Tarifa pondrá coto a las despedidas de soltero desmedidas y a las molestias de las viviendas turísticas

El Ayuntamiento aprueba una ordenanza que establece sanciones de hasta 600 euros

También quedará regulado el botellón, la pernocta en espacios públicos o la realización de grafitis

Un grupo de jóvenes camina junto a una vivienda turística en Tarifa. / Erasmo Fenoy

18 de agosto 2024 - 04:00

El Ayuntamiento de Tarifa ha aprobado de forma inicial una nueva ordenanza de convivencia ciudadana y protección del espacio público con la que dar una herramienta a la Policía Local para que pueda sancionar determinadas conductas incívicas. Entre ellas, la celebración de despedidas de soltero desmadradas, las molestias que puedan causar los inquilinos de viviendas turísticas, el botellón o la realización de grafitis. La sanción máxima quedará establecida en 600 euros al ser consideradas faltas leves.

La ordenanza fue aprobada en el Pleno celebrado el pasado 18 de julio con los votos a favor del equipo de gobierno, formado por PP y Nuevos Aires, y la abstención de PSOE y Ganar Tarifa. Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 1 de agosto, los interesados tienen 30 días para formular sugerencias o alegaciones. 

El artículo 12 establece la regulación de las despedidas de soltero y prohíbe transitar o permanecer en la vía o espacios públicos, salvo autorización municipal para lugares concretos, sin ropa, en ropa interior o únicamente con prendas que exhiban órganos sexuales de forma descarada para llamar la atención de los viandantes; con ropa o complementos que representen los genitales o con muñecos/as o elementos de carácter sexual.

La ordenanza establece que los agentes de la autoridad informarán, en primer lugar, de la existencia de la prohibición contemplada en esta ordenanza, y solo si persisten en mantener esa actitud, los agentes procederán a imponer la denuncia pertinente.

Las molestias que puedan causar los inquilinos de viviendas turísticas estarán reguladas en el artículo 24, que recoge que el titular del bien inmueble tendrá la obligación de identificar verazmente a los inquilinos responsables de estas molestias cuando sean requeridos por los agentes de la autoridad. 

La futura normativa también prohíbe la permanencia y concentración de personas consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de la zona que el Ayuntamiento establezca como permitida. También indica que no estará permitida la venta de bebidas alcohólicas por parte de los establecimientos de hostelería o de esparcimiento para su consumo fuera del local y de las zonas anexas a los mismos, siempre que estén debidamente autorizadas.

Otras prohibiciones

La ordenanza recoge otros aspectos, como la prohibición la mendicidad con actitudes coactivas o de acoso, o que obstaculicen de manera intencionada el libre tránsito por los espacios públicos. También queda prohibida la prostitución en zonas de tránsito público cerca de lugares que sean usados por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial.

También establece que está especialmente prohibida la práctica de juegos en los espacios públicos, cuando puedan poner en peligro la integridad física de los demás usuarios o causar daño en los bienes, servicios e instalaciones. De forma concreta, está prohibida la realización de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las zonas habilitadas para estos medios de transporte. 

La normativa recoge la prohibición de dormir de día o de noche a la intemperie en los espacios públicos, así como la acampada con tiendas de campaña, estructuras de madera, plástico o metal, o el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc. en vehículos, autocaravanas o caravanas, elementos que no pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo, salvo autorizaciones para lugares concretos.

El uso de petardos, cohetes, tracas y similares viene recogido en el artículo 81 de la ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica y señala que solo se podrán usar en Navidad los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero con dos franjas horarias de prohibición: entre las 2:00 y las 11:00 y de 15:00 a 18:00. El lanzamiento de cohetes durante los días de salida y entrada de romerías está permitido solo entre las 9:00 y las 23:00.

La ordenanza destaca que está prohibido miccionar, defecar, escupir o vomitar en espacios públicos.

En cuanto a grafitis y pintadas, actuaciones que la Policía Local de Tarifa ha tenido que atajar en los últimos meses, la ordenanza indica que está prohibida su realización sobre cualquier elemento del espacio público o elementos de un servicio público e instalaciones en general, salvo autorización municipal expresa. Estarán permitidos los murales artísticos que se realicen con autorización del propietario o municipal. Si fuera posible la limpieza y la restitución inmediata a su estado anterior, los agentes de la autoridad instarán a los infractores a que lo limpien, sin perjuicio de la imposición de las sanciones.

La normativa también prohíbe la realización de actividades y la prestación de servicios en la vía pública que carezcan de autorización municipal, así como su ofrecimiento de manera persistente o intimidatoria, siempre que no hayan sido demandados, como tarot, videncia, masajes o tatuajes, o aparcamiento y vigilancia de vehículos.

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