El fracaso del Sistema Nacional de Protección Civil
En nuestro caso de la DANA, parece claro que se debería haber declarado la emergencia de interés nacional, sin necesidad de declarar el estado de alarma
La Ley 17/2015 de 9 de julio no tuvo en cuenta los efectos del cambio climático
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Tras el paso de la reciente DANA por el este y sudeste de España, dejando tras de sí un rastro de muerte y desolación, con destrucción de infraestructuras, comercios, viviendas y zonas de cultivo, así como la muerte de más de doscientas personas y numerosos desaparecidos, son muchas las carencias de organización que se han puesto de manifiesto para manejar las consecuencias de una catástrofe de estas características.
Pero si tuviésemos que destacar alguna carencia en especial, deberíamos señalar, por encima de todo, el fracaso absoluto del Sistema Nacional de Protección Civil.
Hasta ahora, los medios de comunicación se han centrado en mostrar las apocalípticas imágenes que la catástrofe ha dejado, sobre todo en la zona sur de Valencia, con numerosos testimonios de las personas que han perdido bienes, familiares y amigos, y también en alabar la solidaridad y labor altruista de miles de ciudadanos anónimos que han acudido a la zona cero desde todas partes de España para ayudar en la labor de retirar barro y escombros, y tratar de recuperar la normalidad lo antes posible.
También nos han mostrado esos medios de comunicación, principalmente a través de los tertulianos que saben de todo, (a los que el vulgo conoce como todólogos y que emiten opinión siempre impregnada de su propia ideología), que ningún político ha estado a la altura de las circunstancias.
Yo, que no soy tertuliano, ni por tanto todólogo, creo que esa conclusión de ineptitud de los políticos es realmente cierta, pero no quiero señalar a ninguna administración en particular, pues creo que lo que realmente ha fracasado ha sido el Sistema Nacional de Protección Civil.
Tengo alguna experiencia en grandes catástrofes, pues durante unos años fui el jefe del equipo español de IVC (Investigación de Víctimas en Catástrofes), y he sido representante de España en Interpol, donde nuestro país es miembro del Comité Permanente de IVC en ese organismo internacional. También estuve en Nicaragua en el año 1998, con ocasión del paso del huracán Mitch, y mi experiencia en la zona de derrumbe del Volcán Casita, donde murieron cerca de 3.000 personas arrastradas por una lengua de agua y barro que bajó por las laderas del volcán, la cual hizo desaparecer varias aldeas y poblados en la zona por la que deslizó la mortífera riada, me permiten tener una opinión un poco más cualificada que la de esos tertulianos que ponen el foco de sus críticas en los políticos. Voy a analizar de forma muy somera los antecedentes de la regulación normativa en materia de protección civil en España, para centrarme posteriormente en el llamado Sistema Nacional de Protección Civil.
La Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil, posteriormente complementada con numerosas disposiciones reglamentarias, estableció el primer marco normativo de actuación para la protección civil en España, adaptado al entonces naciente Estado autonómico. Posteriormente, se han elaborado diferentes Planes de Emergencias y Directrices Básicas de planificación sobre riesgos específicos, entre ellos el de inundaciones.
Por su parte, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han desplegado sus competencias propias en la materia, regulando su actuación, y configurando sus propios servicios de protección civil.
No obstante esa descentralización de competencias, el sistema de protección civil se entiende como un instrumento de la seguridad pública, integrado en la política de Seguridad Nacional
La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, ya empieza mal en su preámbulo, pues literalmente dice: “La vulnerabilidad de las personas en nuestra sociedad ante las múltiples y complejas amenazas de catástrofes naturales, industriales o tecnológicas es menor que hace treinta años, por la influencia de las políticas públicas que se han aplicado desde entonces, basadas en esencia en un gran desarrollo de los sistemas de alerta, la planificación de las respuestas y la dotación de medios de intervención”. Es palmario que en ese erróneo vaticinio no se tuvo en cuenta los efectos del cambio climático, que los sistemas de alerta y la planificación de la intervención no han sido los idóneos, y que tampoco la incorporación de los medios de intervención se ha realizado de forma adecuada y eficiente. La catástrofe provocada por la DANA se ha encargado de demostrar con creces todos esos fallos.
La primera pregunta que los expertos se hacen tras el paso de la DANA es ¿porqué no se declaró la emergencia de interés nacional? La propia Ley 17/2015 ya prevé en su articulado tal posibilidad en tres supuestos: a) en caso de que declaren los estados de alarma, excepción y sitio; b) Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico y c) Las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional
En Nicaragua, me encargué de elaborar un informe para el ministro del Interior de dicho país con ocasión de mi participación en la gestión en una zona devastada con un elevadísimo número de víctimas. En el mismo señalaba que la gran catástrofe provocada por el huracán Mitch era de tipo muy complejo, tanto por los efectos, como por el elevado número de víctimas, extensión geográfica abarcada, dificultad de acceso a determinadas zonas, la aparición de epidemias, la gran repercusión a nivel internacional, etc., todo lo cual redundaba en la necesidad de una preparación anticipada en la planificación de los servicios y de las unidades operativas que tendrían que intervenir, cosa que no existía en aquellos momentos en aquel país.
