Los menores no acompañados y la inmigración irregular en España (I)

No hay duda de que debe prevalecer el interés del menor extranjero, que conforme a la Convención de Naciones Unidas es superior a cualquier otro interés

Migrantes que llegaron a nado a la playa de El Tarajal de Ceuta.
Migrantes que llegaron a nado a la playa de El Tarajal de Ceuta. / Reduan / EFE

15 de septiembre 2024 - 04:00

Uno de los fenómenos que caracterizan al mundo actual son los flujos de migrantes que, motivados por distintas causas, pero fundamentalmente relacionadas con la seguridad y de tipo económico, tratan de llegar a los lugares que ellos consideran que son el paraíso donde podrán cumplir todas sus ilusiones. Por carecer de los requisitos requeridos legalmente para acceder a esos supuestos paraísos, tratan de acceder de forma irregular, fuera de los lugares establecidos para el control de fronteras. La mayor parte de esos migrantes son controlados por las mafias y grupos organizados que les cobran por llevarlos hasta los lugares desde donde cruzan irregularmente las fronteras, poniendo sus vidas en peligro

Este fenómeno afecta indudablemente a la infancia y a la adolescencia, y los menores se han convertido en los nuevos actores del proceso migratorio a causa de su exponencial crecimiento y peculiares características. La llegada a España de extranjeros menores de edad, que viajan solos o con adultos que no tienen responsabilidad sobre ellos, se ha convertido en una nueva y significativa estrategia migratoria. En muchas ocasiones, al otro lado solo les espera el dolor, el rechazo, la marginación, la explotación o, incluso, la muerte.

En España, la migración de menores extranjeros no acompañados empezó a ser un fenómeno relevante a mediados de los años noventa y desde entonces ha ido creciendo de forma exponencial, hasta llegar a la situación actual, en la que cada día nos bombardean los telediarios con noticias e imágenes desgarradoras, mostrando la llegada de cayucos a Canarias atestados de migrantes, con bebés y menores entre ellos a bordo de esas endebles y frágiles embarcaciones.

Igual de desgarradoras, a la vez que muy preocupantes, son las imágenes en las que se muestra lo que está ocurriendo en los últimos días en Ceuta, donde en las proximidades de la frontera de El Tarajal entre España y Marruecos cientos de menores tratan de llegar a nado a las costas españolas, poniendo sus vidas en peligro. Una de las primeras deducciones que saca de esas imágenes cualquier espectador medianamente informado es que existe una total inacción de las autoridades marroquíes, que las fuerzas y cuerpos de seguridad de España están desbordadas, y que la ciudad autónoma de Ceuta está totalmente sobrepasada en cuanto a sus capacidades de dar protección a esos menores. También pueden deducir que muchos ciudadanos españoles, mayoritariamente mujeres ataviadas con indumentaria musulmana, tratan de presionar verbalmente a los agentes para que les dejen entrar libremente. 

Los menores extranjeros no acompañados, nacionales de países terceros, llegan a territorio español sin ir acompañados de un adulto responsable de ellos, ya sea legalmente o con arreglo a los usos y costumbres, en tanto no se encuentran efectivamente bajo el cuidado de un adulto responsable. Así los define la Resolución del Consejo de la Unión Europeo de 26 de junio de 1997, relativa a los menores no acompañados nacionales de países terceros

En nuestro país, de la gravedad e importancia social de este nuevo fenómeno migratorio por las dimensiones alcanzadas, hay que destacar que el tratamiento jurídico del mismo es muy complejo, pues concurren diferentes poderes públicos en la toma de decisiones, además de existir una gran pluralidad de normas de protección fruto de la España de las autonomías. Dentro de esa pluralidad de actores que intervienen en este fenómeno migratorio destacan los siguientes: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, servicios competentes de Protección de Menores, Ministerio Fiscal, instituciones sanitarias y de medicina legal, representaciones diplomáticas de distintos países, servicios de protección de menores en los países de origen, Administración de Justicia y organizaciones no gubernamentales.

