Gibraltar, la necesidad de un plan B

10 de octubre 2024 - 03:05

Mañana viernes se cumplirán tres años desde el inicio de las negociaciones entre la UE y el Reino Unido para lograr cerrar un tratado que regule el estatuto europeo de Gibraltar después del Brexit. Han trascurrido una veintena de rondas negociadoras y ya he perdido la cuenta del número de reuniones de alto nivel y también técnicas celebradas desde entonces, pero la realidad es que tal vez, a pesar de las declaraciones optimistas de nuestro ministro Albares, estemos más lejos del acuerdo que al principio de la negociación. Efectivamente, el 31 de diciembre de 2020 a través del conocido como Acuerdo de Nochevieja, España y el Reino Unido sentaron las bases de lo que podría ser la hoja de ruta hacia el acuerdo con sorprendentes e innovadoras soluciones técnicas y jurídicas que pretendían eliminar la Verja/frontera y facilitar el libre paso de personas y mercancías. Sin embargo, puntos básicos de este acuerdo se han puesto en cuestión recientemente y parece que hemos vuelto al punto de partida.

Lo cierto es que Gibraltar se retiró de la UE, pero no por ello ha dejado de ser un territorio europeo. Su ubicación física es la misma, no se ha desplazado al otro lado del Canal de la Mancha y continúa siendo parte integrante del sur de la península y con fuertes relaciones económicas, sociales y culturales con el territorio circundante. Por ello, exista o no un tratado es necesario un marco normalizado de relaciones transfronterizas que trasciendan del estatuto europeo que se está negociando (eternamente). En consecuencia, mi propuesta sería que tanto España como el Reino Unido y Gibraltar (no sería necesaria la presencia de la UE) llegaran a un acuerdo que estableciera unas bases de organización y gestión de una coexistencia transfronteriza normalizada. Sobre la experiencia del Foro Tripartito de Diálogo como modelo, no es imprescindible un complicado tratado internacional sino una declaración bilateral a modo de gentlemen’s agreement con ciertos efectos jurídicos basados sobre todo en el principio de buena fe. De no cerrarse el tratado, existiría con este acuerdo un marco que proporcionara una arquitectura básica de tratamiento de los complejos y sensibles temas transfronterizos y podría contribuir a mejorar la atmósfera política y con ella la confianza del sector privado en las posibilidades de cooperación y entendimiento entre las partes. Por supuesto, el respeto de los derechos de los trabajadores transfronterizos debería ocupar un lugar prioritario en esta propuesta de acuerdo de soft law.

La zona de prosperidad compartida no debe depender de un acuerdo que se antoja complicado. Debe ser un objetivo ineludible y se debe alcanzar con y sin acuerdo. Evitemos frases vacías y busquemos soluciones reales a problemas reales.

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