La valoración psiquiátrica de Yassine Kanjaa, único acusado por el asesinato de Diego Valencia, clave del juicio
Al sur del sur | Se cumple un año de un jornada negra en Algeciras
La familia del sacristán fallecido pide responsabilidades al Estado porque Interior no ejecutó durante seis meses la orden de expulsión de España del autor confeso del crimen
En la Plaza Alta de Algeciras no hay nada que recuerde aquella jornada negra en la historia de la ciudad. Las flores, las velas y los minutos de silencio en homenaje a Diego Valencia quedaron atrás, pero no su memoria. A días de que el próximo jueves, 25 de enero, se cumpla un año de su asesinato a sangre fría, la Audiencia Nacional ha cerrado el procedimiento previo a la celebración de la vista oral, en la que Yassine Kanjaa, autor confeso del crimen, afrontará una petición de condena de prisión permanente revisable por asesinato terrorista de inspiración yihadista.
La familia de quien fuera abnegado sacristán de la iglesia de La Palma sigue destrozada anímicamente y ha rechazado todos los ofrecimientos que se le han hecho para ser entrevistada. Los más allegados a Valencia, confiesan que aún evitan transitar por la plaza, rebosante cada tarde de niños con sus carreras y juegos, a la sombra de la torre de la blanca catedral algecireña.
Manuel Gutiérrez Luna y Manuel Barberá son los representantes legales de los familiares de la víctima. Ambos letrados forjaron su amistad en los tiempos en los que el primero fue el preparador del segundo en las oposiciones a la judicatura y hoy, desde sus respectivos despachos, han diseñado la estrategia de la acusación particular contra Kanjaa ante la Audiencia Nacional. En la causa hay también personadas varias acusaciones populares (la Asociación Víctimas del Terrorismo, la asociación 11 de marzo, el Obispado de Cádiz y Ceuta, Vox, la Asociación Dignidad y Justicia, el Equipo Víctimas de la Guardia Civil y la Fundación Española de Abogados Cristianos, entre otras), si bien ninguna ha brillado por su participación durante el proceso de instrucción.
“Pepe, hermano de Diego, me llamó para consultarme si podíamos hacernos cargo del caso. Una persona con cierta influencia le había recomendado que buscase abogados en Málaga, pero nos eligió a nosotros”, rememora Gutiérrez Luna, ex presidente de la Sección 7ª de la Audiencia de Cádiz, con sede en Algeciras, y también de la Sala de Apelaciones del TSJA. Barberá aporta igualmente una amplia experiencia en procesos penales. Otro dato más une ambos, prueba del apego que tienen por su ciudad y del conocimiento sobre ella: en 2019, Barberá fue candidato a la Alcaldía por un partido local, posibilidad que cuatro años más tarde sopesó igualmente su mentor, sin llegar a dar el paso final.
El pasado 11 de enero, el magistrado Joaquín Gadea Francés, juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 de la Audiencia Nacional, acordó la conclusión del sumario abierto contra Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia y las graves heridas causadas al sacerdote Antonio Rodríguez, párroco de la iglesia de San Isidro, fallecido por un cáncer en octubre pasado. Gadea considera que ambas acciones tuvieron carácter terrorista, por lo que será la Audiencia Nacional la encargada de enjuiciar el caso, previsiblemente, este mismo año.
El auto firmado por Gadea, adelantado por Europa Sur, es el paso previo para la celebración del juicio. El 8 de noviembre, el magistrado ha había dictado el auto de procesamiento por la presunta comisión de un delito de asesinato terrorista, castigado con pena de prisión permanente revisable (de 25 a 35 años de reclusión) y un delito de lesiones, de carácter igualmente terrorista, por el que el acusado podría ser castigado con una pena de hasta 15 años de reclusión. Gadea acordó entonces mantener a Kanjaa en prisión provisional e imponerle una fianza de 100.000 euros para afrontar sus responsabilidades.
Varias son las claves del proceso que deberán quedar despejadas durante el juicio. La principal de ellas, según coinciden Gutiérrez Luna y Barberá, versa sobre el estado de salud mental del acusado. Los magistrados que le enjuicien deberán valorar los tres informes forenses elaborados al respecto: uno de ellos fue realizado en el Centro Penitenciario Psiquiátrico de Sevilla, donde Kanjaa sigue ingresado, y que concluye que este tiene “severamente afectadas sus facultades mentales”. Este hecho no le exculpa necesariamente del delito de asesinato, aunque sí puede acarrear una reducción de la posible condena, que podría pasar a la mitad, de entre 12 años y medio y 25 años en prisión permanente revisable.
Los otros dos informes periciales han sido elaborados a instancias, respectivamente, de la acusación particular y de la defensa: el primero de ellos estima que las perturbaciones mentales del acusado no le impidieron ser consciente de la gravedad de su acción, en tanto que el segundo concluye que carecía de toda “capacidad volitiva”.
