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Los memorandos del Brexit apenas dejan sitio para las autoridades del Campo de Gibraltar

Los comités que dirigirán las relaciones en cuanto a derechos ciudadanos, tabaco, medio ambiente y cooperación policial sólo contemplan una silla para un representante "local" indeterminado

Vista panorámica de La Línea, con el Peñón al fondo. / Erasmo Fenoy

La reducción de la diferencia del precio del tabaco en un 32%, la creación de enlaces entre los cuerpos policiales y aduaneros, así como la garantía de que se respetarán los derechos a uno y otro lado de la Verja. Así son los cuatro memorandos que los gobiernos de España y Reino Unido, a través del de Peñón, han hecho públicos esta mañana y que regirán la relación entre el Campo de Gibraltar y la Roca -al menos- durante el periodo de transición del Brexit.

Los memorandos son en resumidas cuentas cuatro declaraciones de (buenas) intenciones que establecen el modo en el que España y Gibraltar se relacionarán, fundamentalmente a través de comités especializados conjuntos que suponen una experiencia inédita en la historia. La representación de las autoridades del Campo de Gibraltar en estas comisiones se ve reducida al mínimo, al menos sobre el papel.

Estos documentos emanan del Protocolo sobre la salida de Gibraltar de la Unión Europea que está incluido en el gran Acuerdo de Retirada, por lo que no entrarán jamás en vigor si la primera ministra británica, Theresa May, no logra sacarlo adelante en su Parlamento dentro de dos semanas. De momento, las cuentas no le salen.

Derechos de los ciudadanos

El memorando sobre los derechos de los ciudadanos implica la creación de un Comité de Coordinación Conjunto de conformidad con el Artículo 1 (3) del Protocolo sobre Gibraltar, incluido en el Acuerdo de Retirada. “El propósito del Comité será garantizar que las disposiciones contenidas en el artículo 1 del Protocolo sobre Gibraltar, relativas a los derechos de los ciudadanos y de los trabajadores, se apliquen correctamente. En este sentido, las autoridades laborales competentes velarán por el cumplimiento de dichas disposiciones. Todos los beneficios sociales se extenderán a los trabajadores de ambos lados, según los acuerdos actuales y futuros, en pleno respeto del principio de no discriminación”, se lee en el escrito.

Cada parte nombrará a un máximo de siete miembros y los comunicará al otro, así como cualquier cambio, de tal manera que haya siempre un número igual de miembros de España y del Reino Unido.

En nombre de España, el comité incluirá: cuatro representantes de la Administración General del Estado, con competencias en las áreas estipuladas en el artículo 1 (al menos habrá un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores), dos de la administración regional, propuestos por la Junta de Andalucía, y un representante de la administración local.

En nombre del Reino Unido, incluirá un representante designado por el Gobierno del Reino Unido y seis nombrados por las autoridades competentes de Gibraltar.

El comité se reunirá al menos trimestralmente; también puede celebrar reuniones ad hoc a petición formal de cualquiera de las partes. Las reuniones se llevarán a cabo alternativamente en el Campo de Gibraltar y en el Peñón.

A los fines de la organización administrativa y la gestión de las actividades del Comité, cada parte designará un asunto a tratar. Los dos se comunicarán por adelantado para preparar la agenda de las reuniones. En su primera reunión, el Comité aprobará, mediante acuerdo entre sus miembros, los métodos de trabajo y el reparto de las funciones.

El Reino Unido y España facilitarán los procedimientos para el reconocimiento de derechos y beneficios para trabajadores y trabajadores fronterizos. En particular, se garantizará el registro de los solicitantes de empleo.

Si cualquiera de las partes considera que la otra no está cumpliendo con todas sus obligaciones en virtud del artículo 1 del Protocolo sobre Gibraltar, el asunto puede ser sometido a discusión por el Comité, el cual evaluará la situación y podrá hacer recomendaciones. Si, luego de transcurridos tres meses, una de las partes considera que el incumplimiento no se ha abordado adecuadamente, el asunto puede ser presentado al Comité establecido por el artículo 165 del Acuerdo de Retirada y cuya función se explica con más detalle en el artículo 6 del Protocolo de Gibraltar.

