La Junta levanta al final el cierre perimetral en Algeciras y Tarifa

El BOJA permite salir y entrar de los dos municipios pero no en Los Barrios, que también sigue en el nivel de alerta de grado 1

La Línea, San Roque, Castellar, Tesorillo y Jimena también continúan con las máximas restricciones de movilidad

Un hombre mira la fachada del hospital Punta de Europa de Algeciras.
Un hombre mira la fachada del hospital Punta de Europa de Algeciras. / Erasmo Fenoy

La Junta de Andalucía ha rectificado este sábado la información que ofreció el viernes y levantará el cierre perimetral en Algeciras y Tarifa a partir de la medianoche del sábado al domingo.

Así se establece en el BOJA extraordinario publicado este sábado con las nuevas restricciones, en el que se lee que el cierre perimetral afecta a todos aquellos municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días. Algeciras tiene la menor tasa de incidencia en la comarca (337,8) y Tarifa se encuentra casi en el límite con 435.

El resto de los municipios del Campo de Gibraltar -Los Barrios, San Martín del Tesorillo, Jimena de la Frontera, la Línea, Castellar y San Roque- siguen con las máximas restricciones de movilidad, así como otros seis de la provincia de Cádiz: San Fernando, Conil de la Frontera, Jerez de la Frontera, Sanlúcar de Barrameda, Trebujena y San José del Valle. Andalucía sigue también cerrada perimetralmente al resto de España y entre las ocho provincias.

El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizará el seguimiento continuo de la situación epidemiológica e informará sobre la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las medidas, a efectos de evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas. Esto quiere decir que la situación de Algeciras y Tarifa puede cambiar en cualquier momento si los datos se disparan.

Ambos municipios se mantienen en el nivel de alerta sanitaria de grado 1 junto a Los Barrios, al que sí le afecta sin embargo el cierre perimetral, que tiene las siguientes excepciones:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

El BOJA extraordinario va acompañado de otra Orden de la Consejería de Salud y Familias. Esta señalan en su artículo 3 que "en el grado 1 las medidas coincidirán con las recogidas para el nivel de alerta 3 o 4 de la Orden de 29 de octubre de 2020, si bien con una limitación horaria de las 18 horas en todas las actividades, servicios o establecimientos recogidas en la misma".

Esto supone que la totalidad de los negocios de hostelería y los comerciales tendrán que cerrar a esa hora. Toda Andalucía está actualmente en Nivel 4 de alertas.

Restricciones

El nivel de alerta 4 grado 1 recoge, sobre todo, la reducción de aforos en los establecimientos de hostelería. Tampoco podrá haber público en las competiciones deportivas.

Las principales medidas de este nivel son:

  • Hostelería y restauración. Este es uno de los puntos más complicados, ya que afecta directamente a la hostelería. Las terrazas solo puede abrir a un 75%, cantidad que se ve reducida a un 30% en zonas interiores. Además, se prohíben el consumo en barra y los buffet.
  • Establecimientos comerciales. Aforo máximo del 50%. Para establecimientos de juego y apuestas, el aforo baja al 40%.
  • Centros de ocio y diversión. Limitarán su aforo al 40% para lugares abiertos y a un 15% del aforo permitido para lugares cerrados. Los zoológicos podrán seguir con aforo del 30% y un máximo de 10 personas en visitas de grupos.
  • Gimnasios y actividades deportivas. Se limitará al 40% la afluencia a los gimnasios, misma capacidad que se permitirá en las piscinas de uso compartido. Las actividades aeróbicas y clases de baile no podrán acoger a más de 6 personas, mientras que en deportes donde no pueda mantenerse la distancia de seguridad en todo momento debe limitarse el número de deportistas y establecer grupos estables de no más de 15 personas.
  • Velatorios y entierros. El máximo de asistentes permitido será de 6 personas en interior y de 15 en exteriores.
  • Ceremonias civiles y religiosas. Se permite un 30% de aforo. En banquetes, se permiten un máximo de 30 personas en interior y 50 al aire libre, siempre con un aforo máximo del 30%.
  • Actividades ambientales. Se permitirá un máximo de 6 personas en interior y 10 al aire libre.
  • Competiciones, eventos y entrenamientos. No podrán acoger público, de modo que los aficionados de los equipos de la comarca tendrán que conformarse con seguir a su equipo desde casa en los casos en los que se retransmita. Lo mismo ocurre con las corridas de toros.
  • Navegación marítima de recreo. Se limita al 50% la capacidad de la embarcación y solo podrá ir una persona en las motos de agua.
  • Cines, teatros y auditorios. Podrán acoger un 40% de su aforo, con un máximo de 200 personas en interior y de 300 al aire libre. Las bibliotecas y museos restringirán su aforo al 65%, con visitas guiadas de un máximo de 10 personas, monitor incluido.
  • Transporte privado. Solo podrán ir dos personas por fila de asientos en un vehículo privado, dejando siempre el del copiloto libre, si todos los viajeros no son convivientes. En la práctica, un turismo de cinco plazas solo podrá acoger a tres ocupantes entre no convivientes. En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, podrán viajar dos personas si llevan casco integral con visera o residen en el mismo domicilio.
  • Transporte público. Se deberá dejar un asiento de separación entre viajeros y la capacidad de pie se limita al 50%.
  • Parques. Permanecerán abiertos, pero no así las zonas infantiles. Se restringen a seis el máximo de personas en actividades realizadas en este entorno.
  • Autoescuelas y academias. En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada, la ocupación del establecimiento no podrá superar el 40% del aforo autorizado, con un máximo por aula de 25 personas.
  • Peñas y asociaciones. En las zonas comunes, solo podrán reunirse un 30% del aforo máximo.
  • Mercadillos. Si son al aire libre, solo podrán tener un aforo del 50%.
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