El aeropuerto de Málaga, una irregular puerta de acceso a Schengen para los pasajeros con destino a Gibraltar
El inspector jefe de la Policía Nacional en la frontera con el Peñón asegura que varios ciudadanos extracomunitarios no británicos que aterrizaron el lunes en el Pablo Picasso no llegaron al Peñón, su destino declarado
Denuncia presiones y advierte que en la Verja no habrá flexibilidad alguna con los pasajeros de los llamados vuelos derivados
British Airways logra desviar a Málaga en menos de 24 horas dos vuelos programados a Gibraltar a sabiendas del mal tiempo
Algeciras/El inspector jefe de la Policía Nacional responsable del puesto fronterizo de Gibraltar está decidido a mantener el pulso a sus superiores jerárquicos a la hora de cumplir la legislación de fronteras con los ciudadanos extracomunitarios. Tras haber requerido en vano que se le haga entrega por escrito de las órdenes en las que se le pide que haga un control laxo de los pasaportes, ha dado instrucciones a sus subordinados para que apliquen en su literalidad el Código de Fronteras Schengen.
La orden del inspector jefe afecta, básicamente, a los pasajeros de los vuelos con despegues previstos desde Gibraltar y que, con frecuencia y alegando razones climáticas previsibles, son derivados por las compañías aéreas a Málaga para abaratar costes.
En una “nota interior” escrita a la que ha tenido acceso Europa Sur -fechada a 28 de enero y dirigida a todos los policías bajo su responsabilidad en la Verja- este mando policial ordena que solo se permita la entrada “en el Espacio Schengen”, en España, a aquellos pasajeros de los vuelos derivados que puedan acreditar que no tomar ese avión puede acarrearles un “perjuicio grave”, como no atender a un familiar enfermo o la inasistencia a pruebas médicas o a un examen.
No se dará validez como documento justificativo para la entrada en el Espacio Schengen a las tarjetas de embarque que se emiten en Gibraltar para los vuelos derivados", advierte el mando policial
“No se dará validez como documento justificativo para la entrada en el Espacio Schengen a las tarjetas de embarque que se emiten en Gibraltar para los vuelos derivados, puesto que dichos documentos no dan garantías suficientes en su emisión, ni disponen de medidas de seguridad, ni es posible contrastar sus datos. Además, son para un vuelo cuyo pasaje no se someterá a las revisiones de seguridad establecidas”, añade el inspector jefe.
Presiones y sin instrucciones por escrito
“Todos estos hechos”, apunta a renglón seguido, “han sido puestos en conocimiento de la superioridad, solicitando en reiteradas e insistentes ocasiones se dicten instrucciones por escrito en las que se determinen los pasos a seguir en este Puesto Fronterizo con el pasaje de vuelos derivados, así como la base jurídica que lo ampare. […] Hasta el momento se ha tenido la callada por respuesta”.
A renglón seguido, alude a las presiones que dice haber recibido para que haya un control laxo de los pasaportes y a la ausencia de instrucciones por escrito en ese sentido, ya que se trata de una ilegalidad: “Si bien se presiona a este Puesto Fronterizo de manera que se aplique permisividad, pero sin asumir las responsabilidades que de aplicar esa permisividad podría derivarse, ya que, al no darse las instrucciones por escrito, la responsabilidad de lo que ocurra recae sobre la persona que efectúa el control fronterizo”.
La orden del inspector jefe se produce a raíz de que la compañía British Airways derivase en menos de 24 horas -entre los pasados días 26 y 27- al aeropuerto de Málaga dos vuelos programados hacia Gibraltar, procedentes de Heathrow (Londres). Ambos aviones despegaron pese a tener conocimiento de que el fuerte temporal iba a hacer prácticamente imposible tanto su aterrizaje en el Peñón como su despegue posterior desde este, de vuelta con nuevos pasajeros rumbo a Londres.
