Absueltos los responsables de una autoescuela de La Línea y un camionero denunciados por falsedad documental

La Guardia Civil les imputó el delito por un certificado que las partes consideran un documento privado

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Tráfico en la ciudad de La Línea.
Tráfico en la ciudad de La Línea. / Erasmo Fenoy

La Línea/El juzgado mixto número 2 de La Línea ha absuelto a tres personas que fueron denunciadas por la Guardia Civil por la supuesta comisión de un delito de falsedad documental en la emisión de Certificados de Aptitud Profesional (CAP).

El caso se remonta a principios de 2023, cuando el Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT), del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Cádiz, inició una investigación cuando Agentes del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Algeciras, durante una inspección de transporte, detectaron al identificar al conductor de un camión que el mismo portaba un certificado de cualificación y actualización de su certificado CAP expedido con fecha posterior al del momento de la identificación. La inspección tuvo lugar el 23 de marzo de 2023 y el documento tenía fecha del 26 de marzo.

Por ese motivo, el director de una autoescuela de la ciudad, un trabajador del negocio y un conductor de camiones fueron formalmente declarados como investigados (la actual denominación para la antigua imputación de un delito) y así informó de ello la Guardia Civil en un comunicado oficial alegando que con esta práctica se buscaba certificar la realización de cursos que no se habían llevado a cabo.

Ahora, una vez celebrado el juicio, los tres procesados han sido absueltos por el tribunal. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Sur, el conductor alegó que mostró el certificado ante la insistencia de los agentes de la Guardia Civil sobre si estaba o no realizando el curso de capacitación necesario para conducir camiones. "Alega que no llegó a comprobar el contenido del documento para adverar que el mismo manifestaba, el 23 de marzo -cuando tuvo lugar el control- que el curso había terminado el día 26", destaca el apartado de fundamentos de derecho del fallo judicial.

En la vista, el director de la autoescuela y el empleado manifestaron, además, que dicho certificado lo expiden solo para que los trabajadores puedan justificar "ante sus empresas" que están realizando el curso, sin que este tenga validez legal y siendo un documento "de naturaleza privada". "Esto es cierto hasta el punto de que el propio documento menciona que queda pendiente de la emisión de la Dirección General del Transporte", agrega la sentencia.

Así, el tribunal entiende que los hechos no son constitutivos de infracción penal basándose en el principio de la presunción de inocencia y subraya la coincidencia en los testimonios para dar por zanjado el caso.

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