Medio Ambiente

El memorando sobre Medio Ambiente sirve para la creación de un Comité Técnico y de Coordinación (en adelante, TCC), formado por los gobiernos de España y Reino Unido, al que se invitará a la Unión Europea y que se pondrá en marcha “tan pronto como sea posible después del 30 de marzo de 2019”. Surge por “la importancia de mantener altos estándares de protección ambiental, que contribuyan al desarrollo económico y social sostenible y a la continuidad de las buenas prácticas ambientales tanto en Gibraltar como en los alrededores, en particular el territorio de los municipios que conforman la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar”.

El documento reconoce que la cooperación entre las autoridades competentes “es esencial para garantizar la aplicación efectiva de los acuerdos” y refleja que se forma en función del artículo 4 del Protocolo, es decir, que todas sus decisiones se tomarán “sin perjuicio de la legislación de la UE que se aplique durante el período de transición”.

El TCC informará regularmente al Comité Especializado del artículo 165 del Acuerdo de Retirada. Las partes nombrarán un presidente-coordinador que rotará entre las autoridades competentes cada cinco meses. España y Reino Unido se comprometen a desempeñar sus funciones con la mejor fe y en el único interés de la protección y la mejora del Medio Ambiente.

El TCC pretende servir como foro para mejorar la cooperación y para el intercambio de información a solicitud de las partes sobre la calidad del aire en la comarca y Gibraltar. También sobre la evaluación del impacto ambiental de los proyectos propuestos a ambos lados de la Verja (incluidos los rellenos o terrenos ganados al mar) y respecto a la calidad del agua y la protección del hábitat marino. El memorando contempla que los buques de investigación científica de la UE o Reino Unido que tengan la intención de llevar a cabo sus actividades en esa área deberán informar al TCC de su ruta, duración, objetivos y cualquier otro asunto relevante, así como proporcionarle una copia de los resultados de la investigación. Las actividades de los barcos científicos en la bahía han provocado siempre el rechazo del Gobierno de Gibraltar, que las consideraba incursiones ilegales hasta el punto de que en alguna ocasión han generado conflictos diplomáticos. El TCC será, durante el periodo de transición, el marco en el que ambas partes intentarán ponerse de acuerdo en otro asunto muy polémico: la actividad pesquera.

El TCC, junto con el Grupo de Trabajo de Aduanas, también intentará mejorar la cooperación con respecto a los desechos sólidos y escombros que cruzan desde Gibraltar hasta España para su tratamiento en lugares distintos al vertedero de la Mancomunidad de Municipios y promoverá la máxima protección ambiental con respecto a las actividades de abastecimiento de combustible.

Cooperación policial y aduanera

El memorando sobre cooperación policial y aduanera compromete a las partes a “intensificar” el trabajo común a través de una Comisión de Coordinación Conjunta y crea la figura del funcionario de enlace, uno por cada parte. En los periodos que transcurran entre las reuniones, ambos “se esforzarán por asegurar que el diálogo y la colaboración entre sus respectivos servicios son adecuados y fluidos”.

El fin es que se establezca una coordinación directa entre la policía y los servicios aduaneros que participen en las operaciones.

Los firmantes declaran “su profundo compromiso de colaborar estrechamente para la correcta aplicación de la legislación penal y aduanera a los efectos de prevenir y luchar contra los delitos y las violaciones de la legislación aplicable en ambas materias en Gibraltar y la zona circundante” y que se inspirarán “en los principios y mecanismos de cooperación administrativa y policial consagrados en la legislación penal y aduanera vigente en la Unión Europea”.

España y el Reino Unido, en nombre de Gibraltar, establecen que el trabajo policial y aduanera comprenderá los delitos previstos en la legislación penal vigente a ambos lados de la Verja, entre ellos los de “terrorismo, de tráfico y trata de personas, de tráfico de armas, de ciberdelincuencia, de tráfico de estupefacientes y otras mercancías, contra el medioambiente (incluyendo, el tráfico de residuos peligrosos y la pesca ilegal), de corrupción, el blanqueo de capitales y el fraude”.

