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ECONOMÍA
El 1 de enero entra en vigor el nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. ¿Qué es este impuesto del plástico? La creciente preocupación por el medioambiente y las consecuencias del efecto invernadero ha llevado al Gobierno a impulsar la creación de un nuevo impuesto con la finalidad de fomentar la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como el fomento del reciclado de los residuos plásticos, contribuyendo a la circularidad de este material.
La Estrategia Española de Economía Circular pretende conseguir en 2026 una reducción del 50% en su comercialización y en 2030 del 70% en la generación de residuos, ambos con respecto a este 2022 que está a punto de terminar. El tipo impositivo del nuevo impuesto indirecto será de 0,45 euros por kilogramo de envase para los recipientes de plástico de un solo uso y se estima una recaudación de más de 700 millones de euros.
La situación es grave, a pesar de que muchos no entienden la dimensión del problema. La acumulación de residuos de los españoles durante un año equivale a cerca de tres mil estadios de fútbol. Cada año llegan unos 8 millones de toneladas de plástico a los mares. No en vano, el plástico compone casi la totalidad de la basura que se encuentra en el mar.
Es por ello que las autoridades se van a poner serias respecto al cumplimiento de la norma, así como a la hora de aplicar severas multas a aquellas empresas que se salten el protocolo establecido. Las multas previstas van desde 50.001 euros hasta 2.000.000 euros y en el caso de que entren en liza residuos peligrosos la sanción podría dispararse desde 350.000 euros hasta 2.000.000 euros.
Los productos que grava el impuesto del plástico son los envases no reutilizables que contengan plástico, los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de envases no reutilizables que contengan plástico, tales como las preformas o las láminas de termoplástico y los productos que contenga plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables. Además, el impuesto también se aplicará a envases vacíos que cumplan las características para ser incluidos en el ámbito del impuesto.
Las actividades en las que se gravará este impuesto son la fabricación, la importación, la adquisición intracomunitaria y la introducción, tenencia y circulación irregular en el territorio de aplicación del impuesto. En Andalucía afectará, sobre todo, a las industrias aceitera y cárnica, además del sector de las bebidas.
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