La DGT alerta de un repunte de positivos en los controles de drogas
Tráfico
Durante esta semana se intensificarán los controles en carretera
Más de un tercio de los conductores fallecidos en 2019 había consumido alcohol u otras sustancias estupefacientes
La Dirección General de Tráfico ha constatado que en los últimos tres meses ha aumentado el porcentaje de conductores que han dado positivo en los controles de drogas establecidos en carretera. En controles preventivos, se ha pasado de un 35% en 2019 a un 50% y en el caso de pruebas realizadas tras producirse un accidente ese porcentaje ha aumentado del 19% al 23%. Multas de hasta 200 euros por una actitud muy común en muchos conductores.
Para evitar que conductores que hayan consumido alguna sustancia psicotrópica circulen por la red viaria, la Dirección General de Tráfico pone en marcha del 7 al 13 de diciembre una nueva campaña de vigilancia de alcohol y drogas en la conducción, en la que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensificarán los controles sobre este factor de riesgo que, no solo incrementa la tasa de incidencia de accidentes, sino también la gravedad de los mismos. La campaña se incluye dentro del calendario de actuaciones que realiza TISPOL (Organización Internacional de Policías de Tráfico).
A pesar de las especiales circunstancias de este año, en el que la mayoría de las comidas y cenas navideñas no se celebrarán debido a las restricciones por la COVID-19, la DGT continua apostando por la concienciación y la vigilancia en este factor. El alcohol fue la segunda causa de los accidentes mortales que se produjeron el año pasado (24%), solo por detrás de la distracción. En total, más de uno de cada tres conductores fallecidos había consumido alcohol u otras drogas.
Los puntos de control se establecerán en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día, con el objetivo de disuadir a los conductores de hacerlo bajo los efectos del alcohol o de otras drogas. Las pruebas se realizan con todas las garantías de seguridad tanto para el ciudadano como para el agente.
¿Qué dice la normativa?
La Ley de Seguridad vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. En este caso se está ante una infracción administrativa.
- Conductores (general): 0,5 gr./l límite en sangre / 0,25 mg/l límite en aire aspirado
- Conductores (profesionales): 0,3 gr./l límite en sangre / 0,15 mg/l límite en aire aspirado
- Conductores (noveles): 0,3 gr./l límite en sangre / 0,15 mg/l límite en aire aspirado
Sanciones
La Dirección General de Tráfico recuerda también las sanciones fijadas para los conductores cazados en controles de alcohol y drogas.
Por consumo de alcohol:
- Más de 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l: 500 euros y 4 puntos
- Más de 0,50 mg/l: 1.000 euros y 6 puntos
- Reincidentes: 1.000 euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa)
Por consumo de drogas: 1.000 euros y 6 puntos
Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
Alcohol:
- Tasas superiores a 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre: Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
- Negativa a someterse a las pruebas: Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Drogas:
- Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas: Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
- Negativa a someterse a las pruebas: Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
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