España rechaza la entrada de 35 personas desde Gibraltar, la mayoría británicos que no cumplían los requisitos
Paso fronterizo
El Gobierno gibraltareño afirma que el statu quo de la Verja no ha sufrido ningún cambio
El paso por la Verja si Gibraltar no entra en Schengen: controles biométricos en España y visados para estancias largas
Las autoridades españolas rechazaron la entrada en España desde Gibraltar a unas 35 personas en la jornada del martes. La gran mayoría eran ciudadanos británicos y, por tanto, titulares de tarjetas magenta emitidas por el registro civil llanito, que no cumplían los requisitos para acceder a la Unión Europea.
Una de las personas a las que se le denegó la entrada fue un gibraltareño que no presentó una tarjeta de identificación roja de Gibraltar. Otro, un ucraniano residente en Gibraltar, según ha publicado varios medios de comunicación gibraltareños.
El Gobierno gibraltareño ha afirmado que el statu quo existente no ha cambiado y que los titulares de documentos de identidad rojos de Gibraltar no tendrán que sellar sus pasaportes al cruzar la frontera para viajar dentro de España, medida transitoria entretanto continúa la negociación entre la Comisión Europea y Reino Unido para la futura relación del Peñón con su entorno.
La Agencia de Fronteras y Guardacostas que no tiene conocimiento de algún ciudadano británico que haya presentado su pasaporte y un documento de identidad rojo de Gibraltar al que se le haya pedido que proporcione los motivos del viaje.
A la mayoría se les preguntó por el motivo de su visita a España y por reservas de vuelos o hoteles, como exige la normativa europea de control de las fronteras, que indica que para acceder a la UE (en este caso, España) por un periodo de duración inferior a tres meses (turismo, negocios, estudios), los nacionales de terceros países tienen que presentar su pasaporte en vigor y visado en caso necesario. Solo están exentos de este requisito los países que han alcanzado acuerdos particulares para eliminarlo. No es el caso de Reino Unido.
El Código de fronteras Schengen exige también "estar en posesión de documentos que justifiquen el objeto y las condiciones de la estancia prevista y disponer de medios de subsistencia suficientes". En el caso de España, a petición de las autoridades, la persona debe demostrar estar en posesión de un mínimo 100 euros por día de estancia (mínimo de 900). Además, se podrá exigir documentación acreditativa del objeto de la visita, como la reserva de hotel o viaje concertado, la invitación a un congreso o la matrícula en un curso. Si no se posee esa documentación, no se puede acceder a España. El requerimiento es potestativo; los agentes de frontera pueden hacerlo o no en función de la situación del paso fronterizo y su criterio.
En abril de 2022, España comenzó a aplicar esta normativa en la Verja para los nacionales de terceros países no residentes en Gibraltar. Los agentes de la frontera comenzaron a requerir la documentación sobre el objeto de la visita, como una reserva de hotel o carta de invitación, lo que supuso limitar los habituales tránsitos para compras u ocio que antes realizaban los extranjeros en estancias de trabajo, turistas llegados en cruceros y militares de la base, principalmente de nacionalidad británica.
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