Religión
Estos son los templos que acogerán el año Jubileo en el Campo de Gibraltar

La 'cláusula del miedo' impedirá a Sergio Santos jugar el domingo contra el Murcia

Algeciras CF | Primera Federación

El futbolista está cedido en el Algeciras por el conjunto pimentonero

La disposición está prohibida por FIFA y UEFA, pero se aplica en España

Zequi renueva con el Algeciras

Sergio Santos, frente al Ibiza / Paco Natera
Fernando Silva

04 de abril 2024 - 17:53

Sergio Santos tiene en su contrato de cesión del Real Murcia al Algeciras CF la que popularmente el mundo del fútbol denomina cláusula del miedo. No podrá jugar por esta razón el partido del próximo domingo en el Nuevo Mirador contra el club al que pertenece, según ha confirmado la entidad de La Menacha a Europa Sur.

Lolo Escobar, el entrenador albirrojo, no podrá convocar a uno de los jugadores que ha demostrado ser más valioso desde su llegada en el mercado de invierno en el carril derecho, ya sea en el lateral o en el medio centro. Incluso fue uno de los nombres que se barajó hace dos semanas para acompañar en el centro de la defensa a Juan Rodríguez, debido a las ausencias de Diori y Admonio por acumulación de tarjetas.

La cláusula del miedo, que empezó a introducirse desde España a principios del siglo XXI, normalmente establece que si el equipo en el que el jugador está cedido quiere que este juegue contra el conjunto del que procede tiene que pagar una compensación económica. Esta disposición contractual está expresamente prohibida por la FIFA. Así aparece tanto en el Reglamento sobre el Estatuto y Transferencias de los Jugadores, como en el Reglamento General de la FIFA.

“Ningún club concertará un contrato que permita al club contrario y viceversa o a terceros, asumir una posición por la cual pueda influir en asuntos laborales y sobre transferencias relacionadas con la independencia, la política o la actuación de los equipos del club”, establece el artículo 18bis.

También la UEFA se ha pronunciado contra este tipo de cláusulas. Lo hizo en un comunicado cuando en 2014, el hoy portero del Real Madrid Thibaut Courtois jugaba en el Atlético de Madrid y se tuvo que enfrentar al Chelsea londinense, que tenía su licencia federativa. "El Reglamento Disciplinario de la UEFA y el de la UEFA Champions League contienen disposiciones claras que prohíben estrictamente que cualquier club ejerza o pueda ejercer cualquier tipo de influencia en el terreno de juego. De ello se desprende que cualquier disposición de un contrato privado entre clubes que funcione de esta manera y pueda influenciar a un equipo en un partido es nula, inválida e inaplicable en lo que respecta a la UEFA”, expresaba.

A pesar de la intransigencia de los organismos internacionales en torno a esta disposición, en los torneos domésticos no tienen vigencia estas prohibiciones. Y para evitar polémicas, los clubes llegan a acuerdos privados que no quedan reflejados siquiera en los contratos de cesión. Ahí está el caso de Sergio Santos. La polémica está servida.

También entre los entrenadores se dividen las opiniones. Existe quienes se han pronunciado en contra y a favor, en ocasiones según la posición que les toque, ya sea como técnico del club que cede o como míster de la entidad que tiene en ese momento al jugador a su servicio.

Lo cierto es que este domingo Sergio Santos no podrá vestirse de corto, en un partido importante frente a un rival que acaba de superar al Algeciras en la clasificación. Los tres puntos de cada encuentro siempre son valiosos, y más en el tramo de ocho últimos en el que se encuentra la competición.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último