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El fiscal pide responsabilidades a los consejeros de la RTV municipal

Solicita que Araujo, Espada, Barranco, García Mellado, Villar y Peño paguen a los acreedores la cifra que no se cubra con la liquidación de la sociedad al ver "culpa grave" en su insolvencia

El edificio en el que se encontraban las instalaciones de la RTV municipal de La Línea. / Erasmo Fenoy
R. Máiquez

17 de abril 2018 - 06:58

La línea/El fiscal considera que el concurso de acreedores de la Sociedad Municipal de Comunicación (Somdeco), empresa que gestionaba la radiotelevisión municipal de La Línea, es culpable, por lo que pide responsabilidades a los miembros del consejo de administración que participaron en la junta general extraordinaria celebrada el 1 de septiembre de 2011, en la que se inició el proceso de disolución. Los integrantes eran Gemma Araujo, como alcaldesa y presidenta del consejo; Francisco Espada, liquidador de la sociedad (ambos del PSOE), y los vocales Asunción Barranco (PSOE), María Teresa García Mellado (PP), Ángel Villar (PA) y Ceferina Peño (por entonces en IU). También participó en esa sesión el edil popular Juan Francisco García Medina, fallecido en 2012.

La calificación de concurso culpable por parte del fiscal coincide con la de la defensa de los extrabajadores de Somdeco, mientras que el administrador concursal considera que el concurso se produjo de forma fortuita al no detectar indicios de una mala gestión. En todo caso deberá ser el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz el que dictamine si el concurso es culpable o fortuito.

El Ministerio Fiscal aprecia en estos consejeros y en el Ayuntamiento, como administrador de hecho, "culpa grave que ha influido decisivamente en la agravación de insolvencia" de la empresa pública por haber incurrido en algunas de las causas previstas en la Ley Concursal. De esta manera, el fiscal propone una inhabilitación de cinco años para cada uno de los consejeros para administrar bienes ajenos, la pérdida de cualquier derecho sobrevenido contra la masa activa de Somdeco y que se les condene a pagar a los acreedores concursales, "personalmente, el importe de los créditos que no resulte cubierto por la liquidación de la masa activa generados desde el cese de la actividad" de la empresa, el 7 de noviembre de 2011.

El fiscal estima que el consejo de administración incumplió el artículo 164.1 de la Ley Concursal, una de las causas para calificarlo como culpable por la "generación y agravación del estado de insolvencia mediando dolo o culpa grave del deudor". En el caso de Somdeco el deudor era el Ayuntamiento de La Línea, que financiaba "casi de forma exclusiva" el funcionamiento de la sociedad. "Cuando dejó de hacerlo en 2013, la empresa dejó de tener viabilidad, y pese al acuerdo en la junta general extraordinaria del 1 de septiembre de 2011, en la que se acordó la disolución y liquidación, esta no se produjo de forma efectiva, continuando el incremento de las deudas de la sociedad porque no se produjo la solicitud del concurso hasta el 22 de octubre de 2014".

Al no haberse solicitado el concurso hasta después de más de tres años, la deuda se incrementó en más de 100.000 euros hasta situarse en 1.327.261,54 euros. Tampoco se presentaron las cuentas en el Registro Mercantil desde el ejercicio de 2009 ni se auditaron las cuentas, como estaba obligada la administración de Somdeco, es decir, el Ayuntamiento.

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