“El Código de Fronteras Schengen regula los requisitos de entrada [en el espacio europeo] pensando en personas; nada dice respecto a que los controles fronterizos tengan como fin que las empresas obtengan beneficios o no tengan pérdidas”, sentencia el inspector jefe
“El aeródromo de Gibraltar cuenta con importantes condicionantes de diversa tipología (geográficos, geológicos, meteorológicos, fauna, drones, etc) que limitan severamente su operativa. Estos condicionantes no son ajenos a las compañías aéreas que lo operan, British Airways y EasyJet, por lo que, desde el momento que operan en dicho aeródromo asumen que pueden enfrentarse a que sus aviones no puedan aterrizar en Gibraltar por no encontrarse operativa la pista del aeródromo”, indica a modo de exposición de motivos la citada nota interior dirigida los agentes del puesto fronterizo.
“Según la legislación británica”, continúa, “cuando se producen retrasos y cancelaciones, las aerolíneas deben proporcionar comida y alojamiento a los pasajeros, si el retraso obliga a pernoctar. A lo que hay que unir que la aerolínea debe dejarle decidir al pasajero entre el reembolso o un vuelo alternativo a su destino. Si aun así quiere viajar, la compañía aérea debe encontrarle un vuelo alternativo, aunque sea con otra compañía. Con esto las aerolíneas que operan en Gibraltar se enfrentan a importantes sobrecostes si no consiguen cumplir con el servicio contratado, llevando a su pasaje a destino, aunque sea con retraso”.
El inspector jefe subraya que “el interés económico sin límite” de British Airways y Easyet “se constata cuando se anuncian fenómenos meteorológicos adversos durante varios días y los vuelos, en vez de cancelarse, se derivan sistemáticamente a aeropuertos españoles durante los días que duren las inclemencias”.
“El Código de Fronteras Schengen regula los requisitos de entrada [en el espacio europeo] pensando en personas; nada dice respecto a que los controles fronterizos tengan como fin que las empresas obtengan beneficios o no tengan pérdidas”, sentencia el inspector jefe.
Pasajeros "desaparecidos"
La consecuencia de todo ello es que los pasajeros se ven obligados a hacer un trasiego por autovía de dos horas entre los aeropuertos de Málaga y Gibraltar, y viceversa, que las compañías llevan a cabo mediante autobuses o taxis.
En ocasiones, además, se dan situaciones especialmente delicadas como la sucedida este lunes: tras aterrizar su vuelo en Málaga, 121 pasajeros partieron por carretera con destino a Gibraltar. De ellos, diez -cuatro indios, tres chinos, dos filipinos y un pakistaní- carecían del visado obligatorio para entrar en el espacio Schengen, pero cinco no llegaron al puesto fronterizo para acceder a la colonia británica. ¿Dónde están? ¿Llegaron a salir de Málaga?
El inspector jefe describe así lo ocurrido: “Este cóctel lleva a situaciones como la vivida el día 27 de enero de 2025 en que entran en Espacio Schengen nacionales de terceros países sin el visado requerido, en un vuelo derivado [a Málaga], y que una vez se encuentran en el Espacio Schengen, en lugar de dirigirse a Gibraltar, desaparecen sin que se le pueda requerir responsabilidades a la aerolínea”.
En lo sucesivo y en la Verja, indica la orden del inspector, “solo se autorizará la entrada en el Espacio Schengen” a aquellos pasajeros cuyo vuelo desde Gibraltar haya sido derivado a Málaga y que puedan acreditar de manera individualizada una causa justificada.
“Cualquier duda, particularidad o aclaración que se derive de la gestión del pasaje de un vuelo derivado se pondrá en conocimiento del Jefe del Puesto Fronterizo, sea la hora que sea, y se intentará resolver en evitación de que el personal que se encuentre de servicio tenga que asumir responsabilidades que no le competen”, subraya la orden.
El inspector jefe recalca, finalmente, que “el artículo 2.3 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, la atribución, ordenación y desempeño de funciones y responsabilidades, se basan en el principio de jerarquía. Aquel que actúe contrariando la presente orden asume las responsabilidades que se deriven de ello”.
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