El colapso de la Audiencia obliga a fijar el segundo juicio de Invercaria para septiembre de 2021

Macrocausa de Invercaria

El juicio se celebrará más de dos años después de que el instructor remitiese a la Audiencia la causa para su enjuiciamiento, en septiembre de 2019

El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, en el primer juicio.
El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, en el primer juicio. / Juan Carlos Muñoz
Jorge Muñoz

25 de noviembre 2020 - 05:30

El colapso de la Audiencia de Sevilla con las macrocausas está provocando importantes retrasos en el señalamientos de los juicios. Si actualmente se está celebrando el segundo juicio de los ERE -por las ayudas a la empresa Acyco- un año después de que se dictara la sentencia del denominado "procedimiento específico" en el que fueron condenados 19 ex altos cargos de la Junta, algo parecido está ocurriendo con la macrocausa de Invercaria. La Sección Cuarta de la Audiencia, a la que ha correspondido enjuiciar esta segunda pieza denominada de "personal" de la sociedad pública de capital riesgo andaluza, ha fijado para el 13 de septiembre de 2021 el inicio de la vista oral, que se prolongará en principio hasta el 6 de octubre de ese mismo año.

El parón de la Justicia a causa de la declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus también ha influido en el retraso del señalamiento de esta causa, como ya reflejó el propio tribunal en un auto cuando resolvió la proposición de pruebas para el juicio, en un auto dictado el 11 de mayo de 2020, en pleno confinamiento de la población por la primera ola del Covid-19. Esta pieza de Invercaria fue enviada por el juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla a la Audiencia en septiembre del año 2019 y la vista oral arrancará, por tanto, más de dos años después desde que el tribunal haya recibido la causa, lo que da cuenta del retraso que están acumulando las secciones penales de la Audiencia hispalense.

En la pieza separada de personal de Invercaria están acusados el ex presidente y ex consejero delegado de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, que ya fue condenado a tres años y medio de cárcel en el primer juicio aunque la sentencia no es firme porque está recurrida ante el Tribunal Supremo, el ex director financiero Antonio Nieto Garrido y los ex directores de Promoción Juan María González Mejías -sobrino del ex presidente del Gobierno Felipe González- y Cristóbal Cantos, el denunciante del caso y que ha acabado investigado en esta pieza.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía Anticorrupción ha pedido seis años de prisión y nueve de inhabilitación para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; la misma pena de cárcel para Antonio Nieto Garrido; y tres años y medio de prisión para los ex directores de Promoción Cristóbal Cantos y Juan María González Mejías. Además, en concepto de responsabilidad civil reclama que Juan María González abone 29.928,25 euros; 12.960 euros en el caso de Cristóbal Cantos; 232.446,32 euros Antonio Nieto; y 90.224,16 euros a Tomás Pérez-Sauquillo.

El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, había procesado a estos cuatro ex directivos de Invercaria en la denominada pieza de "personal" de este macroproceso. En un auto dictado el día 29 de marzo de 2019, el magistrado tomó esta decisión al entender que los cuatro investigados podrían haber participado en un delito continuado de prevaricación del artículo 404 del Código Penal en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal.

El auto se produjo después de que el juez rechazara la petición de archivo planteada por la defensa del sobrino de Felipe González, que recuerda que tres informes avalan que no hay ningún delito en la conducta que se atribuye a este ex directivo en relación con el finiquito que percibió en octubre de 2007.

Según el juez, el 1 de julio de 2005, el investigado Juan María González suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido con Invercaria para desempeñar el cargo de director de Promoción en el centro de trabajo de Sevilla, de modo que, cuando comenzó a trabajar en Invercaria, esta sociedad de capital riesgo, “a petición” de este investigado, “se subrogó en el préstamo personal que la agencia IDEA le había hecho a Juan María González durante el tiempo que desarrolló su trabajo para la referida agencia IDEA”, una operación con la que Juan María González “pasó a contraer una deuda con Invercaria” por una cuantía de 17.468,75 euros “en concepto de préstamo que debía devolver en 60 meses mediante detracciones mensuales de las retribuciones que fuera percibiendo como trabajador de Invercaria”.

El juez precisó en el auto que terminó la instrucción que, a la finalización de la relación laboral de Juan María González con Invercaria, “tenía pendiente de devolver 27.406,25 euros de los que Invercaria le había prestado”, y señaló que el ex presidente y el ex director financiero de la sociedad pública “decidieron condonarle esa cantidad pendiente de devolución”, con lo que “permitieron que obtuviera un lucro indebido con esos fondos públicos en perjuicio para el patrimonio de Invercaria”, siendo estos tres investigados “conscientes y sabedores de la manifiesta irregularidad de esta condonación”.

Pérez-Sauquillo ya fue condenado a tres años y medio de cárcel en el primer juicio

La Audiencia de Sevilla condenó en marzo pasado a tres años y medio de cárcel al ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, en el primer juicio de esta macrocausa y en la que se enjuició el préstamo participativo de 100.000 euros concedido en 2009 a la empresa de La Carolina (Jaén) Aceitunas Tatis.

El tribunal, que condenó al ex presidente de la sociedad pública por un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación de caudales públicos, también impuso una pena de dos años de cárcel a la ex administradora única de la empresa, Gracia Rodríguez Cortés, como inductora de esos delitos. Según el fallo, ambos acusados tienen además que indemnizar conjunta y solidariamente con 108.732,22 euros a Inverseed.

La sentencia, de 107 folios, recoge entre sus hechos probados que Aceitunas Tatis, que ya se encontraba en el año 2009 en una "mala situación económica y financiera y con pocas perspectivas de evolución", solicitó en el primer trimestre de ese año una ayuda económica a la agencia IDEA, que se concretó en el acuerdo de concesión de un aval de 80.000 euros que se le otorgó el 19 de enero de 2009, "si bien no consta documentado en este procedimiento la resolución expresa de concesión del mismo", no obstante lo cual este aval no pudo ser formalizado y la entidad renunció al mismo el 5 de abril de 2010.

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