La pesca artesanal, la flora y la fauna del Estrecho, protegidos por la UE
La Unión Europea aprueba el procedimiento de información pública para la inclusión en la Red Natura 2000 de la zona como Lugar de Interés Comunitario (LIC)

La tortuga boba, la marsopa, el atún o el voraz de Tarifa a la par que el sector de pesca artesanal del Estrecho, incluidas las almadrabas, están de enhorabuena pues el pasado viernes fue aprobado por parte de la Unión Europea el procedimiento de información pública para la inclusión en la Red Natura 2000 del Estrecho de Gibraltar en su ámbito marino como Lugar de Interés Comunitario (LIC) bajo la denominación de Estrecho Occidental.
Se trata de un documento por el que se dota de especial protección al ámbito marino del Estrecho. Al margen de la propia medida de salvaguarda medioambiental, implica un documento valioso en la protección de las actividades pesqueras tradicionales como la flota artesanal dedicada a la pesca del voraz, o la propia almadraba.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece en su artículo 42 que los LIC son aquellos espacios del conjunto del territorio nacional o de las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que contribuyan de forma apreciable al mantenimiento o restablecimiento del estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales y de los hábitat de las especies de interés comunitario.
El Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, aprobado por el Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, establece como objetivo prioritario establecer Áreas Marinas Protegidas y espacios de la Red Natura 2000 en el medio marino y asegurar su gestión coherente.
La Red Natura 2000 constituye un instrumento fundamental de la política europea de conservación de la biodiversidad. Está compuesta por los LIC hasta su declaración como Zonas Especiales de Conservación (ZEC). La Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece que los lugares que puedan ser declarados como ZEC, serán propuestos a la Comisión Europea para su aprobación como LIC. Una vez aprobadas o ampliadas por la Comisión Europea, éstos serán declarados ZEC lo antes posible, como máximo en un plazo de seis años, junto a la aprobación del instrumento de gestión.
El Estrecho es la única conexión natural entre el mar Mediterráneo y el océano Atlántico, lo que produce un sistema de corrientes que es responsable del equilibrio hídrico-salino en la cuenca mediterránea y del transporte de biomasa desde el Atlántico al Mediterráneo. La productividad biológica de esta zona permite la existencia de una extraordinaria biodiversidad, caracterizada por la presencia habitual de numerosas especies de cetáceos, incluyendo una importante población de delfín mular, marsopa, tortuga boba, orcas delfín común, delfín listado, calderón común, cachalote o el rorcual común.
El Estrecho Occidental cumple por lo tanto todos los requisitos para ser propuesto como LIC en la Red Natura 2000. El espacio que se propone como LIC es exclusivamente marino y adyacente a los LIC existentes en el área que incluyen superficie marina y que ya fueron integrados en la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Comisión Europea.
La declaración se somete a información pública durante 15 días en los que se podrá presentar alegaciones y sugerencias, la delimitación del espacio marino denominado Estrecho Occidental, que será propuesto por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, siguiendo los cauces legales establecidos, para su inclusión por parte de la Comisión Europea como LIC en el listado correspondiente a la región biogeográfica atlántica.
España ya declaró un LIC en la Bahía de Algeciras y Gibraltar. Londres recurrió al Tribunal de la UE al considerar que vulneraba su soberanía, pero la justicia rechazó esa petición en junio.
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