Absueltos los cuatro policías locales acusados de no evitar una paliza

La Audiencia no duda de las lesiones de la víctima, pero ve que no hay certeza de que llegaran a presenciar la agresión

Imagen de la jefatura de la Policía Local.
Imagen de la jefatura de la Policía Local.
D. L. / Algeciras

10 de noviembre 2010 - 01:00

La sección algecireña de la Audiencia Provincia ha absuelto a los policías locales de La Línea I. J. A. L., J. M. F. R., J. P. B. y P. B. P. de un delito de omisión del deber de perseguir delitos. Estaban acusados de presenciar sin hacer nada por evitarlo una paliza de un agente a un ciudadano que supuestamente se produjo en el patio de la jefatura local el 5 de noviembre de 2001.

La sentencia del tribunal recoge que son incuestionables las lesiones de la víctima, pero que no hay certeza ni del autor de los golpes ni de que los acusados lo permitieran ni que siquiera estuvieran por allí. La acusación particular, que les demandaba 24 meses de multa y 2 años de inhabilitación, no va a recurrir ante el Tribunal Supremo. La sala resolvió ya en las cuestiones previas que el delito de lesiones, que también les era solicitado, ya había prescrito.

La falta de pruebas y que la víctima no supo a ciencia cierta reconocer la identidad de la persona que le golpeó de manera repetida desmontaron buena parte de la acusación.

El ministerio fiscal calificó en sus conclusiones las declaraciones de los testigos de corporativismo funcional. Insistió en la responsabilidad penal de los acusados al recordar que J. L. G. Q. salió de su casa sin lesiones y volvió con ellas. "Son compatibles con una paliza y no con una caída". Destacó los detalles con los que relató el agredido los hechos.

La acusación particular subrayó que a su representado se la ha hecho parecer como un borracho y un pendenciero. "Fue trasladado a la jefatura y no tenía heridas y después de salir sufría las lesiones". Una de las defensas entendió que lo único que había para imputar a los cuatro policías era la declaración del perjudicado y las ruedas de reconocimiento, a las que calificó de contrarias a la ley y que dejaron dudas. Finalmente las ruedas de reconocimiento no se anularon.

La tesis que mantuvo otra de las defensas es que el damnificado salió de casa, estaba borracho, tuvo una reyerta en un pub de la plaza Cruz de Herrera en la que intervino la Policía Local y que camino de su casa se metió en otra pelea, que fue la que le provocó las lesiones. Dijo que no le cuadraba que saliera de la jefatura, supuestamente ya lesionado, y se fuera a su hogar, a unos 2 kilómetros, andando.

Los agentes que estuvieron de servicio aquella noche testificaron que aquella noche se produjera un altercado en la jefatura y que fuera el causante de las lesiones de la víctima, que acabó con una fractura de peroné y otra de una costilla.

Uno de los funcionarios municipales recordó que J. L. G. Q. había sido expulsado de un local y que más tarde fue trasladado a la jefatura por alteración y para evitar más molestias. Aseguró que entró y salió con él y que dentro no se produjo ningún incidente.

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