La UE crea una figura legal para evitar la fuga de contenedores a Tánger-Med por el control al CO2
Medio Ambiente
El sistema ETS incorpora la figura del puerto vecino de transbordo de contenedores en los que no computarán las escalas a efectos del recuento de las emisiones de la navegación
El listado de puertos, ubicados a menos de 300 millas de la UE y con más de un 65% de transbordo, deberá estar confeccionado antes de final de año
Satisfacción en el Puerto de Algeciras por los cambios introducidos en la normativa
La APBA reclama a España un posicionamiento como país para evitar la fuga de actividad en los puertos por el CO2
"El control de emisiones tal y como está diseñado es una amenaza para el tránsito marítimo en España"
El Parlamento Europeo da un paso al frente para evitar la fuga de actividad en los puertos comunitarios ante la entrada en vigor, a partir de 2024, del sistema para controlar y gravar las emisiones de dióxido de carbono (CO2) del transporte marítimo en la Unión Europea.
La institución comunitaria aprobó el pasado 18 de abril el acuerdo final del sistema de comercio de derechos de emisión para el transporte marítimo, conocido como Emissions Trading System (ETS). Y lo hizo con una importante novedad: la creación de la figura de los puertos vecinos de transbordo de contenedores; muelles ubicados fuera de la UE en los que las escalas de las navieras no computarán a los efectos del recuento de las emisiones de las singladuras para así evitar una fuga de carbono. Esta figura se sumará a la de los puertos de escala ya recogida en las primeras versiones de la normativa.
La resolución define como puertos vecinos de transbordo de contenedores a aquellos ubicados en países ajenos a la UE aunque a una distancia inferior a 300 millas de un puerto bajo la jurisdicción de un Estado miembro y cuya actividad de transbordo de contenedores supere el 65% del total anual.
En esta definición entrarían, por tanto, el puerto marroquí de Tánger-Med, ubicado a una decena de millas de Algeciras, pero también muelles como el inglés de Southampton, ubicado a 120 millas del francés de Le Havre y separados por el Canal de la Mancha.
A más tardar el 31 de diciembre de 2023, la Comisión Europea creará una lista de los puertos vecinos de transbordo de contenedores y, en lo sucesivo, la actualizará cada dos años a más tardar el 31 de diciembre.
Funcionamiento
La resolución aprobada la semana pasada mantiene la esencia del funcionamiento del sistema. Las navieras deberán declarar el 50% las emisiones de las navegaciones efectuadas entre un puerto de escala situado en la UE y que llegue a otro puerto de escala fuera del ámbito comunitario. También será al 50% en sentido inverso, en la navegación desde un puerto de fuera de la UE hacia uno de la Unión.
Las compañías deberán declarar el 100% de las emisiones en viajes entre puertos de escala de los Estados miembro, así como las generadas durante su estancia en los mismos.
Con el sistema inicialmente diseñado, sin la figura del puerto vecino de transbordo de contenedores, se abría para las navieras la posibilidad de efectuar una escala en puertos cercanos a los límites de la UE para así reducir la distancia navegada antes de tocar tierra en muelles comunitarios y con ello las emisiones declaradas. O incluso para desviar parte de la carga con el fin de evitar el pago.
De hecho, el Puerto de Algeciras cifró en un informe elaborado en 2021 la pérdida de hasta un 60% de las operaciones de transbordo de contenedores del Puerto de Algeciras en favor del marroquí de Tánger-Med si no se articulaban medidas correctoras. Este mismo informe apuntaba a un impacto negativo de pérdida de volumen de negocio de hasta 300 millones de euros anuales, poniendo en riesgo unos 1.600 puestos de trabajo directos o un impacto regional indirecto más amplio de hasta 4.200 empleos.
Ahora, con esta modificación se desprende que, por ejemplo, un buque que parta desde Turquía (puertos ajenos a la UE) e hiciera escala en Tánger-Med antes de dirigirse a un puerto europeo deberá pagar igualmente el 50% de las emisiones contándolas desde Turquía, sin poner el contador "a cero" en Marruecos. De esta manera se buscaría desincentivar la descarga de cajones en Marruecos para ahorrar en la declaración de emisiones.
"Los contenedores se considerarán transbordados cuando se descarguen de un buque al puerto con el único fin de cargarlos en otro buque. La lista establecida por la Comisión no incluirá puertos situados en un tercer país para los que dicho tercer país aplica efectivamente medidas equivalentes a la presente Directiva", aclara la normativa recién aprobada.
Satisfacción en Algeciras
El Puerto de Algeciras lideró un frente en España junto a los puertos de Valencia y Barcelona, con el apoyo del organismo público de Puertos del Estado, para tratar de introducir cambios en el sistema.
El presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, Gerardo Landaluce, ha reconocido el valor de esta modificación de la normativa. "Tras el intenso trabajo auspiciado desde el Puerto de Algeciras para reorientar el primer planteamiento realizado por la Comisión Europea hace más de dos años y con el objetivo de evitar la fuga de carbono, la APBA, en un trabajo conjunto junto a Puertos del Estado, Marina Mercante y otros puertos españoles ha conseguido introducir la modificación de la definición de puerto de escala así como que haya un periodo de dos años para la monitorización de los efectos de la Directiva", ha valorado Landaluce.
Las empresas navieras quedarán obligadas a entregar los derechos de emisión a razón de un 40% del total para el año 2024; un 70% en 2025 y el sistema deberá notificar todas las emisiones ya en 2026, con lo que se logra también una aplicación progresiva de la normativa.
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