El certificado Covid se estrena en los bares con un cumplimiento irregular de la normativa
Coronavirus
Europa Sur constata la existencia de locales que se saltan la obligación de chequear los datos en las primeras horas de entrada en vigor de la orden de la Junta
Las asociaciones de hosteleros reclaman a los empresarios que efectúen las comprobaciones aunque reconocen que ralentiza su trabajo
Cómo comprobar la validez del certificado covid en Andalucía
El Campo de Gibraltar se ha estrenado de una forma irregular en la primera jornada con el pasaporte Covid como requisito para acceder al interior de los establecimientos de hostelería.
Al típico olor a café y tostadas en los bares en la mañana de este lunes debía sumarse por parte de los hosteleros la comprobación obligatoria del certificado Covid en cualquiera de sus variantes (vacunación, PCR negativo o enfermedad superada en el último medio año). Sin embargo, el cumplimiento de este requisito en las primeras horas ha estado muy lejos de ser unánime.
Europa Sur ha recorrido en la mañana de este lunes varios bares y cafeterías del centro de Algeciras. De una decena de locales observados, en más de la mitad el comportamiento tanto de los clientes como de los empresarios ha sido como si la norma no existiera.
Es decir, los consumidores han entrado al local, han tomado asiento y pedido el desayuno sin que nadie les efectuara ninguna comprobación. En uno de los locales se han justificado alegando no tener habilitado el sistema para realizar el proceso. Algo para lo que tan solo es necesario tener un teléfono móvil con cámara y conexión a internet.
Para efectuar el chequeo, la Consejería de Salud amplió las prestaciones de la aplicación Salud Andalucía con un lector de códigos QR a través del cual es posible verificar la validez del certificado Covid de la Unión Europea.
El funcionamiento es similar al escaneado del QR para consultar las cartas y menús online. Una vez situado el código (en papel o en pantalla) frente al lector, el sistema comprueba que el QR es correcto, es decir, que existe en el repositorio de certificados y revisa los datos para comprobar su autenticidad y caducidad. Cuando la aplicación certifica que los datos son correctos devuelve un ok con los datos básicos del titular (nombre y fecha de nacimiento) para que la persona que lo valida compruebe que se corresponden con la identidad de quien lo presenta. Por tanto, también hay que enseñar el DNI o documento acreditativo de la identidad equivalente (NIE o pasaporte). En caso de no estar en vigor o ser incorrecto, devuelve un mensaje con un aspa roja.
Sin embargo, este sistema ha dado fallos en algunos puntos de Andalucía en las primeras horas de funcionamiento. También para descargar los certificados, presumiblemente por saturación.
Frente a la aparente desidia o descontrol en algunos negocios en los primeros compases de esta obligación, por el contrario, hay ejemplos de negocios que durante el fin de semana se han preparado. Pubes y locales de ocio nocturno han advertido a sus clientes de la inminente entrada en vigor de la normativa en el arranque de la semana de Navidad, principalmente a través de sus redes sociales, así como su voluntad exhaustiva de cumplimiento.
La norma también establece que en estos establecimientos debe colocarse un cartel informativo al público, sobre el carácter necesario de esta documentación para el acceso al mismo, así como sobre la no conservación de los datos personales sanitarios acreditados.
Llamamiento a la responsabilidad
Los colectivos profesionales de la hostelería llaman a la responsabilidad tanto a los empresarios como a los clientes. "Solo por respeto al resto debería pedirse", ha reconocido Santiago Macías, de la Asociación Linense de Hostelería (Alaho).
Alaho ha reconocido que la normativa supone una ralentización de su actividad mientras se efectúan las comprobaciones en las puertas de los negocios. Algo que se notará especialmente durante el fin de semana, según Macías. "Será entonces cuando haya mayor volumen de clientes y se deje notar. En las primeras horas, en La Línea ha estado la cosa muy tranquila", ha valorado.
Sobre la irregularidad en el cumplimiento de las normas, Macías ha insistido en que la orden es clara: "Dudas hay pocas. Otra cosa es que haya malestar entre bares y restaurantes porque consideren que se trata de una medida que sería lógica para el ocio nocturno. Como Alaho, hemos pedido a todos los asociados que cumplan", ha apuntado Macías.
Para los empresarios, los primeros momentos de un cambio normativo suelen ser complicados. "Ya pasó cuando las aceiteras o los servilleteros. Al final, se acaban adaptando porque los clientes también lo demandan", ha valorado.
En vigor hasta el 15 de enero
La orden de la Junta es clara. Desde su entrada en vigor, esta madrugada, y hasta el próximo 15 de enero, solo pueden acceder al interior de los locales de hostelería y ocio nocturno las personas que hayan completado la pauta completa de la vacunación o dispongan de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, si es una PCR, o de 48 horas, en el caso de un test de antígenos; o haber pasado el Covid en los últimos seis meses.
La medida establece que todas las personas mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior de los establecimientos de hostelería, de ocio y esparcimiento, "siempre que dispongan de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado" y además se compruebe su identidad.
Las terrazas, por tanto, quedan exentas de este requisito (ni de la comprobación) a menos que el cliente necesite entrar al local para pagar la cuenta o para pasar a los aseos. En este caso, con la norma en la mano, debe efectuarse igualmente la comprobación.
Sanciones y vigilancia
¿Y quién debe vigilar que esta normativa se cumpla? La orden de la Junta establece que el incumplimiento de las medidas de prevención de salud pública está sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto.
Este decreto andaluz da la competencia de inspección al "personal funcionario o estatutario al servicio de la Administración sanitaria [...] sin perjuicio de las funciones atribuidas por ley a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Estas funciones de control e inspección podrán ejercerse de oficio o a instancia de parte".
El articulado añade que además del personal de la Administración sanitaria, "el resto de cuerpos dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía o de las entidades locales podrán incluir entre sus funciones cuando así lo decida la autoridad sanitaria la vigilancia del cumplimiento de las medidas sanitarias adoptadas".
Las sanciones se ajustarían, por tanto, a las tres escalas previstas en esta norma (leves, graves y muy graves) con multas que parten desde los 100 euros.
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