En lo que se refiere a la seguridad vial, la cooperación se basará en la transferencia de los datos de las personas físicas que supuestamente los hayan cometido, así como en el intercambio de los carnés de conducir de los titulares y, en su caso, de las pólizas de seguro de los vehículos.

El memorando establece la prioridad del intercambio de información sobre investigaciones financieras y patrimoniales, esencial para la lucha contra el narcotráfico, y deja la iniciativa a los mandos para definir y llevar a cabo procedimientos conjuntos contra la delincuencia.

En las aduanas, se fomenta el intercambio de información, por iniciativa propia o a instancia de cualquiera de las partes, para evitar el fraude, el contrabando, los movimientos de dinero en efectivo y al blanqueo de capitales. También se contempla la colaboración en operaciones conjuntas relacionadas con la circulación de mercancías sujetas a control aduanero y la lucha contra el tráfico de estupefacientes.

La Comisión de Coordinación conjunta estará formada, por parte de España, por representantes de la Secretaría de Estado de Seguridad, de la Policía Nacional, de la Guardia Civil, de la Agencia Tributaria, del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Delegación del Gobierno en Andalucía. Por parte británica, la Comisión estará formada por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Commonwealth y de la Policía Real de Gibraltar, de la Administración de Aduanas de Gibraltar y de las autoridades migratorias competentes del Peñón. Contará con un Grupo de Trabajo en materia policial y otro en materia aduanera y se reunirá periódicamente. El orden del día, con los asuntos a tratar en las referidas reuniones, se acordará conjuntamente por adelantado. Cuando así se justifique por razones de urgencia o gravedad de la cuestión a tratar y esta no pueda resolverse en los Grupos de Trabajo, la Comisión podrá celebrar reuniones ad hoc.

Tabaco

En el memorando sobre el tabaco, el gobierno de Gibraltar se compromete a garantizar que, como muy tarde el 30 de junio de 2020, el diferencial del precio medio minorista de cigarrillos, puros, picadura fina de tabaco y otros productos similares no superará el 32% del último precio español. Este compromiso no se aplicará a las ventas libres de impuestos a pasajeros en puertos y aeropuertos.

En lo que respecta a los cigarrillos, el mercado se dividirá en cuatro categorías de producto según un precio mínimo fijado para cada categoría. Para la picadura fina se establecen dos rangos.

Las autoridades gibraltareñas competentes fijarán los precios mínimos minoristas de cada una de las categorías de productos del tabaco, que se publicarán trimestralmente en la Gaceta de Gibraltar, y pondrá en marcha los mecanismos necesarios para garantizar que todos los minoristas los respetan.

Las partes establecerán mecanismos de seguimiento para intercambiar, cada trimestre, información relativa a las cantidades importadas, vendidas o exportadas de productos del tabaco. En el caso del tabaco crudo o sin elaborar, con especificación de la variedad, el origen, el exportador, el destino, el importador y el peso en kilogramos. Además contempla la tendencia de los precios minoristas de cada tipo de producto del tabaco e indicará: el precio medio ponderado de la cantidad vendida, el precio mínimo y el máximo.

Las partes se comprometen cooperar “en la identificación de las personas domiciliadas en su respectivo territorio que, en el marco de procedimientos iniciados en relación con el contrabando de productos desde o hacia Gibraltar, puedan ser considerados directa o indirectamente responsables de dichos actos”, así como en las investigaciones abiertas para la determinación de los hechos y la atribución de responsabilidad. Esto supone que Gibraltar comunicará a España información individual relativa a elementos patrimoniales a efectos de tributación, con el fin de recaudar las deudas debidas al Estado. Además cooperarán en la retención de cualquier pago que la Administración requerida deba hacer al supuesto deudor y la congelación de elementos patrimoniales.

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