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La macrocausa de la macrocausa de la agencia Idea

La instrucción de las macrocausas

El juez José Ignacio Vilaplana acumula en una única causa las investigaciones que abrieron Alaya y Bolaños sobre los avales de Idea

El caso se remonta a hace siete años y lo que le queda

El juez José Ignacio Vilaplana, que investiga las macrocausas. / D. S.
Jorge Muñoz

23 de mayo 2021 - 05:30

Una nueva o refundida macrocausa que nace de la macrocausa de los avales concedidos por la agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Idea). El juez José Ignacio Vilaplana ha acordado ahora, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, acumular en una misma causa las dos investigaciones que en los años 2014 y 2017 abrieron las magistradas Mercedes Alaya y María Núñez Bolaños, y que se denominan como “Avales I” y “Avales II”.

En la primera causa se investigaban los avales “reglados”, que fueron otorgados al amparo de una orden de la Consejería de Innovación de 2008 y de los que se beneficiaron un grupo de 18 empresas.

En Avales II se investigaban otro grupo de unas 15 empresas que recibieron los llamados “avales propios” o excepcionales, que fueron concedidos por la agencia Idea en el ejercicio de sus competencias propias de fomento de la actividad económica y en los que las empresas beneficiarias en las ayudas concedidas en la macrocausa de los ERE. Todo está relacionado. La mayoría de las macrocausas que se investigan en los juzgados de Sevilla tienen denominadores comunes y en la actuación de la Fiscalía y del juzgado se sigue un mismo patrón.

En el auto dictado ahora, al que ha tenido acceso este periódico, el juez Vilaplana justifica la acumulación de ambas causas en un único procedimiento por la “interrelación existente entre ambos tipos de ayudas” y por la necesidad de “analizar la situación económica de la correspondiente empresa beneficiaria, previa a la concesión del aval –incluso, su situación durante la vida y ejecución de la ayuda–”. En este sentido, el instructor dice que esa situación económica, “aun admitiendo un posible desfase temporal, habría de ser básicamente la misma ante la concesión y ejecución de un tipo u otro de ayuda, esto es, de aval reglado o de aval propio”.

El juez justifica la acumulación porque coinciden el estudio y análisis de ambas causas

Y ese “concurrente estudio y análisis, necesario para el pleno esclarecimiento de los hechos delictivos objeto de ambas causas, exige, por razones de lógica, coherencia y economía procesal, que deban de ser objeto de un único procedimiento la investigación de aquellas irregularidades que puedan presentarse en la concesión y desarrollo de ambos tipos de avales, partiendo de la situación económica de las empresas beneficiarias, en la concesión de los avales propios y avales reglados coincidentes con las denominadas ayudas sociolaborales y ayudas a empresas en crisis”.

Vilaplana considera que atendiendo al estado actual de la instrucción –que no debe olvidarse rebasa ya más de siete años desde el inicio de las primeras pesquisas– y a las diligencias que deben practicarse, procede la acumulación para posibilitar que los “parámetros y aspectos relevantes –dentro de la delimitación objetiva de ambas causas– sean objeto de investigación y análisis en un mismo procedimiento, lo que habría de posibilitar el coherente avance de la correspondiente instrucción jurisdiccional”.

El juez no lo dice en el auto, pero todo apunta a que en el futuro esta nueva supermacrocausa se dividirá en piezas para su posible enjuiciamiento porque se trata de más de 30 empresas,que pueden generar un número considerable de personas investigadas. La magnitud de este proceso haría inviable su enjuiciamiento en un único juicio, por lo que la división en pieza, tantas como empresas investigadas por haber recibido esos avales de Idea, sería la consecuencia lógica. Se repite así el modelo que se ha seguido en otros macroprocesos como los ERE, los cursos de formación o las irregularidades investigadas en relación con los avales y préstamos concedidos por Invercaria. Coinciden igualmente la tipología delictivas, prevaricación y malversación de caudales públicos.

En el auto, el juez avala la separación que en su día realizó la juez María Núñez Bolaños de las investigaciones de los avales. “La sustanciación separada de dos causas en orden al esclarecimiento de la posible ilicitud penal de los acontecimientos vinculados con la concesión, ejecución y desarrollo de estas ayudas resultaba plenamente justificada, siendo tales hechos delictivos susceptibles de enjuiciamiento separado sin menoscabo de la continencia de la causa y en potencial beneficio de la instrucción jurisdiccional”, asevera Vilaplana.

Lo más probable es que se formen una treintena de piezas repitiendo el modelo de los ERE

No obstante, el magistrado señala que “los avatares procesales y sustantivos acontecidos desde entonces en ambas causas aconsejan, a los mismos fines, la acumulación de los dos procedimientos”. Entre esos avatares se encuentra el archivo de la causa de los Avales I que en mayo de 2019 decidió la juez María Núñez Bolaños, con el apoyo de la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía, al estimar que los indicios se habían “desvanecido uno por uno como consecuencia de las diligencias practicadas”.

Tan sólo un año después, en junio de 2020, la Audiencia de Sevilla reabrió la causa y ordenó la práctica de las diligencias que había pedido la Fiscalía: la elaboración de un atestado por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre las ayudas y la elaboración de un informe pericial por parte de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

Tras la reapertura de los Avales I y la acumulación ahora de los Avales II, la macrocausa entra en una nueva fase siete años después de que se iniciara la investigación por la juez Alaya, después de que la magistrada se percatara de que algunas de las empresas investigadas por haber recibido ayudas de la partida 31L de los ERE también habían recibido avales y préstamos de Idea. Por lo menos, en este caso la investigación se centra en una treintena de empresas y no en la totalidad de los avales concedidos por la agencia, lo que tampoco reduce mucho la monstruosidad procesal de estos megaprocesos.

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