Una incógnita ajena al procedimiento en sí -aunque ni mucho menos menor- es quién o quiénes abonan los servicios de los abogados que defienden a Kanjaa: el bufete García Peña & Andújar, el mismo que llevó a cabo la defensa de dos de los terroristas del 11-M. ¿Quién paga también los honorarios de los peritos de la defensa si Kanjaa carecía de ingresos y malvivía en una casa ocupada en el centro de Algeciras cuando cometió el asesinato e hirió a Rodríguez?
La familia de Kanjaa
“Nos ha contratado la familia”, expusieron de forma lacónica desde el citado bufete a preguntas de esta redacción en abril de 2023, algo extraño teniendo en cuenta el prestigio y emolumentos que cobra el citado despacho, el alto coste del informe de los forenses de la defensa y el volumen de trabajo llevado a cabo hasta ahora: a lo largo de toda la instrucción, la letrada asignada por la defensa, Lidia Rancaño, ha recurrido prácticamente cada decisión del juez Gadea con el fin de dilatar al máximo el procedimiento.
Desde que asumieron la defensa de Kanjaa -apenas quince días después del asesinato, cuando relevaron al abogado de oficio- la meta del bufete ha sido desmontar la tesis de que su cliente cometió un atentado terrorista de inspiración yihadista. De lograrlo, Kanjaa eludiría la pena de prisión permanente revisable y afrontaría una condena sensiblemente inferior por asesinato.
"Si no se considerase delito de terrorismo, la pena por el asesinato de Valencia oscilaría entre los 15 a 20 años; de rebajarse un grado debido su estado mental, sería de entre 7 años y 5 meses a 15 años", apunta Gutiérrez Luna. El magistrado añade que, por el intento de asesinato del cura Antonio Rodríguez, la pena partiría de 7 años y 6 meses a 15 años, pero de reducirse un grado por tener Kanjaa sus facultades alteradas, habría que bajar un grado, con lo que quedaría entre 3 años y 6 meses a 7 años.
Sigue queriendo matar
Para Gutiérrez Luna y Barberá, el carácter terrorista del asesinato perpetrado por el acusado queda nítidamente establecido a la luz de las investigaciones practicadas. “La Policía Nacional ha hecho una labor muy buena, fantástica, demostrando los vínculos de Kanjaa con el mundo yihadista a través de contactos por teléfono y por redes sociales”, señalan al unísono los letrados, quienes subrayan igualmente la relevancia de los informes elaborados por Interpol. Gracias a ellos hay constancia, en concreto, de que seguía a dos líderes islamistas, Mohamed Hassan y Khalid al Rashid, conocidos por sus llamamientos a la guerra santa. Es más, el informe de los psiquiatras de la acusación sostiene que el Kanjaa mantiene la intención de matar.
“No cabe duda del proceso de adoctrinamiento en el yihadismo de ese individuo a lo largo del mes previo al atentado”, añaden los abogados, lo que a su juicio demuestra que la capacidad volitiva del autor confeso del asesinato no estaba mermada en el momento del atentado. “En esas situaciones”, concluyen, “caben dos posibilidades: que la persona pida ayuda en su entorno para salir de esa espiral o que se radicalice aún más, como desgraciadamente sucedió”.
Kanjaa planificó su irrupción en la parroquia de San Isidro, donde hirió en el cuello con un machete a Antonio Rodríguez, para hacer minutos después lo mismo en La Palma, donde Diego Valencia le hizo frente. Finalmente, se dirigió a la capilla de Europa, cerrada a esas horas, en cuyas inmediaciones fue detenido por la Policía Local algecireña mientras proclamaba "¡Allahu akbar!" -¡Alá es el más grande!-, vestido de negro, tal cual marca el ritual yihadista. En definitiva, para la acusación particular, fue una acción terrorista de manual. Gutiérrez Luna subraya en este punto que la valentía y arrojo de los agentes que redujeron a Kanjaa son dignos de reconocimiento.
Las indemnizaciones
La Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo y el decreto que la desarrolla establece en 250.000 euros la cuantía de la indemnización a las víctimas de atentados terroristas o a los familiares de aquellas, si aquellas han fallecido. De ahí, la importancia de que la sentencia de la Audiencia Nacional concluya que el ataque múltiple de Kanjaa fue un acto terrorista.
¿Qué ocurriría, por contra, si el tribunal estimase que la acción de Kanjaa fue producto de la acción de un demente, sin más y sin vínculo terrorista? En ese caso, el plan B del tándem de abogados algecireños pleiteará por vía administrativa contra el Estado porque el Ministerio del Interior no hizo efectiva la expulsión de España de Kanjaa, sobre el que pesaba una orden a ese respecto desde junio de 2022. El pasado día 18 y a expensas de la sentencia, Gutiérrez Luna y Barberá presentaron dicha reclamación. Cuando Kanjaa cumpla su condena, los dos abogados pedirán su expulsión efectiva a Marruecos.
El próximo jueves se oficiará en La Palma una misa en memoria de Diego Valencia y de Antonio Rodríguez, tras descartar la familia del primero la celebración de un acto público en la Plaza Alta, en el lugar donde cayó muerto el sacristán. Algeciras le rendirá homenaje en el futuro, rotulando con su nombre una plaza cerca del parque María Cristina y del centro documental José Luis Cano, cuando culmine la construcción del bloque de viviendas aledaño.
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