La Policía Nacional destituye al inspector jefe que ordenó el sellado de pasaportes a los gibraltareños
El hasta ahora responsable del Puesto de Control Fronterizo ampliará el lunes ante el juzgado de La Línea su denuncia por prevaricación contra sus mandos
La Policía Nacional deja de sellar los pasaportes a los llanitos "hasta que haya acuerdo entre España y Reino Unido"

Algeciras/Un correo electrónico ha sido el método por el que D.B., hasta ahora inspector jefe del Puesto de Control Fronterizo de Gibraltar, ha conocido hoy, viernes, su destitución en el cargo. La jefatura de la Comisaría de la Policía Nacional de La Línea ha tomado la decisión después de que esta mañana, desde las 10:30, los agentes destinados en la Verja que separa la colonia británica de la localidad vecina comenzasen a sellar los pasaportes de los gibraltareños antes de pasar a España.
El cese de funciones de D.B., que se encuentra a la espera de conocer sus nuevas atribuciones, es por el momento el desenlace de un proceso que le ha llevado a enfrentarse en los últimos meses con sus superiores jerárquicos por los criterios de aplicación a los británicos (incluidos los llanitos) del Código de Fronteras Schengen en la Verja: a juicio de D.B., dicha norma obliga a controlar y sellar los pasaportes de aquéllos al tratarse de ciudadanos de terceros países ajenos a la UE; para sus superiores, por contra, las peculiaridades de ese paso fronterizo obligan a hacer controles de paso laxos y evitar aglomeraciones.
El resultado de este pulso se ha escenifcado este viernes con la formación en el Peñón de largas colas de coches para entrar en España, desde las 10:30 y su desaparición progresiva en torno a las 12:00, cuando el inspector jefe fue llamado a la Comisaría y su segundo de a bordo recibió orden de la comisaria jefa para poner fin al sellado de los pasaportes.
Fuentes próximas al inspector jefe destituido entienden que su relevo ha sido del todo irregular, puesto que este debió ser decidido por la misma persona que lo nombró (el director general de la Policía Nacional) y que previamente debió ser informado de sus nuevas funciones en la misma Comisaría, sin pérdida de escala profesional ni de salario.
Las mismas fuentes anuncian que el próximo lunes, D.B. ampliará ante el Juzgado nº 3 de Primera Instancia e Instrucción de La Línea la denuncia por presunto delito de prevaricación que presentó el 22 de noviembre. En aquel momemto, la base de su denuncia fue que no pedir el pasaporte a los ciudadanos extracomunitarios vulnera el Código de Fronteras Schengen, norma vigente en el conjunto de la UE. A la supuesta prevaricación podría añadir ahora los delitos de coacciones y abuso de poder.
El paso dado por el responsable policial con aquella denuncia no tenía precedentes, pero se hacía eco de una reflexión compartida por muchos otros: el statu quo del que disfrutan Gibraltar y sus ciudadanos es una anomalía que impide que se pueda controlar tanto su tiempo de estancia en la UE -en España o en cualquier otro país miembro- como los motivos de la misma.
Escritos sin respuesta
La denuncia del inspector jefe ponía el acento en dos aspectos: el riesgo que supone para la seguridad de los 27 la puesta en práctica de esos controles laxos y la presunta comisión de un delito de prevaricación que supone ponerla en práctica por parte de los policías nacionales destinados en la Verja. Así lo había reflejado ya en cuatro escritos dirigidos a sus superiores de la Brigada Local de Extranjería y Fronteras -fechados el 13, 20 y 27 de septiembre y 4 de octubre pasados- que quedaron sin respuesta.
En todos ellos, les reclamaba la “legislación que justifique el proceder con los gibraltareños y, caso de no encontrarse, se den instrucciones firmadas y por escrito en las que se exponga el celo y la ponderación con los que ha de aplicarse el Código de Fronteras Schengen a los referidos ciudadanos de terceros estados”.
Responsabilidades penales
El fondo del debate se sitúa en las responsabilidades, incluidas las de carácter penal, que los policías responsables del control de los pasaportes en la Verja pueden afrontar por no llevar a cabo sus funciones de acuerdo a lo estipulado en dos artículos del Código de Fronteras Schengen: el 6, sobre las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países, y el 11, relativo al sellado de los documentos de viaje.
Por el momento, las instrucciones recibidas por los agentes destinados en la Verja para que hagan una excepción en la aplicación del citado código y faciliten un paso fluido han sido solo verbales, ninguna por escrito, como se deduce de la insistencia al respecto que pone en sus misivas el jefe del puesto fronterizo linense.
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