En nuestro caso de la DANA, parece claro que se debería haber declarado la emergencia de interés nacional, sin necesidad de declarar el estado de alarma, pues encajaría en cualesquiera de los supuestos b) y c) que el Sistema Nacional de Protección Civil describe. En tal caso, la declaración correspondería al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas.
Está claro que el ministro del Interior debería haberse puesto el casco de color blanco, distintivo de la jefatura, de Mando Único, asumiendo la dirección, la cual debía comprender la ordenación y coordinación de las actuaciones y la gestión de todos los recursos estatales, autonómicos y locales del ámbito territorial afectado. Pero no lo hizo por iniciativa propia, y tampoco lo instaron las Comunidades Autónomas ni los Delegados del Gobierno de ninguna de las tres Comunidades Autónomas afectadas.
No sé si no se encontró un casco de color blanco de las medidas de la cabeza de nuestro ministro, si este no se lo quiso poner para no despeinarse, o lo que es peor: nadie sabía que alguien debía ponerse ese casco blanco para dirigir a todas las fuerzas actuantes. El resultado es que cada grupo actuaba según su propio parecer, según lo demandaban los vecinos, o lo que es peor, según lo demandaban las circunstancias, y que muchos efectivos se incorporaron tardíamente.
El propio Sistema Nacional de Protección señala en una larga lista a todos los que tienen la consideración de servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil, y me gustaría destacar de entre ellos a la Unidad Militar de Emergencia (UME), la cual merecería un análisis más detallado por la importancia que ha ido adquirido con el paso del tiempo desde su creación en el año 2005. Son profesionales abnegados y altruistas, con una gran preparación y dotados de buenos medios, pero soy de los que piensan que la propia UME no es otra cosa que el fiel reflejo del fracaso del Sistema Nacional de Protección Civil. Así lo dije, en contestación a una pregunta que me hicieron en la Escuela Nacional de Defensa NBQ durante una conferencia que impartí allí a oficiales de los diferentes Ejércitos de España, a los pocos meses de la creación de esta Unidad, y en ella me ratifico con el paso de los años.
Por último, aunque dije en líneas anteriores que no iba a señalar a ninguna administración, pues ya se encargan de eso los tertulianos, sí quisiera hacer una breve referencia a la visita de nuestro rey a la zona cero, y la dignidad con la que soportó y escuchó la indignación del pueblo con sus políticos y la nefasta actuación de estos en la gestión de la catástrofe. No era una indignación contra él, pero se quedó solo para escuchar y soportar esa indignación, y lo hizo con entereza y gallardía.
Siendo príncipe de Asturias, nuestro rey llegó a Nicaragua en la mañana del día 14 de noviembre de 1998 encabezando una delegación española. Iba acompañado del vicepresidente Francisco Álvarez Cascos y del Secretario de Estado para la Cooperación, Fernando Villalonga, y tenía prevista una visita a Posoltega, en el Departamento de Chinandega, que era la zona cero de la catástrofe que el huracán Mitch había provocado en el Volcán Casita, dejando aquellos 3.000 muertos en la zona. A instancias de nuestro embajador en Nicaragua, yo le había proporcionado el informe que había elaborado para el Ministro del Interior de dicho país, y le hice otro desaconsejando la visita que inicialmente el príncipe tenía programada.
Mi informe fue determinante para cancelar esa visita del príncipe a Posoltega. En su lugar se programó otra de mucho menor riesgo, pero donde podía ver la realidad de la tragedia originada por el huracán Mitch, visitando en las proximidades de Managua el pueblo de Sebaco, donde se entrevistó con el alcalde del municipio, y posteriormente se trasladó al Barrio Vida Nueva, en Ciudad Sandino, donde vivían los residentes de Managua desplazados por el desbordamiento del Lago Managua.
En la visita de nuestro rey a Valencia, alguien debía haber elaborado un informe indicando y sugiriendo los lugares a visitar, pero nunca donde se hizo finalmente.
Lo ocurrido con la DANA debe servir para reflexionar y replantear el actual Sistema Nacional de Protección Civil. Los policías son siempre policías, incluso cuando actúan como servicio público de intervención y asistencia en emergencias de protección civil. Lo que ocurre con la UME, es que ha sido diseñada para ser siempre un servicio público de intervención y asistencia en emergencias de protección civil, incluso cuando no están interviniendo.
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