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La Audiencia ratifica el aislamiento de Samuel Crespo tras 6 meses en prisión

El narco que protagonizó la sonada fuga del hospital de La Línea está en régimen cerrado

El auto recuerda que cuando ocurrieron los hechos ya estaba en busca, tras no volver de un permiso

Detención de Samuel Crespo en Jimena en junio de 2018.
R. Montenegro

24 de enero 2019 - 06:33

El 6 de febrero de 2018 uno de los miembros del clan de los Castañitas, Samuel Crespo, fue detenido en La Línea tras tener un accidente en la moto que conducía mientras era perseguido por la Policía Nacional. El narco fue llevado al hospital para ser atendido de las heridas que sufría y allí se vivió un episodio que fue noticia nacional: un grupo de personas asaltó la sala de curas para llevarse al detenido, que estaba en busca tras no haber regresado de un permiso penitenciario. Y lo consiguieron. Ahora, tras seis meses en prisión, el narcotraficante ha solicitado un cambio en el régimen penitenciario que se le está aplicando, el más estricto, y se le ha denegado.

El 27 de junio la Policía daba con Crespo en una vivienda en Jimenade la Frontera y lo detenía junto a otras diez personas. Crespo fue enviado a prisión; al contar con otras dos órdenes de búsqueda y captura y penas pendientes, también tenía que cumplir estas sentencias.

En julio del pasado año la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias decidió por unanimidad destinar a Samuel Crespo a la prisión de Morón de la Frontera (Sevilla) y aplicarle el régimen cerrado o primer grado, por el que el preso permanece en celda individual con una limitación de las actividades en común de las que disfrutan el resto de los presos.

En el caso de Crespo se le aplica la modalidad de departamentos especiales, la más restrictiva, en la que pueden limitarse las horas de salida al patio hasta las tres diarias y no se le permite permanecer con más de un interno en esas salidas. También se establece un registro de las celdas y cacheo de los internos diario y un régimen especial para el uso de los servicios del centro penitenciario, de barbería a duchas. La actuación con estos presos estará orientada, establece el reglamento penitenciario, “a lograr la progresiva adaptación del interno a la vida en régimen ordinario”.

Para la junta de tratamiento del centro, la aplicación de esta modalidad penitenciaria está justificada por “su presunta relación con delitos generadores de gran alarma social, así como gravedad, planificación y violencia de los hechos delictivos, pertenencia a organización criminal, congregaciones en situación de custodia, así como por razones regimentales y de seguridad”.

El abogado del narco, por contra, alega que “no se dan las causas objetivas” para aplicar un régimen cerrado, aludiendo a “hechos falsos que se narran por parte de los medios de comunicación”. El defensor considera que no se da peligrosidad extrema en su defendido y argumenta que no fue instigador de lo ocurrido en el hospital. Por ello, pide que se le retire el régimen cerrado en un recurso a la Audiencia Provincial.

Pero no ha tenido éxito. La Audiencia respalda la decisión adoptada por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria al rechazar la queja de Samuel Crespo. La sección algecireña remarca en un auto que más allá de lo ocurrido en el hospital, “lo cierto es que el señor Crespo, en uno de los permisos penitenciarios que le fueron concedidos, no regresó al centro penitenciario hasta el momento en que fue visto y perseguido por la Policía Nacional”. Ese hecho –no regresar a la prisión de un permiso– y huir de la Policía al ser visto “ya es suficiente para que la Administración Penitenciaria adopte medidas para un mejor y estricto control de la pena a cumplir”. Además, remarca la Audiencia, el hecho de haber sido liberado del hospital de La Línea cuando se hallaba custodiado por un grupo de personas, actuando al unísono, “denota coordinación entre todas ellas”.

Por todo ello, la Audiencia desestima el recurso interpuesto y Samuel Crespo permanecerá en el régimen cerrado adjudicado.

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