El sexenio revolucionario en Algeciras: Un cura con poder y un confitero enamorado
Historias de Algeciras
Nárvaez hubo de enfrentarse a las asignaturas pendientes de la España que eligió presidir desde el Consejo de Ministros para el que fue nombrado
Su repentina muerte durante la primavera del revolucionario 68 le impediría reprimir el éxito de los firmantes en Ostende y materializado en la ciudad de Cádiz
El Trienio Liberal (1820-2020): Ataque a la Isla Verde
De vuelta al desarrollo de los septembrinos acontecimientos vividos en nuestra ciudad en aquel 1868, a nivel nacional se está a la espera de que la centralista Junta Revolucionaria madrileña llegue a un consenso. Se vive un vacío de poder que afecta lógicamente, y en todos sus órdenes, a todo el Estado. Durante ese corto periodo de tiempo, se toman medidas de gran calado en nuestra comarca como por ejemplo:
"Junta Provisional de Gobierno de la provincia de Cádiz.= Esta Junta inspirada de los sentimientos de humanidad compatibles con la justicia, y deseosa de favorecer á los desgraciados, mitigando en cuanto es posible el rigorismo legal, ha acordado, á fin de celebrar el glorioso alzamiento en favor de la Libertad Española conceder lo siguiente. Indulto y sobreseimiento [...] DELITOS DE CONTRABANDO. 4º Se sobreseerá las causas pendientes sobre contrabando ó defraudación á la Hacienda Pública, poniéndose inmediatamente en libertad á los procesados que se encontrasen presos de su resulta, pero declarándose desde luego el comiso de los géneros aprehendidos, si los hubiere, á no haber reclamación en contrario. 5º Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior, las causas en que se imputen connivencia á cualquier empleado público ó en se atribuya algún delito común, lo cual se entenderá sin perjuicio de que el sobreseimiento comprenda á los procesados que no se hallen en ninguno de estos casos. INDULTO SOBRE EL MISMO DELITO. 6º Quedan indultados los que hayan sido condenados á cualquier pena por delitos de contrabando ó defraudación, y se le pondrá también inmediatamente en libertad, salvo los comprehendidos en los casos de excepción del artículo anterior. 7º Las disposiciones que preceden son igualmente aplicables á los reos prófugos que á los presentes; pero entendiéndose que aquellos han de cumplir la tercera parte que no se indulta, o sobre la cual no se concede sobreseimiento. 8º Estas disposiciones se aplicarán por el Gobernador Civil si los reos están cumpliendo sus condenas, y por los Tribunales que conozcan de sus causas si éstas están pendientes. Lo que se pone en conocimiento del público. Cádiz 24 de Setiembre de 1868. El Vicepresidente, Pedro López Ruiz.- El Secretario, F. Lizaur".
Cabe preguntarse, qué pensaría la familia -especialmente la esposa testigo de los hechos- del asesinado ex alcalde Segura, al observar estas medidas de indulto que para el finado, tal vez, llegaban con fatal retraso.
Al mismo tiempo que las nuevas autoridades revolucionarias toman tan importantes medidas judiciales, el movimiento de tropas que pasan por el fondeadero algecireño es incesante, debiendo informar puntualmente la Comandancia de Marina del mismo:
"El Comandante de Marina de Algeciras al Jefe de la Escuadra Nacional [...] manifestándole que á las dos de la tarde del día 7 fondeó en aquel puerto el vapor Ciudad de Cádiz, con el Regimiento de Mallorca, y que á la una y media de la madrugada salió para aquella ciudad con una compañía del Regimiento de Valencia".
Por otro lado, las autoridades de Gibraltar también se pronunciaron sobre los históricos acontecimientos que se desarrollan al otro lado de la Verja:
"El Comandante General de Algeciras manifiesta lo que sigue: El Gobernador de Gibraltar reconociendo el cambio verificado en la Nación Española me manifiesta en diferentes comunicaciones que consulta á su Gobierno en determinación de la forma definitiva que habrá de mediar en las relaciones diplomáticas con el Cónsul español".
