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¿Qué requisitos deben cumplir los ciudadanos británicos para entrar en España desde Gibraltar?

Viajes

El paso de vehículos por la Aduana hacia Gibraltar. / A. Carrasco Ragel / Efe
P. D.

16 de noviembre 2023 - 11:27

Tras el inicio del proceso del Brexit en 2016 y una vez finalizado el periodo transitorio, desde el 1 de enero de 2021 la relación entre el Reino Unido y la Unión Europea está basada en el Acuerdo de Comercio y Cooperación. Para desarrollar a nivel nacional las disposiciones contenidas en este Acuerdo, el Gobierno de España aprobó el 29 de diciembre de 2020 un Real Decreto-ley con el objetivo de tutelar de manera adecuada los intereses de ciudadanos y operadores económicos.

Los ciudadanos británicos no necesitan visado para entrar en el espacio Schengen para estancias de hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Por tanto, los nacionales británicos podrán desplazarse a España sin necesidad de visado, aunque necesitarán en el futuro una autorización electrónica de entrada (ETIAS).

Los británicos, como cualquier nacional de un tercer país, deben cumplir con los requisitos de entrada establecidos en el Código de Fronteras Schengen

A partir del 1 de enero de 2021, los nacionales británicos, como cualquier nacional de un tercer país, deben cumplir con los requisitos de entrada establecidos en el Código de Fronteras Schengen, entre los que se encuentran la necesidad de justificar el objeto y las condiciones de la estancia prevista y disponer de medios de subsistencia suficientes, tanto para el período de estancia previsto como para el regreso, así como que la estancia no podrá superar los 90 días por periodo de 180, sea en una o en varias visitas. Los británicos deberán identificarse con su pasaporte y estarán exentos de visado.

Los británicos beneficiarios del Acuerdo de Retirada estarán exentos de los requisitos arriba expuestos. También lo estarán los británicos que, a partir de la fecha indicada, obtengan autorización de residencia en España por el régimen general.

A su vez, los familiares de británicos dejarán de beneficiarse del régimen comunitario, debiendo solicitar el correspondiente visado Schengen, previo abono de la tasa de visado y el cumplimiento de los requisitos legales. Se exceptúan los familiares de británicos que se hayan establecido España u otro Estado miembro antes del 31 de diciembre de 2020, quienes podrán solicitar un visado de familiar de comunitario.

Estancia por estudios de más de 90 días y residencia

Los nacionales británicos y sus familiares quedarán sometidos al régimen general de extranjería y necesitarán visado para permanecer en España más de 90 días en cualquier período de 180, así como para determinadas actividades de menos de 90 días de duración: actividades laborales, profesionales, artísticas o religiosas. Por otra parte, los nacionales británicos y sus familiares podrán acogerse al régimen contenido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Mascotas

Si usted viaja con mascotas podrá seguir haciéndolo, pero necesitará que las autoridades sanitarias de Gran Bretaña le emitan el correspondiente certificado zoosanitario y que realice su entrada por alguno de los aeropuertos o puertos autorizados al efecto. Cuando se trate de perros, gatos y hurones, además del certificado zoosanitario habrá que presentar una vacuna válida frente a la rabia. Para la vuelta a Gran Bretaña, será necesario realizar el tratamiento antiparasitario entre los días 1 y 5 antes del viaje.

Permisos de conducción

Los permisos de conducción emitidos por las autoridades británicas serán válidos para conducir en España durante el plazo de seis meses. Cuando se trate de viajes cortos o por turismo, serán seis meses a contar desde la fecha de entrada al país. En el caso de los ciudadanos británicos residentes en España, el plazo es desde la fecha en que se obtuvo la residencia legal en el país. Una vez finalizados los seis meses de plazo, será necesario obtener un permiso de conducir español. Los residentes británicos que no solicitaron el canje, la renovación o la sustitución extraordinaria de su permiso de conducción antes del 31 de diciembre de 2020 deberán realizar los trámites para obtener un nuevo permiso de conducir español.

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