OBSERVATORIO DE LA TROCHA
La arquitectura de San Roque (II)
La Guardia Civil en San Roque (CCXLIII)
San Roque/La finalización de la Segunda Guerra Mundial no supuso relajación alguna del despliegue establecido en la 337ª Comandancia de la Guardia Civil (Algeciras) en su demarcación territorial a ambos lados peninsulares del Estrecho de Gibraltar. Se continuó asumiendo parte de los municipios y unidades que anteriormente habían pertenecido a las Comandancias de Cádiz y de Málaga, tanto de Carabineros como de la Benemérita.
Tal y como se hizo constar en el capítulo anterior, la denominación de “Mixta” había desaparecido tras la entrada en vigor de lo dispuesto el 15 de septiembre de 1945, por la Dirección General de la Guardia Civil. Ya no habría más Comandancias de Rural, Mixtas o de Fronteras, pero sí Móviles. El proceso de absorción e integración de las antiguas Comandancias de Carabineros se daba por finalizado. No obstante, ello había dado lugar a crear algunas Comandancias de la Guardia Civil que anteriormente habían sido sólo de Carabineros, siendo la de Algeciras la única que con el tiempo permaneció, si bien con diversos cambios de demarcación, tal y como se irá exponiendo.
No hay que olvidar que la actual demarcación territorial de la Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras, sin perjuicio de las sucesivas variaciones en su organización interna, vino circunscrita por la entrada en vigor del Decreto 3.223/1965, de 28 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 271, de 12 de noviembre siguiente, que conformó el Campo de Gibraltar por los términos municipales de Algeciras, San Roque, La Línea de la Concepción, Los Barrios, Castellar de la Frontera, Jimena de la Frontera y Tarifa. Muy posteriormente, por Decreto 181/2018, de 2 de octubre, publicado en el BOE núm. 20, de 23 de enero de 2019, se aprobaría la creación del municipio de San Martín del Tesorillo, por segregación del término municipal de Jimena de la Frontera.
En los escalafones y escalillas de la Guardia Civil elaboradas durante el año 1946 dejaron ya de utilizarse las referencias de “Rural” que se empleaban anteriormente para los procedentes de la Guardia Civil, antes de la integración dispuesta en la ley de 15 de marzo de 1940, y los de “Costas, Fronteras y Especialistas”, procedentes del desaparecido Cuerpo de Carabineros. Dado que todavía no se habían integrado ambos escalafones, pero habían desaparecido las denominaciones citadas, se dispuso que en su lugar, se empleasen las de “Generales, Jefes y Oficiales Procedentes del antiguo Cuerpo de la Guardia Civil” y “Generales, Jefes y Oficiales Procedentes del antiguo Cuerpo de Carabineros”.
Por supuesto continuaba engrosando con mayor número de efectivos, incluidos ya ascensos al empleo superior, de “Capitanes y Subalternos del nuevo Cuerpo de la Guardia Civil, con arreglo a la ley de 15 de marzo de 1940 (D.O. núm. 65) y orden de 27 de mayo de 1944 (D.O. núm. 119).
Igualmente continuaba existiendo en la mentada “Escalilla” de 1946, aunque no se haya citado de forma expresa anteriormente ya que ninguno de sus integrantes estaba destinado en la 337ª Comandancia (Algeciras), el “Escalafón de Jefes y Oficiales de las distintas Armas y Cuerpos del Ejército que prestan servicios en el Cuerpo”. Figuraba encuadrado el personal del Ejército (Estado Mayor, Infantería, Artillería, Ingenieros, Intendencia, Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción, Jurídico, Oficinas Militares, Especialistas y Música) destinado en la Dirección General de la Guardia Civil, Centro de Instrucción, Parque Móvil, Colegio de Guardias Jóvenes y en los Tercios anteriormente denominados de “Fronteras”, como el 21º (Cáceres), 22º (Salamanca), 23º (Pamplona) y 24º (Manresa), así como en sus correspondientes Comandancias subordinadas. Por supuesto el personal de Sanidad Militar no sólo estaba destinado en los centros y unidades citadas anteriormente, sino también en otros tercios y comandancias, si bien tampoco ninguno de ellos en la 337ª Comandancia (Algeciras).
En la “Escalilla de Generales, Jefes y Oficiales”, elaborada por el Negociado Primero de la Sección de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil, a fecha 1º de enero de 1946, y confeccionada por el “Taller-Escuela de Artes Gráficas de Huérfanos de la Guardia Civil”, el jefe de la comandancia campogibraltareña, continuaba siendo el teniente coronel Manuel Sanmartín Rives, al igual que sus dos comandantes: Ignacio Molina Pérez y Juan del Río González.
Sin embargo, como ya se expuso en su momento el comandante Molina venía prestando servicios de gran interés -en realidad principalmente- en el gobierno militar del Campo de Gibraltar, a cuyo frente estaba entonces el general de división Eduardo Sáenz de Buruaga Polanco.
Dicha dualidad de cometidos y responsabilidades, ambas de gran interés, tanto en la 337ª Comandancia (Algeciras) como en el gobierno militar del Campo de Gibraltar, necesitaba una solución práctica en el desempeño de los cometidos específicos y propios de una unidad de la Guardia Civil que había visto ampliada al doble su demarcación. Aunque su nueva demarcación territorial era inferior a otras comandancias de la Benemérita, el peso específico de su actividad en el final de la Segunda Guerra Mundial, era vital.
La solución vino con la Orden General núm. 8, de 14 de abril de 1945, dimanante de la Dirección General de la Guardia Civil, sobre funciones asignadas a los comandantes de las Comandancias. No se redactó pensando específicamente en la comandancia campogibraltareña pero fue de gran utilidad.
Por ley de 25 de marzo anterior se aumentó la plantilla de un comandante más en aquellas Comandancias que constaban de seis o más compañías, habida cuenta que había varias todavía donde se carecía de ello.
El más antiguo, segundo jefe de la Comandancia, desempeñaría las funciones inherentes al cargo, así como encargado de la información, de la estadística y resumen de los servicios peculiares del Cuerpo, control de guardas jurados, policía urbana, y otros agentes de la autoridad que había de quedar afectos al servicio de la Guardia Civil en los casos previstos por la legislación entonce vigente.
El otro comandante tendría a su cargo los cometidos de juez permanente, estando además encargado de la instrucción, armamento, ganado, material, utensilio, estado y suficiencia de los acuartelamientos así como nuevos proyectos o reformas.
A ambos comandantes, indistintamente, el jefe de la Comandancia los emplearía en impulsar y fiscalizar servicios que servirían para perfeccionar y revistar el cumplimiento de los cometidos especiales asignados. Igualmente podrían ser empleados, con arreglo a sus aptitudes, en la ejecución de estudios sobre los servicios a establecer sobre poblaciones, carreteras, ferrocarriles, costas, puertos, tendidos de redes telegráficas, telefónicas, eléctricas y centros industriales importantes, en los casos de huelgas, alteraciones de orden público, etc. No obstante, se terminaba afirmando que en las Comandancias donde sólo hubiera un comandante, su cometido abarcaría todo lo anteriormente citado.
Por tal motivo, fue destinado con carácter forzoso a la 337ª Comandancia (Algeciras), por orden del Ministerio del Ejército, de 30 de noviembre de 1945, el comandante Carlos López Martínez, que se encontraba disponible forzoso en la 1ª Región Militar (Madrid). Ascendido con antigüedad de 27 de octubre de 1945 había estado destinado anteriormente como capitán en la Dirección General del Cuerpo, procediendo de la Guardia Civil y no del antiguo Cuerpo de Carabineros.
(Continuará).
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