El tiempo
Vuelven las lluvias y el viento de levante para el inicio de la semana

El Tribunal de la Rota condena al sacerdote Antonio Casado por ‘administración desleal'

Su abogado presentó una “querella de nulidad”, fundamentada en la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva

"Yo no me he quedado con nada"

El sacerdote, Antonio Casado. / Julio González
Redacción Cádiz

25 de octubre 2024 - 18:13

Según recoge la información publicada por José Manuel Vidal en el portal ‘Religión Digital’, el sacerdote, Antonio Casado, ha sido considerado culpable de ‘administración desleal’ y ‘sustracción del patrimonio de la parroquia’, por lo que le impone varias penas.

La sentencia del Tribunal de la Rota no es firme y está recurrida por su abogado, Antonio García-Berbel, quien considera que “Se presentó una querella de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Rota, y agotaremos todas las vías de recurso para defender su inocencia. Llegado el caso, y su fuera necesario, también acudiremos a la jurisdicción ordinaria estatal"

Según recoge este portal, Antonio Casado, que se siente desbordado por el asunto, autorizó a sus abogados para que desmientan esas informaciones. Por su lado, el abogado, Antonio García-Berbel, afirma con rotundidad: “No hay ninguna sentencia firme que condene a Antonio Casado. Se presentó una querella de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Rota, y agotaremos todas las vías de recurso para defender su inocencia. Llegado el caso, y su fuera necesario, también acudiremos a la jurisdicción ordinaria estatal. Estamos estudiando las vías. Quien diga que Antonio Casado ha sido condenado, miente, ataca su honor y propala una calumnia. En unos días emitiremos un comunicado dando las explicaciones oportunas”.

La sentencia de la Rota aplica la doctrina de la “reformatio in peius” (reforma a peor), expresamente prohibida en el ordenamiento jurídico español. Según el abogado Berbel, “la sentencia del Tribunal de la Rota amplía y agrava las penas del tribunal de primera instancia de Sevilla y eso, en el ordenamiento español, está expresamente prohibido. Se llama la “reformatio in peius” (reforma de la sentencia a peor). Esta es una de las razones por las que se ha presentado la querella de nulidad. El acusado de un delito que recurre una sentencia de condena no puede obtener del tribunal superior una sentencia más gravosa que la impuesta en el tribunal inferior”.

Por otra parte, y a pesar de que no hay sentencia firme, y por tanto no hay ninguna condena contra Antonio Casado, ni se le puede imponer una pena, fuentes cercanas al obispado aseguran que “el obispo Zornoza estaría empeñado en que se difunda maliciosamente que Antonio Casado ha sido condenado”.

En declaraciones a Diario de Cádiz, el propio sacerdote, Antonio Casado, defendió siempre que ese dinero fue destinado a atender la extorsión que venía sufriendo desde que tramitó la adopción y traslado a España de un menor de Guinea Ecuatorial, donde Casado permaneció una época como misionero y antes de ser nombrado párroco de Vejer. De hecho, sí fue demostrado que cada ingreso que el sacerdote hacía en su cuenta particular iba de forma automática a otra cuenta, a nombre de Miguela Domingo. Una doctora en Ciencias de la Educación y Filosofía, y también en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid que fue responsable de la Universidad Nacional de Guinea Ecuatorial.

No obstante, la no comparecencia de Domingo a la causa eclesiástica impidió conocer el destino final de esos más de 350.000 euros, así como demostrar que efectivamente el sacerdote venía siendo objeto de extorsión.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último