Condenado a cuatro años de cárcel por narcotráfico tras alegar que tenía una cita con una mujer casada
Seguridad
El TSJA ratifica la pena tras la intervención de 318 kilos de hachís en la playa de Guadalmesí
El tribunal considera "inverosímil" que buscará un encuentro íntimo con una mujer
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Un hombre que fue sorprendido por la Guardia Civil durante un alijo de hachís en la playa de Guadalmesí, entre Tarifa y Algeciras, ha sido condenado a cuatro años de prisión tras alegar que se encontraba en el lugar para encontrarse con una mujer con la que mantenía una relación sentimental secreta de carácter extraconyugal.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz para el hombre, detenido cuando trataba de esconderse en la maleza, durante una intervención en la que se aprehendieron más de 300 kilos de hachís tras llegar a tierra en una embarcación.
"Resulta por completo inverosímil que en plena pandemia por Covid, estando restringido el movimiento de personas, se personara a las 6:40 de la madrugada de un día de diciembre en una playa para mantener un contacto íntimo con una mujer que, ni se encontraba allí, ni se conoce su identidad por no haberla proporcionado el acusado", afirma la sentencia del TSJA.
Según la sentencia, los hechos se produjeron cuando una embarcación tocó tierra y agentes de la Guardia Civil procedieron a entrar en la playa para intervenir la droga y proceder a la detención de los intervinientes en el alijo. Estos, alertados por la presencia policial, se dieron a la fuga. Los agentes solo lograron detener a uno de ellos, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia por haber sido condenado por sentencia firme en 2015 en Ceuta a cuatro años de prisión por un delito contra la salud pública.
La detención del acusado se produjo a una distancia de entre 150-200 metros del alijo cuando huía del lugar alertado por la presencia policial en dirección a la Torre Guadalmesí, donde se encontraba estacionado un vehículo de su propiedad.
La droga arrojó un peso de 318,607 kilos y un valor oficial de 528.250 euros. La sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz fue recurrida ante el TSJA por el acusado por infracción del principio de presunción de inocencia provocado por un error en la valoración de las pruebas. Alegó escasez de indicios de su participación en los hechos, así como que los tenidos en cuenta admiten diversas interpretaciones.
El recurso ha sido desestimado y ratificada la condena de la Audiencia Provincial de cuatro años de prisión por un delito contra la salud pública, con el agravante de reincidencia, así como a dos multas de seis millones de euros cada una.
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