La normalidad se abre paso tras 50 días de confinamiento: lo que debes saber antes de salir a la calle

Nuevas medidas de alivio en la desescalada

El país se sacude desde este sábado un poco el yugo del encierro con paseos y ejercicio por franjas horarias y edades

Está prohibido desplazarse en cualquier medio de transporte para hacer deporte

Un paciente de coronavirus saluda tras recibit el alta el jueves pasado en el hospital Vithas Fátima de Vigo.
Un paciente de coronavirus saluda tras recibit el alta el jueves pasado en el hospital Vithas Fátima de Vigo. / Salvador Sas (Efe)
R. E.

01 de mayo 2020 - 22:45

Cincuenta días de confinamiento después ya empieza a verse luz, que no el final de un túnel, el del coronavirus, que ya ha dejado más de 24.000 fallecidos en España, que se echará este sábado a la calle andando o corriendo, paseando o haciendo deporte, haciendo camino hacia la nueva normalidad entre franjas horarias y por edades, ni juntos ni revueltos, para que la alegre vuelta a la calle no sea también un triste volver a empezar en la larga batalla contra el Covid-19.

Los niños se quitaron el pasado domingo las cadenas que impone el freno al virus y desde este sábado los adultos empiezan también a disfrutar de cierta libertad y podrán ir a pasear y hacer deporte individual durante una vez al día y manteniendo la distancia de seguridad para impedir que el paso adelante de esta nueva fase no se convierta en dos pasos atrás.

La única vacuna de la que se dispone por ahora frente al coronavirus es la de la responsabilidad y por ello habrá que respetar unos horarios para que no coincidan personas mayores de 14 años que hagan deporte o pasean con los que tienen más de 70 años o con los niños que salgan a la calle con un adulto.

España avanza hacia el lujo de la normalidad a codazos con el coronavirus. Ante las dudas que puedan surgir, se ofrecen a continuación algunas respuestas a partir de la información publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado y las indicaciones del director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, que este viernes ha pedido "prudencia" sobre el horizonte del fin de la desescalada porque, lo cierto, es que “no se pueden poner fechas” ante su incierta evolución.

¿Quién puede salir a la calle?

Respetando las franjas horarias establecidas para cada franja de edad, todo el mundo puede salir a la calle. Quedan obviamente excluidas de estas salidas las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria. Tampoco pueden salir los residentes en centros sociosanitarios de mayores, con los que se ha cebado la pandemia.

¿A qué hora puedo salir a hacer deporte?

Si se es mayor de 14 años, la práctica de deporte individual y los paseos podrán llevarse a cabo entre las 6:00 y las 10:00 horas y entre las 20:00 las 23:00 horas.

¿Cuántas veces puedo hacer deporte al día?

Una vez al día y sin límite de tiempo dentro de la franja horaria permitida.

¿Hasta dónde puedo llegar con el ejercicio?

La práctica no profesional de cualquier deporte individual está permitida dentro del municipio donde se reside.

¿Se puede ir en coche y coger la bici o correr?

No, no se puede usar vehículo motorizado ni transporte público para desplazarse con el fin de pasear o hacer deporte.

¿Puedo correr en una instalación deportiva?

No; se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, aunque no se podrá acceder a instalaciones deportivas cerradas.

¿Y si voy a pasear, a qué hora se puede?

Al igual que si se practica deporte y si se es mayor de 14 años, los paseos podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

¿Está permitido ir acompañado de paseo?

Si. Durante los paseos se podrá salir acompañado de una sola persona con la que se convive.

¿Hasta dónde puedo ir paseando?

Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio.

¿Si salí, puedo luego pasear con un menor?

Sí. Es compatible que una persona salga a hacer deporte por la mañana en la franja horaria que le corresponde y luego de un paseo con su hijo.

¿A qué hora pueden ir los niños de paseo?

Los horarios de los niños han cambiado respecto de la semana pasada. A partir de hoy, los niños, acompañados de un adulto, podrán realizar un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto a su domicilio, entre las 12:00 horas y las 19:00 horas (la semana pasada el horario era de 9:00 a 21:00 horas).

¿Los mayores de 70 años a qué hora salen?

Aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y los mayores de 70 de años podrán hacerlo entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas. Las personas dependientes podrán hacerlo también acompañadas por una persona empleada de hogar a cargo o cuidadora habitual.

¿Se pueden hacer paradas en los paseos?

En la medida de lo posible, los paseos y la actividad deportiva se debe realizar de manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios públicos. Y si se produce, se llevará a cabo por el tiempo estrictamente necesario.

¿Qué distancia de seguridad guardar?

Se deberá mantener una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares en los que puedan existir o formarse aglomeraciones y dar vía libre a la propagación.

¿Las franjas horarias valen en todas partes?

En los municipios con una población igual o inferior a 5.000 habitantes las salidas podrán realizarse entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.

El Ministerio de Sanidad prohíbe el uso del “vehículo motorizado o el transporte público” para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física no profesional al aire libre durante la vigencia del estado de alarma por la pandemia del coronavirus.

También se podrán hacer desplazamientos para el cuidado y recolección de producciones agrícolas destinadas al autoconsumo que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o uno adyacente al mismo, según la autorización publicada este viernes en el BOE.

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