Acta fundacional de La Línea

Documentos

El Archivo Histórico Municipal Francisco Tornay conserva estos documentos históricos que marcan el inicio de la historia de la La Línea como municipio independiente.

Entre 1860 - 1870. Alexander Fisher.
Entre 1860 - 1870. Alexander Fisher.

20 de julio 2020 - 11:21

Transcripción literal del documento:

Folio 1.
Folio 1.

“En La Línea de Gibraltar a veinte de julio de mil ochocientos setenta, Sr. Don Manuel de Juliá y Gimenez Alcalde primero Popular de Algeciras, en cumplimiento de una orden de la Excma. Diputación Provincial por la que se le nombra su delegado para dar posesión y constituir el Ayuntamiento Provisional que ha de funcionar con absoluta independencia de la Ciudad de San Roque a la que hasta hoy ha correspondido esta localidad procedió a invitar oficialmente a los Señores, Don Lutgardo López, Don José Morales, Don Antonio Bernal, Don Manuel Blanca Gimenez, Don Pedro Cabrinos Prados, Don Manuel Cabello Reyes, Don Pedro Guerrero Roldan, Don Pablo Soler, Don Andres Herrera, Don Juan Cana Dominguez, Don Luis Ramirez Galuzo designados por aquella superioridad para componer el Ayuntamiento, debiendo advertirse, que la Excma. Diputación segun telegrama recibido por el Sr. Delegado ha nombrado a Don Luis Ramirez en sustitucion de Don Juan González...” (Folio 1).

Folio 2.
Folio 2.

“...por haber fallecido: reunidos dichos Señores en el local de la escuela pública con excepcion de Don Andres Herrera por hallarse enfermo, el Sr. Delegado dispuso la lectura de la Orden cuyo cumplimiento le está encargados y su tenor es el siguiente. Hay un sello que dice Diputación Provincial de Cádiz = Habiendose designado S.A. el regente del Reino por orden de 17 de Enero último conformandose con lo informado por el Consejo de Estado aprobar el acuerdo de esta Diputación acxcediendo a la petición de los vecinos de la Linea de Gibraltar solicitando la segregación de la misma del termino de San Roque para constituir un Ayntamiento separado y habiendo llegado el caso de llevar a efecto lo dispuesto en el particular, la Diputación en Seccion de Mayor ha acordado nombrar al efecto un Ayuntamiento provisional para la expresada aldea compuesto de los vecinos de que al margen se expresan, el que deberá encargarse en todo lo relativo a la ultimación de los padrones del vecindario ... “ (Folio 2).

Folio 3.
Folio 3.

“...y preliminares de la elecccion que en su dia ha de efectuarse con arreglo a legislacion vigente debiendo ademas ocuparse en la formacion de los presupuestos, amillanamientos y de todo lo relativo a la parte económica y administrativo del nuevo distrito municipal que se constituye cuyo término será por ahora e interina se señala definitivamente el que corresponda, el que se designa en la citada orden de S.A. es decir el conmprendido entre el Cachón de Jimena hasta el arroyo de Guadalquitón por la Huerta del Rango formando ángulo a la Pedrera, disfrutando los vecinos todos los derechos usos y aprovechamientos comunes que corresponden a este término = Y para llevar a efecto esta determinación el Cuerpo provincial ha acordado delegar en V.S. para que pase a la expresada localidad en su nombre constituya el expresado ayuntamiento y posecione con arreglo a los artículos 42 y al 47 de la Ley municipal vigente en los cargos de Consejales a los sujetos designados y cuyas credenciales son adjuntas, quienes han de proceder a elegir entre si a mayoria absoluta de votos un Alcalde 1º otro segundo , un sindico y secretario interino de la municipalidad la cual ha de proceder sin levantar mano a rectificar con arreglo a las disposiciones de la expresada ley el padron vecinal que formó el...” (Folio 3) .

.”..Delegado de esta Diputación que deben desde luego recoger de

Folio 4.
Folio 4.

las oficinas de la misma nombrando persona de confianza que lo efectue.= La Diputación espera del celo que tanto distingue a VS. prestara con eficacia el servicio que se le encomienda dando cuenta con urgencia de la constitucion del nuevo pueblo e instalacion del Ayuntamiento nombra a fin de comunicar a este las oportunas instrucciones para el completo cumplimiento de lo mandado en la ya citada orden de la Regencia del Reino = Dios guarde a V.S. muchos años Cádiz 12 de Julio 1870 = El Vice-Presidente 1º González de la Vega = El Secretario Intº Ignacio Solis = Sr. D. Manuel de Juliá, Alcalde 1º Constitucional de Algeciras = D. Lutgardo López Muñóz = D. José Morales Barragan = D. Juan González = D. Antonio Bernal = D. Manuel Blanco Jiménez = D. Pedro Calvni Blanco = D. Manuel Cabello Reyes = D. Pedro Guerrero Roldan = D. Pablo Soler = Andrés Herrera = D. Juan Cano Dominguez. Seguidamente procedió a recibir juramento de los Señores Consejales presentes, valiendose de la formula siguiente “Jurais guardar y hacer guardar la Constitución promulgada...” (Folio 4).

Folio 5.
Folio 5.

“...el ocho de junio de mil ocicientos sesenta y nueve y desempeñar bien y fielmente vuestro Cargo”, y habiendo contestado cada uno de los interpelados “Si juro” continuo el Señor interpelante “ Si así lo hiciereis, Dios y la Patria os lo Premiará y si no os lo demandará ademas de exigiros la resposabilidad con arreglo a las leyes” Acto seguido ocuparon los Señores Consejales los puestos que les ocupó en suerte, y la presidencia el Señor Bernal a quien tocó el número uno, y se procedió a la elección de Alcalde primero en la forma que establece la ley municipal vigente, resultando electo Don Lutgardo López Muñoz: este Señor ocupó enseguida la presidencia y recibiño las insignias de su cargo ; procedió sin dilatación a la votacion de Alcalde 2º , síndico y secretario interino de la municipalidad siendo elegidos respectivamente para estos Cargos los Señores Don Andres Herrera Gutierrez, Don Juan Cano Dominguez y Don Carlos Vianchi Rodriguez. Con lo cual se dió por terminado el acto, firmando la presente el Señor Delegado con los...” (Folio 5).

“...Señores concurrentes que dijeron sabian hacerlo, de todo lo cual yo el Secretario del Ayuntamiento de Algeciras y del Señor Delegado Certifico = enmendado = Premien = vale enmendado = Prados = vale __(firmas de los concurrentes)

Nota, la firma del regidor Manuel Cabello fue echada posteriormente por haber manifestado saber hacerlo y no haberlo hecho a tiempo...” (Folio 6).

Folio 6.
Folio 6.
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