Una vez alcanzado el tan esperado acuerdo entre las fuerzas políticas y militares protagonistas del derrocamiento de los Borbones, la Junta Provisional Revolucionaria madrileña designó el 3 de octubre como presidente del Consejo de Ministros al general Francisco Serrano y Domínguez. El otrora llamado por la reina destronada "mi general bonito" (dada la disposición de este en un próximo pasado de poner “su sable” al servicio de la corona), junto a Prim y Topete, encabezó la más alta responsabilidad militar durante La Gloriosa. Una de las primeras medidas adoptada por quién fuera tan cercanísimo general, fue la de suprimir las Juntas Revolucionarias esparcidas por todo el territorio nacional. No en todas las poblaciones fue la medida bien acogida; en Algeciras por ejemplo, se produjo una reorganización siendo los voluntarios divididos en tres compañías compuestas de 100 hombres.
Al mismo tiempo que los liberales voluntarios locales se reagrupaban, el resto de los vecinos continuaban atendiendo su no fácil día a día, como así le aconteció al algecireño labrador Francisco Lozano Vázquez, quién para el sostenimiento de su actividad agraria se vio forzado a pedir un préstamo "consistente en 7.500 rv, al también vecino de nuestra ciudad Francisco España Pardo". Lozano Vázquez, estaba casado y contaba con 59 años de edad, siendo propietario, entre otras, de media suerte de tierras ubicadas en la Dehesa de Las Abiertas y más concretamente en el partido del Laurel, contando como vecino de su propiedad con el actual ocupante de la liberal alcaldía Manuel Juliá. También contaba con la mitad de una hacienda de viña situada en la Dehesa de la Punta con 44 fanegas de cabida [...] y el otro propietario de la citada hacienda era el también vecino de Algeciras Antonio Huertas.
La situación revolucionaria del país y su reflejo en nuestra ciudad obligó nuevamente a Francisco Lozano a pedir un nuevo préstamo, pero esta vez tomó como acreedor al propio alcalde la ciudad, el progresista Manuel Juliá Jiménez, que para entonces contaba con 53 años y también estaba casado "ascendiendo la deuda la cantidad de 460 escudos". Francisco Lozano era un gran propietario que contaba además con el llamado Cortijo del Peregrino, Viña de San Pedro y la también viña llamada de Aragón. Todas estas propiedades deudoras de un canon para con la ciudad, pues en su mayoría fueron de Propios hasta el reparto de tierras que los constitucionalistas del doce promovieron casi cuarenta años atrás durante el Trienio Liberal (1820-1823).
También y en aquel mes post-revolucionario, y como muestra del poder administrativo de la jerarquía eclesiástica tan denostada por los revolucionarios, se certificó por el párroco de la Palma lo que sigue:
"D(n) Manuel Mª. Calderón, Arcipreste y Como Párroco de la Iglesia de esta Ciudad, Certifico: que en el libro diez de Defunciones, se halla la partida siguiente: Como Cura de la Parroquia de Ntra. Señora de la Palma de la Ciudad de Algeciras, provincia de Cádiz, mandé dar sepultura y en el día de la fecha al cadáver de María de la Paz Muñoz, natural de Estepa, provincia de Sevilla, y vecina de esta, de cuarenta y cuatro años de edad, viuda en primeras nupcias de Diego Arjona, hija de Andrés, natural de Estepa, zapatero, y de su mujer María Antonia Muñoz, natural de Écija, en dicha provincia de Sevilla falleció ayer de una afección ilíaca, según certificado de facultativo [...] testigo José Huerta, panadero y Manuel Leirado muñidor de la cofradía. Y para que conste la firmo en Algeciras á diez de octubre de 1868.= Manuel María Calderón".
Resulta cuanto menos curioso que la infortunada vecina de Algeciras, quién pudo recibir sepultura gracias a la orden dada por el párroco de la Palma (en función a las atribuciones que el Estado otorgaba a la Iglesia de entonces, emanadas del Concordato de 1851), vivió su existencia casi de modo paralelo a la presencia en el trono de Isabel II; desde su ascensión al trono hasta la expulsión del mismo en el 68, año por ciento coincidente con defunción de María de la Paz.
