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Estrasburgo rechaza la 'doctrina Parot' y exige la liberación de una etarra

El Gobierno asegura que no excarcelará a Inés del Río y que recurrirá la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La izquierda abertzale ve un "varapalo severo" al Gobierno y le insta a derogar esta "irregular" doctrina.

Europa Press

10 de julio 2012 - 10:37

Madrid/El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se mostró contrario a la doctrina Parot al asegurar que mantener en prisión a la etarra Inés del Río Prada por una revisión de la duración de la pena es "irregular", por lo que exigió su excarcelación y una indemnización. La denominada doctrina Parot obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo.

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que considera que la aplicación de la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río fue "irregular" no supondrá su excarcelación porque no es vinculante, aunque marcará las pautas futuras al Tribunal Constitucional y al Tribunal Supremo. Así lo han explicado fuentes jurídicas consultadas en la Audiencia Nacional, que han subrayado que la resolución de Estrasburgo no vincula al Estado español y, por lo tanto, en la práctica no supondrá la puesta en libertad de la terrorista. Según estas fuentes, lo que sí conllevará la resolución del TEDH es la interpretación que harán el Supremo y el Constitucional, que son los tribunales que aplican la 'doctrina Parot', que obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha anunciado ya que el Gobierno recurrirá esta resolución "en el plazo más breve posible" ante la Gran Sala del TEDH "sin agotar" el plazo de tres meses del que disponen. Pese a que la sentencia no es vinculante y no supondría la excarcelación de la etarra, al haber suscrito España el Convenio Europeo de Derecho Humanos, el Gobierno estaría obligado a cumplir con la indemnización fijada si la Gran Sala del TEDH rechaza el recurso del Abogacía del Estado y confirma la sentencia.

El Tribunal expresó su rechazo a esta doctrina por considerar que "vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a los condenados bajo el antiguo código penal de 1973", como es el caso de la demandante. Estrasburgo pidió por ello "la puesta en libertad" de Del Río "en la mayor brevedad posible" y exigió en su sentencia que España la indemnice con 30.000 euros por los daños morales causados y 1.500 por gastos y costas. El fallo, adoptado por unanimidad por la Sala Tercera de la Corte europea, dice que España violó los artículos 7 (no hay pena sin ley) y 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Del Río (Tafalla, 1958) fue detenida en Zaragoza en julio de 1988, cuando se dirigía en un vehículo con 35 kilos de amonal a Torremolinos (Málaga) para iniciar una serie de atentados en la Costa del Sol. Fue condenada a más de 3.000 años de cárcel, de los cuales 2.232 correspondieron a la ayuda que prestó al comando Madrid, liderado por Ignacio de Juana Chaos, para perpetrar el atentado contra un convoy de la Guardia Civil en la plaza madrileña de la República Dominicana, en el que hubo 14 muertos y 40 heridos.

Un mes y medio antes de su puesta en libertad -prevista para el 2 de julio de 2008-, tras 20 años en prisión -10 menos del máximo establecido de 30 por los beneficios penitenciarios- la Audiencia Nacional le aplicó la doctrina Parot y fijó su excarcelación para el 27 de julio de 2017. Esa doctrina se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2006, que dice que "la ejecución de la totalidad de la condena (...) comenzará con las penas más graves" y establece que los beneficios se apliquen de manera individual a cada una de ellas, hasta el límite legal. La sentencia de recuerda que el citado artículo 7 del Convenio "prohíbe que el derecho penal sea interpretado de forma extensiva en detrimento del acusado" y estima que el cambio de jurisprudencia aplicado "era imposible de prever".

En cuanto a la violación del artículo 5, la condena, que puede ser recurrida por España en el plazo de los próximos tres meses, concluye que la revisión de la duración de la pena de la demandante se aplicó con retroactividad.

Los abertzales dicen que supone un "varapalo severo" al Gobierno central y le insta a derogar esta "irregular" doctrina

La portavoz de la izquierda abertzale, Maribi Ugarteburu, ha asegurado que la resolución del Tribunal europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) sobre la doctrina Parot aplicada a la miembro de ETA Inés del Río, supone un "varapalo severo" al Gobierno central y le ha instado a derogar esta "irregular" doctrina. En una rueda de prensa, en la que ha comparecido junto a Pernando Barrena, la portavoz de la izquierda abertzale ha afirmado, ante la respuesta del ministro del Interior, Jorge Fernández, que ha asegurado que recurrirán y que no pondrá en libertad a Inés del Rio, que "da la medida de lo que está haciendo hoy por hoy el Gobierno del PP en lo referente a la resolución del conflicto político vasco"

Ugarteburu ha asegurado que, jurídicamente, el Gobierno tiene derecho a presentar los recursos que estime "oportunos", pero políticamente y, "ante la sociedad vasca y europea", queda en un "nefasto lugar, una vez más". A su juicio, la sentencia "habla muy claro de irregularidad y de vulneración de derechos humanos fundamentales". "El Gobierno español lo debería de tener muy en cuenta más allá de la inmediata respuesta mediática que haya podido dar y le correspondería acatar dicha sentencia y derogar esa doctrina irregular", ha afirmado.

Por su parte, Pernando Barrena ha señalado que, aunque la sentencia del TEDH responda al recurso de una presa en concreto, el contenido de la misma "deja en evidencia que la denominada Doctrina Parotes irregular en su totalidad y en esencia", al tiempo que se ha ratificado en que "el irregular alargamiento de condenas es una medida que responde únicamente a una estrategia de guerra y venganza". Por ello, ha considerado que, junto con la liberación inmediata de Inés Del Rio, el Estado español debería "liberar a las otras 60 personas afectadas por la aplicación de la Doctrina Parot" porque "ya han cumplido la condena impuesta y su liberación debería de ser una medida jurídica y política a adoptar sin demora".

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