El TSJA ordena repetir un juicio a un maltratador que fue absuelto de violar a su novia, una estudiante de Algeciras

Violencia de género

En los hechos probados se aportan multitud de mensajes amenazantes como "ve preparando el maquillaje que te vas a poner, te voy a dar una paliza... te voy a dejar la cara preciosa" 

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Estudiantes de Secundaria reflexionan sobre violencia de género en un taller de la Diputación de Cádiz.
Estudiantes de Secundaria reflexionan sobre violencia de género en un taller de la Diputación de Cádiz. / E.S.
Redacción

18 de junio 2024 - 13:31

Algeciras/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decretado la nulidad de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz contra un joven, Nahuel V. P., menor de edad en parte del intervalo en que se produjeron los hechos, condenado por malos tratos de manera habitual contra su novia, también menor de edad y alumna de un instituto de Algeciras, al ver error en la absolución de un delito continuado de violación. Asimismo, ha ordenado repetir el juicio con un tribunal distinto al que ha juzgado el caso.

Según la sentencia, el TSJA ha estimado el recurso de la Fiscalía, que aduce que "resulta incongruente" que la Audiencia otorgara "plena credibilidad" a la denunciante respecto a los delitos por los que se ha condenado al acusado y que "dudara" cuando relató haber sido víctima de numerosas agresiones sexuales. El TSJA señala que una vez visionado el video del juicio, "se observa que la denunciante afirmó de forma tajante que en esas frecuentes ocasiones en que no deseaba mantener relaciones sexuales él le decía que o se estaba quieta o le pegaría".

Además, recuerda que en los hechos probados de la sentencia se recogen parte de los mensajes que el acusado remitió a la víctima (de cuya autenticidad no dudó la Audiencia), "en los que entre otras muchas expresiones amenazantes se contiene algunas de las que se deducía su propósito de atentar contra su libertad sexual".

Así, el TSJA coincide con la Fiscalía en que la sentencia "incurre en falta de racionalidad e incoherencia que debe ser anulada, al igual que el juicio que la precedió", por lo que resulta "necesario que se proceda a un nuevo enjuiciamiento de los hechos".

Los hechos juzgados ocurrieron entre junio de 2018 y febrero de 2020, cuando la víctima, nacida en septiembre de 2003, era menor de edad y el condenado, nacido en julio de 2001, contaba con entre 17 y 18 años en el momento de lo ocurrido, donde en los hechos probados se aportan multitud de mensajes amenazantes como "ve preparando el maquillaje que te vas a poner, te voy a dar una paliza... te voy a dejar la cara preciosa" o "voy a saltar al instituto y te voy a llevar a rastras. Te voy a llevar al sillón y ya sabe lo que hay", e incluso agresiones (como propinar una patada en la cabeza) a compañeros de clase de la joven por haberla mirado o a una orientadora del centro de estudios por hablar con ella en el despacho.

La sentencia detalla que Nahuel, que era alumno de FP en el mismo instituto, vigilaba a su pareja "para que no relacionara especialmente con varones, le exigía que en los recreos acudiera en su busca, que siempre llevara puesta la mochila en la espalda de forma que bajara sobre esta ocultándole el trasero. En ocasiones, el procesado irrumpía en la clase para intimidar a sus compañeros y advertirles de que no la mirasen o se atuvieran a las consecuencias".

En febrero de 2020, se le impuso al acusado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Algeciras la prohibición de acercarse a su pareja o comunicarse con ella, medida que quebrantó cuatro meses después.

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