Varios menores  en el interior del albergue ceutí de Piniers.
Varios menores en el interior del albergue ceutí de Piniers. / Brais Lorenzo / EFE

En cuanto a la complejidad normativa sobre los menores extranjeros no acompañados, se ha pasado desde la ausencia total de regulación en la primera Ley de Extranjería de carácter global, aprobada en España en el año 1985, a contar en la actualidad con una detallada regulación como resultado de adaptar en nuestra legislación los cambios producidos en la inmigración en España durante los últimos años. Estos cambios pivotan sobre una nueva ley y un nuevo reglamento de extranjería, en los que se ha ido incorporando toda la jurisprudencia nacional, fundamentalmente del Tribunal Constitucional, la transposición de diversas directivas comunitarias y las recomendaciones de la Oficina del Defensor del Pueblo

En esa extensa normativa sobre los menores extranjeros no acompañados, el derecho ha tratado de responder a esta nueva realidad migratoria en un intento de equilibrio entre los intereses que protegen el derecho de extranjería y el interés del menor. No hay duda de que debe prevalecer el interés del menor extranjero pues, conforme a la Convención de Naciones Unidas, es superior a cualquier otro interés. 

Pero, entre el derecho de extranjería y el interés superior del menor existe todo un abanico de realidades que son difícilmente entendidas por el ciudadano de la calle y por eso las cuestiona y las critica. Hablamos fundamentalmente de temas de seguridad y de negocios relacionados con este tipo de inmigración. 

Lo que está ocurriendo estos días en Ceuta me recuerda aquella frase pronunciada por el comisario Manuel Céspedes durante la regularización y nacionalización como españoles de muchos marroquíes que residían en Melilla cuando se puso de moda la expresión “café para todos”. Céspedes fue jefe de Seguridad de la Moncloa desde 1982 a 1986 y posteriormente su amigo Felipe González le nombró Delegado del Gobierno en Melilla, donde ejerció el cargo desde 1986 a 1996. Muchos creen que fue el autor intelectual de aquella regularización masiva de marroquíes como ciudadanos españoles y también están plenamente convencidos de que “aquellos polvos trajeron estos lodos”. 

Si no fuera por la gravedad del asunto, algún avispado malpensado podría llegar a la conclusión de que, desde Marruecos, como en los colegios, se ha tocado la campana indicando a los menores que es la hora del recreo, y estos saben que el patio de ese recreo está en España. También que en nuestro país todavía quedan muchos ciegos y torpes encargados de la política de inmigración.

Ciegos porque no alcanzan a ver la gravedad del asunto, y torpes porque carecen de la inteligencia y habilidad necesarias para encontrar soluciones útiles, ingeniosas y legales al problema de los menores extranjeros no acompañados.

Si nos centramos en la inmigración de este tipo de menores que llegan desde Marruecos y vemos su perfil, destaca que la inmensa mayoría tienen entre 15 y 18 años, son fundamentalmente varones que vienen a España a buscarse la vida, en ocasiones de forma voluntaria y, en otras, movidos por su propia familia. También suelen ser miembros de familias muy numerosas, presentan una mayor madurez de la que corresponde a su edad cronológica, suelen mantenerse en contacto con su familia de origen, desean conseguir la documentación y trabajar lo antes posible y presentan una gran movilidad geográfica dentro de España, donde se trasladan de una comunidad autónoma a otra. Se ha llegado incluso a recomendar que en lugar de la tutela se asumiera únicamente la guarda del menor porque la comunidad autónoma sirve de paso temporal a los menores en su migración a través de España o de Europa.

Este último dato del perfil de estos menores marroquíes está directamente relacionado con el hecho de que existen redes de compatriotas que residen en España y les facilitan información para el acceso a nuestro país, que conocen la legislación y el sistema de protección y hacen uso de él. Por ello, suelen rechazan el sistema de protección que se les ofrece y se decantan por opciones de mayor autonomía, como el alojamiento en pisos. También suelen rechazar la escolarización, y en caso de aceptar alguna, optan por aquellas actividades formativas que les permitan conseguir un empleo.

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