María de la Paz Muñoz Muñoz, que así era su nombre completo, había contraído matrimonio con Diego Arjona Bernal precisamente el año en el que Fernando VII cerraba los ojos para siempre (1833) y la reina viuda comenzaba su periodo como regente. Sin hijos, María de la Paz compartía su vida con su soltera hermana Dolores y con los hijos de su también difunta hermana María de los Remedios y llamados Amalia, Andrés y Diego. Estando su domicilio en el número 29 de la calle Alta, importante vivienda de dos pisos que fue adquirida y justipreciada en 1859 por los alarifes y maestros carpinteros y albañiles locales Francisco Jurado y Cristóbal Ramos en la cantidad de 412 escudos. También era propietaria de una gran casa en calle Tarifa, esquina a calle Alameda, números 41-43, y adquirida en el 47; teniendo en aquel distrito de La Caridad y por vecinos a los importantes industriales y propietarios Antonio Blanco y José Ruíz. Contando, entre otras, con parte en una cantera ubicada en la cercanía del sanroqueño arroyo del Guadalquitón.
Su marido, para mayor incidencia con el paralelismo borbónico, falleció en 1866, año no solo de la inauguración de La Perseverancia, sino también del controvertido alzamiento de los sargentos y posterior fusilamiento de estos significando aquel triste episodio -relatado en un anterior capítulo- y según algunos historiadores el comienzo del gran declive de Isabel II. Y para finalizar el citado paralelismo cronológico entre la reina y la propietaria de Algeciras, ambas sellaron sus destinos en el mismo mes y el mismo revolucionario 68. La monarca el primer día de aquel aciago y glorioso octubre al comenzar su exilio por tierras francesas; la segunda al producirse su óbito ocho días más tarde, concretamente el día 9 de aquel otoñal y septembrino décimo mes. Años más tarde, un galdosiano personaje de la novela La loca de la casa (1892), expresaría: "El destino nos ceba para comernos después". Cebados de poder, propiedades o miseria, el destino finaliza siempre devorándonos junto a nuestros cargos, títulos o posesiones.
Pero sin adelantar acontecimientos, regresemos al reciente próximo pasado para observar como los acuerdos del teórico Pacto de Ostende estaban a punto de ponerse en práctica, facilitado involuntariamente primero por O'Donnell y su célebre "a esta señora no hay quién lasoporte" y, posteriormente, por quién le sustituyó en el cargo, el también general Narváez más conocido como El Espadón de Loja, agazapado personaje que desde un rincón de la Historia esperó a que la crisis generada por el fusilamiento de los sargentos finalizara y se llevara por delante la carrera militar y política del duque de Tetuán.
Desaparecido en vida don Leopoldo para la actividad pública, dando con ello paz a los muertos fusilados durante su mandato, Nárvaez hubo de enfrentarse a las asignaturas pendientes de la España que eligió presidir desde el Consejo de Ministros para el que fue nombrado. Su repentina muerte durante la primavera del revolucionario 68 le impediría reprimir el éxito de los firmantes en Ostende y materializado en la ciudad de Cádiz con la presencia de todos los conjurados, salvo el almirante Topete, tras atravesar la bahía de Algeciras.
Y mientras aquellos importantes hechos y decisiones históricas tenían su nacional repercusión, en el algecireño Ayuntamiento se tramitó un expediente que fue elevado a la gaditana diputación obteniendo la siguiente resolución:
"Resultando debidamente justificado que Fernando Redondo, vecino de Algeciras es persona honrada y de buena conducta y gana lo suficiente con su oficio de confitero para sostener á la espósita Carlota Luisa con la que solicita casarse, la Diputación acordó conceder á dicha espósita permiso para contraer matrimonio con el expresado Fernando Redondo, según tiene justificado".
Desgraciadamente para España, su inmediato futuro no se presentaba tan dulce como el que el confitero algecireño le tenía preparado a su futura esposa; ambos -expósita y pastelero- serían testigos de cómo y por enésima vez la nación se quedaría con la miel del progreso simplemente entre los labios.
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