Justicia

La familia de Diego Valencia y parte de la acusación popular piden que Kanjaa sea juzgado en la Audiencia Nacional

Homenaje en la Plaza Alta por el asesinato de Diego Valencia

Homenaje en la Plaza Alta por el asesinato de Diego Valencia / Erasmo Fenoy

La acusación particular y cuatro de las siete entidades que ejercen la acusación popular en la causa que se instruye en la Audiencia Nacional contra Yassine Kanjaa por el asesinato de Diego Valencia, sacristán de la parroquia de La Palma de Algeciras, y las heridas a otras dos personas, reclaman que el caso se mantenga y se juzgue en dicho tribunal frente a la pretensión de la defensa del presunto yihadista.  

Los familiares de Valencia -como acusación particular- así como Dignidad y Justicia, Vox, el Obispado de Cádiz y Ceuta y Abogados Cristianos (las cuatro en su calidad de acusaciones populares) han presentado alegaciones contra la declinatoria de jurisdicción cursada la semana pasada por la defensa de Kanjaa.

Los representantes del presunto yihadista buscan con este trámite que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre su competencia para celebrar el juicio antes de presentar el escrito de defensa; el paso inmediatamente anterior a que se fije la fecha del juicio. 

La acusación particular y las cuatro entidades -las que hasta el momento han alegado, según los escritos a los que ha tenido acceso Europa Sur- discrepan con la defensa, que solicita el traspaso del expediente a un juzgado ordinario y que Kanjaa sea procesado mediante un juicio con jurado popular (tribunal del jurado) alegando que por su estado mental no se puede encuadrar el caso como un atentado terrorista. Las alegaciones serán analizadas en una vista previa el próximo 23 de mayo. 

Los familiares de Diego Valencia contraponen que los escritos de acusación del Ministerio Fiscal y de las demás acusaciones personadas se ciñen al artículo 781 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como a abundante jurisprudencia, para determinar la competencia de la Audiencia Nacional para llevar el proceso. 

Además, la acusación particular considera que sí hubo intencionalidad en los actos cometidos por Kanjaa como consecuencia de una "radicalización que consistía en eliminar físicamente a aquellas personas que de alguna manera representasen a la religión católica, en especial 'los curas'". En su escrito, los familiares del sacristán recuerdan que durante unos dos meses Kanjaa accedió al relato de líderes musulmanes.

"Interesa resaltar el informe de la Comisaría General de Información que detalla la evolución del proceso de radicalización de Yassine Kanjaa donde, voluntariamente, decide cambiar de hábito en su interferencias por redes sociales llegando a realizar hasta 70 publicaciones en los 20 días anteriores a los hechos. Publicaciones con mensajes yihadistas considerados radicales, cuyo denominador común es una interpretación radical del islam y la justificación de la Yihad (guerra santa)", abunda el escrito.

Sobre la capacidad mental, la acusación particular subraya que varios informes periciales, desde el inicial de los forenses de la Audiencia Nacional al del Centro Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, coinciden en que la capacidad mental de Kanjaa estaba "afectada pero no anulada". 

La Asociación Dignidad y Justicia añade como argumentos en contra que se trata de la tercera petición de inhibición presentada por la defensa del supuesto yihadista (las anteriores fueron rechazadas) y, por tanto, "es una cuestión ya resuelta". Este colectivo igualmente apunta a que el Ministerio Fiscal ya analizó la radicalización de Kanjaa en los días previos a los hechos. 

Vox, en su escrito, agrega que los informes forenses esgrimidos por la defensa de Kanjaa sobre sus capacidades mentales no efectúan valoración sobre la calificación de los hechos que se pretenden juzgar. Así, el partido recuerda que la capacidad mental de Kanjaa deberá ser valorada en el plenario (juicio), si bien en las diligencias de instrucción "se ve, con claridad, la finalidad terrorista del acusado y, con ello, el elemento subjetivo del tipo". La formación igulamente esgrime el informe de Europol para fundamentar la motivación terrorista, entre otros argumentos que coinciden con la acusación particular.

El Obispado y Abogados Cristianos también coinciden en que la instrucción encontró indicios de motivación terrorista y que el grado de afectación de Yassine Kanjaa deberá ser valorado en el juicio oral. "Determinar igualmente en qué medida una anomalía o alteración psíquica afecta a la concurrencia de un elemento del tipo, como es la finalidad con la que comete el delito, es una operación de tal complejidad, que debe quedar reservada al tribunal encargado del enjuiciamiento, previa valoración de todas las circunstancias del caso a través de las pruebas practicadas”, destacan.

La defensa de Yassine Kanjaa, por su parte, ha solicitado a la Audiencia Nacional que las siete acusaciones populares se unifiquen en una única representación procesal y bajo una sola direcicón letrada.

En el caso, además de los familiares de Diego Valencia, están personados la Asociación Dignidad y Justicia, Vox, el Obispado de Cádiz y Ceuta, Abogados Cristianos, la Asociación 11 de marzo afectados del terrorismo, la Asociación de Víctimas del Terrorismo y el Equipo de víctimas de la Guardia Civil.

Los letrados del supuesto yihadista sostienen ser conscientes de la posibilidad de la pluralidad en la representación a la par que recuerda que existe la opción de agruparlas "cuando se pueda ver afectado el buen orden del proceso o el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas". También esgrime que la mayoría de las acusaciones populares comparten intereses y argumentos. 

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