Un error de forma tumba el Plan de Protección del Litoral Andaluz
El TSJA lo anula a raíz de un recurso del Ayuntamiento de Barbate
Establecía la máxima protección a Valdevaqueros
Algeciras/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía (PPCLA) -aprobado en 2015-, que pone límite a las construcciones en la franja de 500 metros de anchura desde el dominio público marítimo-terrestre de las costas andaluzas. En el Campo de Gibraltar afecta especialmente al enclave de Valdevaqueros, donde el PPCLA le concedía un especial blindaje contra el Plan Parcial que el Ayuntamiento de Tarifa (con el gobierno del PP) aprobó en 2012 y que contemplaba un proyecto de construcción de 350 viviendas y varios hoteles con 1.400 plazas.
El Plan establecía el máximo grado de protección a 375 hectáreas de Tarifa, con todo Valdevaqueros y parte de Los Lances.
La sentencia del alto tribunal fechado el pasado 7 de septiembre bloquea el Plan -que declaraba no urbanizable 700 hectáreas en la provincia-, se ampara finalmente en un recurso presentado por el Ayuntamiento de Barbate, gobernado por el alcalde socialista, Rafael Quirós, y respaldado por los grupos municipales del PP e IU (el PA) se abstuvo.
El argumento del TSJA para la anulación del PPCLA es un motivo formal. Se basa en la falta de competencia del Gobierno de la Junta, entonces en funciones, para la aprobación del referido instrumento de planificación territorial.
La sentencia no es firme, por lo que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Según pudo conocer Europa Sur, el gabinete jurídico del Gobierno andaluz está estudiando interponerlo en la fecha conferida (30 días desde su notificación).
Antes de su aprobación, el Plan recibió 918 escritos y 3.547 alegaciones formuladas por 48 de los 62 municipios afectados en toda Andalucía.
La finca de Guadalquitón, con 200 hectáreas también tenía protección de PPCLA, así como otras 22 hectáreas en Torreguadiaro. En La Línea, se preveía protección en terrenos de El Zabal. En total, 579,62 hectáreasde la comarca incluidas en el Plan.
Si el Campo de Gibraltar era, sin lugar a duda, la zona más afectada, otros espacios de la provincia que se vieron obligados a declarar buena parte de su suelo como no urbanizable se distribuyen principalmente entre Conil (145 hectáreas), concretamente en dos parcelas municipales situadas en el Pinar de Roche y en el entorno del río, el estuario y el acantilado del mismo nombre y unas decenas en Los Caños de Meca, en Barbate.
Este veto al ladrillo ahora bloqueado afecta igualmente a 73,50 hectáreas de El Palmar, en Vejer; 30,05 en Los Caños de Meca y 28,16 en el entorno del Faro de Trafalgar, en Barbate. Otras zonas afectadas son Villanueva Norte (Puerto Real), Camposoto (San Fernando), Aguadulce (Rota), Camarón (Chipiona) y poco más de cinco hectáreas en Bonanza y otras cinco en La Jara, ambos en Sanlúcar.
El Plan era esencialmente un instrumento de protección, no de ordenación, en tanto que ésta ya la han establecido los planes de ordenación del territorio aprobados que incluyen en su ámbito la totalidad de los términos municipales de los municipios litorales. Por ello, el Plan del Corredor Litoral centra su atención en la Zona de Influencia del litoral, e interviene a una escala de detalle con el objetivo de preservar de la urbanización los terrenos libres de edificación que disponen de valores naturales o paisajísticos relevantes o cumplen determinadas funciones territoriales de interés general.
En suma, el Plan parte del principio de considerar el corredor litoral como un recurso territorial de interés regional, cuya protección y preservación aportará valor añadido a una oferta turística de mayor calidad. Protege el 55% de la superficie del ámbito, lo que supone un incremento de la superficie protegida del 50%, pasando de 18.000 a 27.000 hectáreas.
El suelo protegido se concentra en las provincias de Almería, Huelva y sobre todo, Cádiz -como es ha indicado anteriormente), que son también las de mayor longitud de litoral y las de mayor proporción de espacios de protección ambiental.
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