiento y control del pensamiento; comportamientos extraños e impredecibles y un estilo de vida desorganizado".
"Este cuadro clínico sería encuadrable dentro de la definición de la esquizofrenia pues reúne los criterios diagnósticos dentro de las clasificaciones internacionales de los trastornos mentales. Según nuestro criterio, al tener las vivencias de influencia y
fenómenos de difusión del pensamiento no reúne los criterios de trastorno delirante pues estos síntomas no aparecen en este trastorno y la forma de inicio no suele ser tan aguda si no que es más insidiosa a la hora de formarse el delirio", concluyen los psiquiatras, quienes valoran Kanjaa "no tenía capacidad para controlar y dirigir su pensamiento ni su voluntad".
El juez Joaquín Gadea decretó el pasado 30 de enero, tras escuchar al presunto yihadista en sede judicial, prisión provisional sin fianza, y le atribuyó los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas que, advirtió, podrían conllevar la prisión permanente revisable.
En su resolución, el juez indicaba que la actividad desarrollada por Kanjaa se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.
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