Las multas por incumplir las normas durante el estado de alarma

Crisis por el coronavirus

Las sanciones van desde los 100 euros hasta los 600.000 por las infracciones muy graves

Agentes de la Policía Nacional, junto al consulado de Marruecos en Algeciras / Erasmo Fenoy
Redacción

15 de marzo 2020 - 16:49

La Policía Nacional, la Guardia Civil, la Policía Autonómica y la Policía Local podrán interponer sanciones por incumplimiento o resistencia a las órdenes de las autoridades competentes durante el estado de alarma decretado este sábado por el Gobierno central. Las multas van de los 100 euros por sanciones leves a los 600.000 para las infracciones muy graves, dependiendo de la ley de aplicación de cada infracción.

Ley orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

Sanciones leves (de 100 a 600 euros)

Sanciones graves (de 601 a 30.000 euros)

Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública

Infracciones graves (multa de 3.001 hasta 60.000 euros)

Infracciones muy graves (multa de 60.001 hasta 600.000 euros)

  1. La realización de conductas u omisiones que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población.
  2. El incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, o el incumplimiento de un requerimiento de esta, si este comporta daños graves para la salud.

Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil

Infracciones graves (30.001 a 600.000 euros)

Muy graves (multa de 1.501 a 30.000 euros)

Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del código penal

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